El Proceso monitorio de Cobro Judicial en Costa Rica, fue implementado con la entrada en vigencia de la ley de Cobro Judicial artículos del 1 al 12.
Esto es una respuesta rápida para que los acreedores puedan ejercer sus derecho respecto al cobro de las deudas no pagadas por su deudores, en este proceso se puede pedir de forma inmediata el embargo de salario, de bienes y de cuentas bancarias del deudor entre otras, y aun antes de que el deudor sea notificado los embargos se pueden realizar de forma preventiva, esto para asegurarle al acreedor el futuro pago de lo cobrado en caso de que la misma sea declarada con lugar al final.
Al presentar la demanda al juzgado de cobro con base en los títulos ejecutivos enumerados en el articulo 2.2 de la ley de cobro judicial, se procede a emitir un auto intimatorio con carácter de sentencia, esto significa que aunque aun no es sentencia firme, el mismo se convierte en sentencia firme una vez que la misma haya sido notificada al deudor y pasen los 15 días de ley que se le da al mismo para defenderse, claro asumiendo que el deudor no se defienda, porque si lo hace con oposición fundada según lo establece el articulo 5.4 de la ley de cobro judicial, la misma puede ser revocada posteriormente por el juez en caso de que el deudor gane la demanda.
Entre las recomendaciones que hay que tomar en cuenta en caso de que tengas deudas y no puedas pagar son las siguientes.
1-Cuando ya veas que no puedes pagar una deuda y el acreedor no esta dispuesto a negociar, lo que debes hacer es proteger tu patrimonio, y lo puedes hacer de varias formas, una es poniendo cualquier bien que tengas a tu nombre, a nombre de alguien mas, o crearte una sociedad civil, para poderlo proteger, de esta forma no te expones para que te lo vayan a embargar por el no pago de la obligación que no pudiste cumplir.
2-Recueda que las cuentas de ahorro también pueden ser embargables, así que la forma mas fácil de evitar que te embarguen tus ahorros es pasarte al Banco Popular, ya que la ley de creación de este banco en el articulo 43 hace las cuentas inembargables por deuda, y solo las podrían embargar por pensión alimentaria.
3-Recuerda que en Costa Rica existe la seguridad jurídica, y que las deudas no son para siempre, sino que el articulo 894 del código de comercio, nos dice que las deudas prescriben en 4 años después del ultimo pago, claro esta prescripción no es de oficio, sino que el juez solo la otorga si la parte demandada lo solicita a través de abogado, lo mismo pasa con los intereses de la deuda con la única diferencia que prescriben a 1 año.
4- Si te embargan el salario en la porción embargable que establece el articulo 172 del código de trabajo, recuerda que si no te notifican de la demanda, y pasan 3 meses en abandono el proceso de cobro, puedes también pedirle al juez que de por desierta la demanda según el articulo 212 del código procesal civil, te devuelva los embargos, y condene al acreedor al pago de las costas. Esta solicitud también la haces a través de abogado.
Si usted tiene dudas, siéntase libre de hacernos llegar su consulta ya sea en este foro o al correo legal@ticoabogados.com
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Reconozco que debo dos meses de renta a mi arrendador pero quisiera saber si puede el, verbalmente, pedirme que desocupe en un plazo de cuatro ( 4 ) días. Gracias.
