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Entrada en vigencia de nueva ley de usura y el impacto en el cobro judicial en Costa Rica 2020

07 martes Jul 2020

Posted by ticoabogados in Asistencia Legal

≈ 2 comentarios

En los últimos días, muchas personas nos han comentado y preguntado de cómo afecta la entrada en vigencia de la nueva ley que regula la usura y los límites de intereses en caso de que me encuentre en cobro judicial.

Lo anterior es una pregunta valida, ya que si bien es cierto, muchos de los cobros que existen en la actualidad, ya sea por tarjetas de crédito o por otro tipo de deudas en mora, contemplan intereses que superan los límites establecidos por ley, por lo cual aunque la ley no es retroactiva, para los intereses del 20 de junio del 2020 en adelante, el deudor se encuentra facultado a oponerse al cobro que supere el tope de intereses que el banco central establezca cada año, según el tipo de crédito que corresponda.

Cabe mencionar que el Banco Central de Costa Rica (BCCR) fijó un tope de 37,69% interés para las tarjetas de crédito en colones, para los créditos en dólares, el máximo es de 30,36% y para los microcréditos (inferiores a 675 mil colones) quedó en un 53,18% para colones y de 42.99% para dólares, de conformidad con la nueva ley de tasas de usura, que aprobada por la Asamblea Legislativa.

La tasa de interés anual máxima para los créditos se debe calcular sacando el promedio de los últimos doce meses de la tasa de interés activa, sumarle un 12,8% y multiplicar por 1,5.

La tasa anual máxima de interés para microcrédito se debe calcular sacando el promedio de los últimos doce meses de la tasa de interés activa, sumarle un 13,18% y multiplicar por 2,085.

El Banco Central actualizara las tasas de usura en los meses de julio y enero de cada año, publicándolas en La Gaceta. Y es de acatamiento obligatorio para todas las personas jurídicas y físicas que operen en el país y ofrezcan financiamiento o préstamos a terceros.

Además, para alivio de muchas personas que en ocasiones no les llega salario, por cuanto tienen muchos rebajos automáticos de su salario, también se establece que el salario no podrá tener rebajos automáticos en el momento que sea igual al salario mínimo de dicho semestre, permitiendo que el trabajador reciba como mínimo el salario mínimo de ley por mes, medida que busca asegurar que la persona tenga acceso a tener una vida digna.
Si usted tiene dudas, siéntase libre de hacernos llegar su consulta ya sea en este foro o al correo legal@ticoabogados.com. WhatsApp: 7027-0427

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