– El embargo de salarios en Costa Rica está regulado en el artículo 172 del Código de Trabajo, cuyos puntos esenciales detallamos a continuación:
– Salarios menores al Salario minino de Ley son inembargables.
– El salario Mínimo de Ley se entiende como el menor salario que por decreto fija el Gobierno cada seis meses, que en nuestro país es el de servidora domestica tal y como lo indica el MTSS
(Pueden ver información en http://www.mtss.go.cr/temas-laborales/salarios/Lista-salarios-I-sem-2017.pdf).
– Para el Primer semestre del 2017, este salario es de ¢178.703,50
– Como se determina el monto a embargar de un salario: se necesitan los siguientes elementos:
– El salario bruto de el trabajador y restarle las cargas sociales (salario-9,34%) lo que llamaremos “suma liquida”.
– Salario mínimo de ley vigente. en este caso ¢178.703,50 (Pueden ver información en http://www.mtss.go.cr/temas-laborales/salarios/Lista-salarios-I-sem-2017.pdf )
– Entonces le restamos a la “suma liquida” el “Salario mínimo” resultando el salario a embargar.
Entonces, Si el salario bruto es igual o menor a tres veces el salario mínimo vigente, se puede embargar hasta una octava parte de el salario a embargar.-
Si el salario bruto, supera más de tres veces el salario mínimo vigente, la suma restante se puede embargar hasta en una cuarta parte del resto.
Ejemplo
Salario Bruto
₡600.000,00
Cargas Sociales 9.34%
₡56.040,00
Menos Impuesto de renta neto
₡0,00
Salario Líquido (Sala bruto – cargas sociales – impuesto de renta neto)
₡543.960,00
Menos salario inembargable ( I Semestre del 2017)
₡178.703,50
Suma Máxima Sujeta a Embargos
₡365.256,50
Suma mensual a embargar (1/8)
₡45.657,06
En este caso no se puede efectuar el embargo de 1/4 ya que el salario embargable no supera tres veces el monto del salario mínimo, es por eso que solo se puede embargar en 1/8.
Si usted tiene dudas, siéntase libre de hacernos llegar su consulta ya sea en este foro o al correo legal@ticoabogados.com
Si ya existe un expediente judicial en su contra, nos puede enviar el numero de expediente y con gusto te ayudamos.
Nuestro Servicio de consultas es completamente gratuito, pero sera muy agradecida su colaboración voluntaria via paypal, para seguir teniendo el sitio en linea.
https://www.paypal.com/cgi-bin/webscr?cmd=_s-xclick&hosted_button_id=AV7VRNZEC99TC
O también puedes contribuir en las siguientes cuentas Bancarias
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Cuenta Banco de Costa Rica Colones
001-1956984-0
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Cuenta BNCR Colones
200-01-166-012770-0
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Saludos
Buenas tardes
Si el salario es por el monto de ¢700.000.00 mensuales, cuanto seria el monto embargado y si aplicaria para un segundo embargo.
Estimado Bill,
Segun el art 172 del codigo de trabajo sobre tu salario lo maximo aproximado a embargar por mes serian 53 mil colonesm y si eso es suficiente para pagar ambos embargos a la ves se podria hacer de lo contrario, si ya el primer embargo esta consumiendo todo lo legalmente embargable se tendria que esperar hasta que el primer embargo sea pagado por completo.
Saludos
Buenos días una pregunta tengo una deuda la cual salió el veredicto en el juzgado desde el 2006 hasta en junio de este año me encontraron en mi trabajo y me están aplicando el embargo de salario, la única cuenta que tengo es donde me depositan el salario, y el bufete me llama y dicen que me la van a congelar aún con el embargo procesándose, es eso posible, no hay una ley que impida esto ya que se supone que uno debe tener para vivir, soy el único sostén de mi casa y si me congelan la cuenta no tendría para pagar el alquiler y la comida de mi familia?
Gracias por su orientación, bendiciones.
Estimado,
Recuerda que los salarios una vez que son depositados en la cuenta de planilla, son inembargables ya que el articulo 172 del código de trabajo los protege, pero en todo caso, si por error lo embargaran, puedes pedirle al juzgado que te devuelva el dinero, ya que el salario tiene esa protección especial (Recomendación es pasarse al banco popular que es completamente inembargable).
Seria bueno que revises el expediente judicial, ya que las deudas prescriben en 4 años (prescripción es a petición del interesado no de oficio), así que dependiendo el estatus del mismo puedes pedir la prescripción en escrito autenticado por abogado.