hay personas y lo digo por experiencia así tengan o no la orden de desalojo le sacan a uno todo ala calle ami me paso hace muchos años atrás pero tengo en tendido que el dueño debe hacer el proceso bajo la ley y dependiendo del tiempo que tengas que vivir así tiene que darte algún tiempo aun que tambien eh sabido que el duenño valla y diga que quiere desalojarte por ser una persona que hace problemas y te darian 8dias asi que yo q usd busco al gun tipo de ayuda que te han pare y asi tener mas tiempo para buscar casa
cual es su correo ya que tengo una consulta
yo hace casi que 4 meses firme el diborcio el cual al firmar no pido nada ni pension ni lo que vienes . al abogado del que es mi esposo lleva el tramite tambien le firme un poder por aquello que necesitara algo con respecto al divorsi mi nuda es cuanto tiempo se lleva cuando es por mutuo acuerdo y si hay alguna forma de impuntar o retractarme y solicitar ya sea una pencion para mi o una vivienda no tengo ningun hijo con el de echo si fuera asi donde podria ir ya que no creo que albogado de el quiera ayudar
gracias y DIOS LE BENDIGA
yo hace casi que 4 meses firme el diborcio el cual al firmar no pido nada ni pension ni lo que vienes . al abogado del que es mi esposo lleva el tramite tambien le firme un poder por aquello que necesitara algo con respecto al divorsi mi nuda es cuanto tiempo se lleva cuando es por mutuo acuerdo y si hay alguna forma de impuntar o retractarme y solicitar ya sea una pencion para mi o una vivienda no tengo ningun hijo con el de echo si fuera asi donde podria ir ya que no creo que albogado de el quiera ayudar
gracias y DIOS LE BENDIGA
buenas..quisiera saber donde pudiera poner una queja.. a la par donde yo vivo hay una pareja de nicas que hace mas o menos un año alquilan y tienen 5 hijos todos menores los dos trabajan y dejan a los niños con el mayor que tiene 14 años todo el día solos y lo peor es que cocinan con gas…el problema es que cuando ellos llegan como a las 7 pm sacan a los niños a jugar y ellos por mientras se van a dormir y esos niños son las 10 :30 o 11 jugando y haciendo escándalo como si fuera de día..y no dejan dormir..quisiera saber que consejo me pueden dar …muchas gracias.
Buenas tardes, hace casi un año q me notificaron de un cobro judicial en proceso, cuanto más tarda para q se haga efectivo gracias..
Estimado,
Eso dependerá del acreedor si te persigue o no, cual es el numero de expediente y con gusto reviso>?
Saludos
Buenas tardes
tenemos un proceso monitorio que ya fue cancelado con deposito judicial pero el abogado que abrió el proceso monitorio se dio cuenta que uno de los dueños de la propiedad que quedo respondiendo murió y abrió en otro juzgado un proceso sucesorio para ver que sacaba ,la pregunta es si es necesario continuar el sucesorio o cerrarlo y como lo hago.
Buenas noches, yo soy fiadora de una señora, me llegó un embargo hace más de un año, yo he estado pagando la cuota que me rebajan de mi salario, pero además se hizo un practicado sobre mi casa, por motivos económicos debo vender la casa, pero me dicen que para que otra persona compre y el banco acepte la deuda debo quitar este practicado pagando la deuda. El embargo es de Acorde, llamé y me dice la abogada que ya la deuda va por más de 8 millones, el documento que a mi me llegó dice 4.025.000 y dice que incluye el 50% de ley, le digo que pq tanto y me dice que los intereses suben cada 3 meses y que a ellos les liquidan cada cierto tiempo, que ofrezca yo pagar ¢4.500.000 y que ellos me dan la carta de que yo ya cancelé la deuda.
Mi duda es la siguiente: si yo recibí una notificación de embargo por un monto, pq ahora ellos me dicen que ese monto crece cada 3 meses? Es esto cierto? Además cuánto dura el proceso para quitar el practicado a la casa?. Me parece que si los intereses subieran así, uno nunca dejaría de pagar un embargo.
Mi expediente es 14-005077-1158-CJ y en el practicado dice expediente 14-000025-0223-CI.
En un compro judicial en firme, es embargable las ayudas sociales (Ej: IMAS, Fanabe para hijos menores) estos depositan las ayudas en una cuenta bancaria a mi nombre ( yo soy la deudora)
Gracias
Estimada,
Según el art 984 del código civil, son inembargables, pero a veces por error del funcionario bancario las embargan, por lo cual tendrías que demostrar que eran esas ayudas al juzgado para que te devuelvan el dinero.
Saludos
Para proceder con un cobro judicial deben notificarte?
De que manera sería?
De no notificarte pueden proceder con el embargo?
