Requisitos de la demanda

La demanda de alimentos contendrá fundamentalmente las siguientes indicaciones:

a) Nombre, apellidos y calidades del gestionante y del presunto obligado.
b) Nombre y apellidos de los beneficiarios.
c) Monto que la parte demandante pretende para cada uno de los beneficiarios.
d) Mención de posibilidades económicas de los obligados alimentarios y necesidades de los beneficiarios.
e) Pruebas que fundamentan los hechos de la demanda.
f) Señalamiento del lugar para atender notificaciones.
Fijación de pensión alimentaria provisional

En la misma resolución que otorga el traslado de la demanda, el juez fijará una pensión alimentaria provisional y prevendrá al obligado el depósito del monto correspondiente, dentro del tercer día, bajo apercibimiento de ordenar apremio corporal en su contra, si así lo pidiere la parte actora, en caso de incumplimiento.

Reducción del monto de la pensión

Siempre se va a dar el principio de equidad, ya que la persona que paga la pensión también necesita recursos para su subsistencia, y de esta manera sufragar sus gastos, así que  para eso nuestra legislación nos da el incidente de reducción de pensiones alimentarias, con el cual se pretende probar los gastos que el individuo tiene y que la pensión sea proporcional a sus ingresos, para que el principio fundamental de una vida digna siempre sea respetado.

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