Saludos
Buenas, tengo una consulta acerca de cobro judicial y embargos.
Tengo desde agosto del 2012 de no tener trabajo, sin embargo, he querido solucionar mis problemas crediticios, pero como no puedo pagar los montos que me pide el banco me tienen ya 3 expedientes en el juzgado de cobro judicial. No me han notificado, pero tengo los números de expediente y usuario del poder judicial para consultarlos.
Me aplicaron un embargo al carro pero, no me lo han capturado ni lo han rematado.
Que me aconseja hacer?, ya que mi ingreso es sólo una pensión alimenticia mediante el juzgado que no alcanza los 75 mil colones al mes, no tengo más propiedades, ni salario.
Gracias!
Estimada Dianita,
Esperar que pasen 4 años y pedir la prescripción de la deuda.
Saludos
Con quien me recomiendan hablar para poder ver los casos? Muchas Gracias!
Estimada Di,
Si gusta nos puede enviar los números de expediente, y con gusto te los revisamos.
Saludos
No quisiera publicar el los números de expediente por acá, hay alguna dirección de correo electrónica? Muchísimas Gracias!
Buenas tardes en salarios mayores al millón cien, pueden realizar varios embargos a la vez y cuál seria el monto máximo a embargar? y qué embargan la cuenta ( si no exixsten bienes) donde depositan el salario ó pueden solicitar a la empresa que rebaje lo embargado del salario? gracias
Estimada Gabriela,
Sobre un salario de 1100.000 colones, según el art 172 del código de trabajo te pueden embargar un aproximado de 110 mil colones mensuales, y el segundo embargo dependería de si los 110 mil colones son suficientes para pagar varios embargos a la ves, de lo contrario si el primer embargo esta consumiendo todo, los demás deben de esperar, los embargos de salario son solicitados al patrono para que haga el rebajo.
Sobre las cuentas si son de planilla de conformidad con lo resuelto por el Consejo Superior en sesión número 97-95 celebrada el 7 de diciembre de 1995, artículo LI, reiterado en sesión número 27-01, celebrada el 3 de abril de 2001, artículo XXIX, y publicada mediante Boletín Judicial número 94 del 17 de mayo de 2001, se advierte que los montos correspondientes al depósito de salarios, pensiones, aguinaldo y pensiones alimentarias, quedan exonerados de embargo. Tratándose de salario, también quedan exonerados en la proporción que establece el numeral 172 del Código de Trabajo, pero es mejor pasarse al banco popular a que es completamente inembargable por ser el bando de los trabajadores, y evitar que por algún error vayan a embargar tu cuenta de planilla y luego pases muchos meses en un proceso con el juzgado demostrando que era tu salario y pidiendo que te lo devuelvan…
Saludos
buenos dias. cual es el correo electronico de uds?
Estimada,
Nuestro correo es legal@ticoabogados.com
Saludos
Hola buenas, hay un monto máximo a embargar? y también tengo la duda de si pueden aplicar un embargo si la notificación fue por medio de un mensaje de texto? saludos, gracias
Estimada Gabriela,
Recuerda que el embargo de salario es proporcional al monto que se gana por mes, y se hacer conforme al 172 del código de trabajo, la notificación oficial es la que hace el juzgado en forma personal o en la casa, los mensajes de texto son solo un mensaje que no tiene valor jurídico, (véalo como cuando alguien te manda un mensaje recordando algo), otra cosa importante es que recuerda que aun antes de que te notifiquen el juzgado te puede embargar preventivamente.
Saludos
Buenas, se puede apelar un embargo por medio de un recurso de amparo?, estamos prácticamente sin orientación, vemos muy elevado el monto que están cobrando, casi 7 millones por 500 000 que nos prestaron, se pueden cometer estos atropellos? no tenemos idea de qué se nos está cobrando, no sabemos a quien acudir ni qué pasos seguir, vamos a pagar, pero lo justo y aunque tenga que tocar mil puertas nos vamos a asegurar de que no se cometa un abuso valiéndose de que no existe asesoría, mil gracias. Gabriela
Estimada Gabriela,
En los 15 días después de la notificación del juzgado te puedes defender objetando la cuantía de la demanda, y oponer las excepciones de derecho tales como prescripción de intereses entre otros. si gusta nos puede escribir al correo legal@ticoabogados.com en enero y con gusto te ayudamos.