Estimada,
para tener sentencia firme en el proceso deben notificarla, de lo contrario no quedaría firme la sentencia, la pueden hacer por notificador judicial, policía, correos de costa rica, o notario publico.
aun antes de notificarla le pueden hacer embargos preventivos sin ningún problema, claro si pasan 3 meses con el proceso en abandono, lo podría ganar por embargo practicado y falta de notificación pidiendo la deserción.
Saludos
Me gustaría saber si tengo un cobro judicial ya que me están llamando de un despacho amenazarme.
Me podrían indicar como se procede en una situación así.
Hola buenas tardes quiero saber cuanto se dura para hacer un levantamiento de un practicado que ya se cancelo.
Estimado,
Los juzgados están durando como 4 meses, a veces hasta mas!.
Saludos
Mi duda es cuanto como fiador soy responsable. Y me tienen cansado de llamarme y decirme que yo debo pagar, y incluso me insulta cuando me llaman de coopeservidores.
Al punto que mejor no me comunico con ellos por el trato que se me dio como irresponsable y otros señalamientos que me hizo el contador de esta empresa.
Muchas gracias.
Estimado,
El fiador es tan responsable de la deuda como el deudor, pero si es mucho el acoso denuncíalo ante la agencia de protección de datos de los habitantes. http://www.prodhab.go.cr/
Saludos
Buenas tardes! Yo tengo una deuda, me atrasé con la misma porque no tenía la posibilidad de pagar lo pactado. Varias veces me acerqué en varias ocasiones para arreglar el asunto y los montos que me solicitan están fuera de mi alcance. A principios de este año me amenazaron con un cobro judicial, por lo que me comprometí a pagar un monto mensual acorde a mis posibilidades. Así lo he venido haciendo pero esta semana recibí un correo de que tengo que pagar un monto muy grande que no tengo para dejar cancelada la deuda y evitar el proceso de cobro que van a efectuar el próximo mes. Si me mandan a cobro y me embargan es probable que en mi trabajo me despidan por las políticas de la empresa, lo cual dificultaría aún más mi posibilidad para pagarles. Mi consulta es, si yo estoy pagando este monto por mes por voluntad propia ellos siempre pueden mandarme a cobro judicial?? Gracias!
Estimada,
Incumple tanto el que no paga como el que paga menos, por l cual mientras estés en mora si te podrían enviar a cobro judicial.
Saludos
buenas noches
por favor les agradecería si me aconsejan,estoy desempleada,le debo a un almacén me dan 2 días para cancelar la deuda o al segundo día vienen con un policía y un perito a ver mi propiedad y mancharle.
esto es permitido,que pasa sino accedo a
que entren ya que vienen con la policía.
Gracias
Estimada,
Recuerda que la intimidación es la forma mas usada para asustar a las personas y que paguen, no hagas mucho caso, lo que si debes hacer es pasar tus ahorros al banco popular que por ley es inembargable, y si seria bueno que le inscribas una habitación familiar a tu casa para que se haga inembargable.
Saludos
Hola. En el caso de la deuda que indica la usuaria Lucía Díaz; inscribir la cita «habitación familiar» a su casa para evitar el embargo NO la protegería contra esta deuda ya que la deuda es en fecha anterior a la inscripción. La cita «habitación familiar» SOLO protege contra deudas de fecha posterior o futuras no las que ya existen.
Estimado,
Según lo ha dicho la sala constitucional lo que cuenta es la publicidad registral, por lo cual no es la fecha de la deuda, sino quien lo inscriba primero la propiedad en el registro, por lo cual si la llega primero el embargo entonces gana este, de lo contrario ganaría la habitación familiar.
Saludos
Buenos Días
Desde el mes de Mayo en mi factura celular me llega un cobro adicional de 12100, por un teléfono que nunca solicite (Claro ), he ido en 4 ocasiones a la agencia de claro a solicitar que corrigan el error en la factura , pero no lo arreglan , solo aplican una nota de crédito y el mes siguiente vuelve el cobro adicional , en agosto el coordinador de la agencia me dijo que no pagara la factura hasta que el me corrigiera el cobro adicional (comprometiéndose a que quedaba resuelto el 16 de agosto, lo cual no sucedió), el 22 de agosto me cortaron la linea por falta de pago, Ante la molestia decidí presentar una queja ante la SUTEL .