Saludos
hola,
Que pasa si uno le embargan, la deuda es de 5 millones y el salario es de 918 dolares con las deducciones ya hechas de la caja. Eso seria 1/8 nada mas verdad por ley?
Aun embargado, se pueden dar «abonos» a esa cuenta embargada? O literal hay que esperar los años para cancelar y caducar deuda?
Gracias y saludos
Estimada Lizy,
Por cuanto tu salario no supera tres veces el salario mínimo eso es correcto solo se podría embargar en 1/8, y es decisión tuya si quieres hacer abonos extraordinarios.
Saludos
Buenas tardes, tengo una deuda con un banco, desde hace 6años, por situaciones económicas adversas no pude seguir pagando, ayer le envían un mje al celular a mi hija, notificandole que me van a embargar el salario, nunca me han notificado. pueden hacer esto?
Estimada Ivannia,
Aquí lo que puedes hacer es llamar al poder judicial al 800-800-3000 y con tu numero de cédula buscar si existe un expediente en tu contra, y pedir la prescripción del caso si fue presentado mas de 4 años después del ultimo pago, recuerda que la prescripción no es de oficio, sino que a petición de parte.
Saludos
Buenas tardes mi consulta es la siguiente :
En Junio del 2013 yo adquirí una tarjeta de credito con credomatic los primeros tres meses pague puntual, por problemas laborales se me dificulto realizar el pago pendiente por la suma de ¢170.000 por el atraso me pidieron depositar por mas ¢35.000 para poner al día la cuota mínima estuve 3 meses pagando la y siempre conteste nunca me escondí ni nada, después me quede sin trabajo y no pude seguir pagando yo llame y les pedi algun tipo de arreglo por mes un monto minimo q yo pudiera pagar pero me dijeron que no porque tenia menos de un año de tener la tarjeta osea te cierran las puertas x todos lados, lo que les dije fue que no tenia casi 200.000 mil para pagar ahorita q no podia hacer nada, como en octubre me enviaron una notificacion de embargo contra la empresa que yo antes laboraba nunca me llamaron, no recibi aviso de cobro judicial nada, yo llame al bufete de ese abogado y me pidio pagar 680.000 mil para deter el proceso le explique q no tenia trabajo y no me dieron mas opcion. hace 3 meses estoy en otro trabajo y hoy me llamaron noc como localizaron el numero de mi nuevo trabajo para el proceso de embargo . noc hasta q punto el bufete de abogados pueden hacer esto ya que nunca me notificaron nada y me da mieso q me perjudique aqui
Mi salario ahorita es de 290.000 cuanto me podrían embargar y no se si tengo alguna posibilidad de que me dejen hacer un arreglo ya q nunca fui informada y siempre estuve dispuesta a pagar dicha deuda
muchas gracias
Estimada Vanessa,
Con base en el articulo 172 de código de trabajo, el máximo aproximado a embargar en tu salario seria un aproximado de 7 mil colones por mes.
Saludos
Estimada Vanessa,
Cuando comienzas un nuevo trabajo, tu patrono te reporta a la CCSS como asalariada, y es de esa manera cualquier bufete de abogados puede darse cuenta para quien laboras, y pedir el embargo de salario correspondiente.
Ahora bien hay que tener en cuenta que lo que te deben notificar a ti es la existencia de un expediente en tu contra y no así el embargo de salario, que en realidad a quien deben notificar es a tu patrono, también hay que tomar en cuenta que es legal hacer un embargo de salario sin haber notificado a las partes de la existencia del expediente, lo único que si podrías hacer es en caso de que pasen tres meses de que te estén embargando y aun no te hayan notificado, es verificar si el actor tiene mas de tres meses de que no insta el proceso para tu notificación y si es así, podrías pedir la deserción con base en el art 212 del código procesal civil, y ya seria el juez que evalué el caso, y si nota que hubo falta de interés, puede que te de la razón y archive el proceso como si nunca lo hubieran presentado y te devuelva lo embargado mas daños y perjuicios comprobados.
Saludos
buenas tardes mi pregunta es la siguiente yo tengo un embargo que me rebajan desde hace tiempo y tengo cuenta en el banco nacional pero yo dejo dinero en esa cuenta y no me la tocan hice un estudio en la sujef y aparezco limpio igual en las otras entidades crediticias a que se debe esto aparte pregunte en el juzgado por el numero de expediente que es este 07-0010970240CI o CJ y no aparece nada por el código dice que es el del cantón de mora y no aparece tampoco en el de Goicochea aparece nada con mi cedula que podrá ser
Estimado Jose,
Pide una copia del decreto de embargo a recursos humanos, y ahí vas a ver cual es el juzgado que te esta embargando, y con eso puedes ir al juzgado personalmente, y pedir una copia del expediente, ya que parece que ese juzgado no esta en linea.
Saludos
SACAMOS UN PRESTAMO MI MAMA Y MI YO, POR ESAS COSAS DE LA VIDA SE NOS PRESENTO UN PROBLEMA PARA CONTINUAR PAGANDO, CLARO QUE QUEREMOS PONER LA DEUDA AL DIA, PERO CON ESTA GENTE NO SE PUEDE, DONDE PUEDO PONER LA DENUNCIA, PUES HASTA AL VECINO LLAMAN PARA DEECIRLE DE LA DEUDA, Y A UNA HERMANA DE MI MAMA QUE TIENE AÑOS DE NO HABLARLE, TAMBIEN, NO SABEN EL PROBLEMA QUE SE LE HIZO A MI PAPA EN EL TRABAJO, POR ESTA CUESTION,
Estimado,
En realidad puedes hacer dos cosas, la primera es guardar toda la evidencia de estos abusos, mensajes, faxes al trabajo, y grabar llamadas dejándole saber a la persona que lo estas grabando, para después poder o demandarlo por acoso, o la otra es interponer un recurso de amparo por violación al derecho a la intimidad que es de orden constitucional pidiéndole a la sala que le ordene a la gestionadora el cese del abuso, ya que no tiene porque estar llamando a personas que no son deudoras o fiadoras (tu tía, otras personas, o incluso el trabajo de tu padre).
Saludos
mi salarios es de 441,067. colones tengo dos pensiones que suman 210.000 colones cuanto me pueden embargar de mi salario????
me ayudan tambien agregando la operacion de como se saca ese monto aplicando las pensiones ???
Estimado Minor,
Cuando tienes pensiones alimentarias y las mismas son rebajadas directo de planilla, entonces se toma como referencia para el calculo de embargo por deuda, el monto que quede de salario después del rebajo de las pensiones, en tu caso lo que te quedaría de salario es menor al salario mínimo, así que no te podrían embargar por deuda.
La formula para el calculo de pensiones alimentarias, esta en el art 172 del código de trabajo, pero aquí en este vinculo el ministerio de trabajo lo explica paso a paso, http://www.mtss.go.cr/preguntas-frecuentes/salario-minimo.html?pid=58&sid=386:Cmo-se-calcula-un-embargo-salarial
Saludos
De un salario de 1500000 cuánto es lo que embargan de salario.?Como puedo saber si estoy en cobro judicial?
Estimado Pedro,
Según el art 172 del código de trabajo lo máximo aproximado a embargar de tu salario serian 184 mil colones por mes, y puedes llamar al poder judicial al 800-800-3000 y con tu numero de cédula te pueden decir si existe algún expediente de cobro en tu contra.
Saludos
Hola,
Tengo una pregunta, por diferentes razones mi actual salario no me esta permitiendo pagar el pago minimo de una tarjeta de credito, yo tengo una casa pero junto con otros hermanos, ellos pueden embargarme el 1/4 que representa ser yo duena de dicha casa?
Siempre les pido un arreglo de pago pero lo que me ofrecen esta fuera de mi realidad…
Gracias y saludos
Estimada Liz,
En tu caso seria mejor que le pases tu derecho de 1/4 de tu casa a alguien de confianza, ya que si te pueden embargar el derecho, y ya si te embargan el derecho, recuerda que la ley dice que nadie esta obligado a ser copropietario, así que podrían en un futuro rematar la casa y quedarse con la proporción de tu 1/4 y lo demás el juez se lo daría a tus hermanos.
Los bancos son algo caprichosos, muchas veces prefieren perder el dinero que hacer un arreglo… pero desafortunadamente ellos pueden negarse a hacer el arreglo si ellos así lo quieren.
Saludos
tengo una consulta fié a una sra en Acorde y ella dejó de pagar, existen dos fiadoras más las cuales no sé si trabajan o no, me llegó una notificación donde dice que me embargaron mi casa la cual debo en su totalidad a un banco por lo tanto el banco es el acreedor y el monto de la casa supera enormemente la deuda que es por menos de 3 millones, dice también que me será embargado el salario y las cuentas. Mi pregunta es, puede Acorde pedir el remate de mi casa al banco aunque la deuda sea mucho menor q mi deuda con el banco, y me falten 30 años para cancelarla. Cómo se procede en este caso.