Según contrato entiendo que Claro puede hacer un cobro judicial al tener dos meses de atraso en el pago , esto aplica aun cuando yo tenga una denuncia abierta ante la SUTEL?.
Que pasa si me hacen un cobro judicial y la SUTEL no ha resuelto mi caso (entiendo que estos tramites son lentos).
Gracias
Estimada,
Si podría hacerlo, pero de igual forma usted tiene como defenderse, ya que con la carta donde le indican que se espere para corregirlo puedes demostrar la falta de exigibilidad.
Saludos
Buenas tardes se puede embargar sin notificar de ninguna manera y q la deuda tenga más de 10 años
Gracias
Enviado desde mi iPhone
Estimada,
El embargo es preventivo, por lo cual se embarga aun antes de que notifiquen al demandado. Pero en todo caso los embargos se los deja el juzgado y el deudor puede oponerse a la demanda por medio de abogado y si gana puede pedir el dinero de vuelta.
Saludos
Y pueden embargar el salario o solo las cuentas donde se tenía dinero
Gracias
Enviado desde mi iPhone
Buenas como hago para q me ayuden con este caso ya que me urge t no tengo a quién recurrir
Gracias
Enviado desde mi iPhone
mi casa se hizo con un bono de minusvalido que le dieron a mi papa pero la casa esta a mi nombre el bono tiene doce años y esta hipotecada con la mutual alajuela. ahora hay una deuda que no he podido pagar y quisiera saber si me pueden embargar mi casa. soy pensionada. gracias.
Estimada,
Si podrían embargar cualquier bien que este a nombre del demandado, solo la pensión si es inembargable.
Saludos
Una pregunta: el otro año cumple 5 años con mi la empresa donde trabajo,por lo cuál me viene el fundó de capitalización. La coliya de pago me dice «Popular PEnciones «tengo un embargo salarial . Me podrían embargar el fondo de capitalización
Estimado,
FCL es inembargable por ley.
Saludos
Buenos dias quisiera saber si me pueden revisar los siguientes expedientes y informarme su posición como profesionales, les agradezco de antemano
N-13-017347-1170-CJ
N-13-014802-1044-CJ
N-14-000291-1158-CJ
Una pregunta tengo un embargo salarial ,yo gano al mes 328000colones , ¿cuando me pueden quitar por mes ,en una deuda que es de 1400000?
Estimado,
Un aproximado de 17 mil colones por mes. http://www.mtss.go.cr/buscador/Embargo.aspx
Saludos
Buenas tardes, en mi caso la gente de grupo monge le envio a un Buro de Credito informacion de un pago que yo jamas realize, al consultarles ya que el ultimo pago que realize fue en 2010 y ellos reportan un pago mas que nunca paso en 2017 me dicen que ellos no han hecho nada a pesar de que yo tengo pruebas de que si, es como que me reactivaron la mancha, puede caber la posibilidad de alguna demanda de mi parte por ellos enviar informacion falsa a un Buro de credito?, en este caso Equifax. te agradezco cualquier ayuda,
Estimado,
Denuncíalos ante la agencia de protección de datos de los habitantes. recuerda que los datos deben ser actuales y reales. http://www.prodhab.go.cr/
Saludos
Muchisimas gracias por el dato
Buenas es una consulta a mi esposo le llego un cobro judicial de una deuda con credomatic pero no tiene nada a nombre de él ni vehículos ni propiedades ni dinero para cancelar la deuda solo su salario que pasa en este caso gracias
Estimada,
Pues solamente se le podría embargar el salario entonces en lo que la ley dictamina según el art 172 del código de trabajo.
Saludos
Hola, hace aproximadamente 6 años, me metí en muchas deudas, con Monge, Gollo, Credomatic, etc, etc, tenía buen trabajo y buena capacidad de pago, sin embargo me quedé desempleado por casi un año y no pude afrontarlas…al cabo de mi tiempo de desempleo intenté llegar a acuerdos para pagar, pero me pedían montos absurdos y los intereses estaban por los aires, no había forma con el salario de mi trabajo en ese momento llegar a pagarle a todos las altisimas cuotas y cancelarles los intereses a como me lo pedían, por lo que no pude optar mas que por no pagar, algunos me llamaban para cobros judiciales, pero nunca llegamos a un acuerdo de pago, estoy seguro que tengo varios cobros judiciales muy probablemente, pero como no tengo ninguna propiedad a mi nombre, mis cuentas bancarias son del banco Popular, no han podido hacer mas… por lo general siempre han sido a pesar de insistentes e injustos, pues cordiales en lo que se puede, hoy me llamaron un dis que buffette de abogados, les di mi nombre y me preguntaron si tenía deudas con alguna de sus clientes, me mencionaron varios, hasta que llegaron a Monge, entonces les dije que si desde hace como 6 años, entonces me dijeron que me iban a comunicar con alguien porque me iban a poner un cobro judicial, (despues de 6 años), yo estaba en ese momento bastante ocupado por lo que le dije, precisamente que en ese momento estaba muy ocupado, (Con la intención de que se comunicaran conmigo luego), sin embargo, la persona que me atendió, de inmediato me respondió:
«Ahhh pero cuando fue a sacar las cosas de importadora si tenía tiempo!» y claro que me molesté, y le dije, ahh y hasta responde también, y empezó a decirme que la estaba amenazando, osea! por dios.
El punto es que igual que hace 6 año, no tengo ni cuenta embargables ni bienes inmuebles a mi nombre para que puedan hacer efecto su cobro.
Si tan solo pudiera llegar a un acuerdo razonable con alguna de estas entidades estaría 100% dispuesto a pagar poco a poco, pero ellos quieren todo en un solo pago, y por lo general estan nada anuentes a llegar a acuerdos.
Qué otras complicaciones puedo tener yo con esto?
Me casé hace un año… mi esposa hereda alguna responsabilidad por esas deudas pasadas?
Algún dia caducan las deudas o son para siempre? y si caducan que proceso hay que seguir?
Mil gracias de antemano por su tiempo y su respuesta.
Hola, tengo una deuda que deje de pagar al bac San José porque me quedé din trabajo. Ahora vivo fuera del país y tengo necesidad de volver por motivo de salud de mi hijo, el último pago lo realicé en septiembre de 2.015. Puedo tener algún problema para entrar o salir de Costa Rica?
Estimada,
No existe impedimento de salida por deuda, eso es solo por pensión alimentaria.
Saludos
Buenas
Mi consulta es la siguiente me llamo un acesor q tengo q pagar 2 millones de colones q se debía de importadora monge que fue como en el 2014 por ahí y después me dicen q me la dejan en una cantidad de 7.35mil colones y tengo q pagar obligamente y q tengo q depositar 20 mil colones para reactivar la cuenta y pues les dije q no podía q si no me embargaran el salario me dijeron q era el 50% del mismo q es algo ilógico ya que mi salario es base no cotizo mucho para la caja ese caso q podría hacer si me pasan llamando y ami familia y quise llegar a un arreglo de pago pero no quieren así sino todo de un solo
Buenas que significa EMBARGO PRACTICADO EN UN CARRO , significa eso que ya tiene orden de captura????
Estimado,
no necesariamente a veces el acreedor solo pide la anotación de la demanda pero no la orden de captura. Solo es una forma de asegurarse que en el futuro el bien pueda responder por la deuda.
Saludos
tengo dudas con respecto al cobro de los intereses moratorios e intereses corrientes, en el Proceso Monitorio de Cobro Judicial.
¿Es necesario cobrar ambos en todo Proceso Monitorio?
¿Cómo se calculan, de acuerdo a cuál porcentaje?
¿Y si la obligación es en dólares, cómo procede?
Estimada,
Mientras no se haya pagado el capital seguirá generando intereses y serán cobrados en caso de que el acreedor los liquide ante el juzgado. se liquidan según lo pactado en el pagare o documento que soporta la demanda indiferentemente si es dolares o colones.. si no se pactaron entonces serian los intereses legales según el la tasa del bncr.
Saludos