Agradezco su ayuda.
Estimado,
La ley lo faculta para poder hacerlo, pero no siempre lo hacen, ya que al existir una hipoteca de primero puede que al final no reciban nada y les salga mas caro el proceso, pero como dije anteriormente por ley si lo pueden hacer cuando la demanda este firme.
Te aconsejo que te pases al banco popular para que no te puedan embargar tus ahorros.
Saludos
Buenos dias
Mi consulta es la siguiente, yo tuve una tarjeta de credito como representante legal de una sociedad, mi ultimo pago fue 16-02-2012 y esta en cobro judicial 09-2012 puede embargarme a titulo personal
gracias
Maiko
Estimado Maiko,
Habría que ver el contrato que firmaste cuando te dieron la tarjeta, porque si firmaste en nombre propio si te podrían enviar a cobro, o si en el contrato estaba también que eras co-deudor junto con la sociedad, de lo contrario a quien envían a cobro seria a la sociedad, igual consigue esta información, y si te están incluyendo y no debían entonces puedes pedir las excepciones correspondientes.
Saludos
Buenos días,
Una consulta, necesito pasar nuestra vivienda a patrimonio familiar, la hipoteca tiene un año osea acabamos de adquirir el préstamo; cabe mencionar que el préstamo lo sacamos con el banco popular.
1)Quisiera saber si esta o no en patrimonio…cédulas 1-1308-0626 y 1-1266-0081
2)Cuanto puede durar este tramite?
3)Algún contacto para comunicarme con ustedes ya que me interesa ponerlo en marcha.
Muchas gracias por sus respuestas.
Buenas,
Otra consulta, si tengo la hipoteca con el banco popular, tiene apenas un año, mi esposa es deudora y yo coodeudor, se puede decir 50 y 50; y me embarga una entidad que no seria el popular, se que me pueden embargar mi parte, pero por esa parte me rematan la casa?
Gracias y quedo en la espera de su valiosa respuesta.
Saludos cordiales.
Estimado Edgar,
Según la información que usted nos envió en su correo anterior, el único dueño de la propiedad es usted, y su esposa en realidad solo es co-deudora, pero no dueña, así que en caso de embargo contra ti, se podrían ir contra todos tus bienes, en este caso contra la casa que usted es el único dueño.
Uno de nuestros abogados le esta contactando prontamente para ayudarle con lo del patrimonio familiar.
Saludos
Buenas mi salario es de 480 000 mil por mes, y tengo un problema con una deuda cuanto me podrian embargar
Estimada Francela,
Según el art 172 del código de trabajo lo máximo aproximado a embargar en tu salario serian 28 mil colones.
Saludos
Muchísimas gracias.
Con mucho gusto
según notificación con fecha del 22 de febrero del 2008 , juzgado sexto civil de san José enviado el 18 de enero del 2008el medio de pago mp me embargó el salario por la suma de 561085,29 este embargo me lo mandaron a hacienda para el respectivo rebajo de salario no me ha efectuado ya que tengo uno ,esta en la espera de que se pague el primero que puede hacer para que no me haga efectivo este embargo el numero de expediente es proceso ejecutivo simple N07-004348-225-CI EL EXPEDIENTE QUE ME ESTA HACIENDO EL REBAJO DE EMBARGO ES EL NUMERO 07-001517-224 CI LE AGRADECERIA MUCHO SU AYUDA
Estimada Annia,
Esos expedientes parecen no estar disponibles en linea, tendrías que ir personalmente a pedir copia del expediente al juzgado.
Saludos
buenos días tengo una duda, una cuenta en el banco que esta reportada exclusivamente para el pago del salario puede ser embargada. Donde y como puedo averiguar si tengo alguna demanda de cobro en mi contra yo so Perez Zeledón?
Estimado Billy,
Cuando son cuentas de planilla, de conformidad con lo resuelto por el Consejo Superior en sesión número 97-95 celebrada el 7 de diciembre de 1995, artículo LI, reiterado en sesión número 27-01, celebrada el 3 de abril de 2001, artículo XXIX, y publicada mediante Boletín Judicial número 94 del 17 de mayo de 2001, se advierte que los montos correspondientes al depósito de salarios, pensiones, aguinaldo y pensiones alimentarias, quedan exonerados de embargo. Tratándose de salario, también quedan exonerados en la proporción que establece el numeral 172 del Código de Trabajo, pero es mejor pasarse al banco popular que es completamente inembargable por ser el bando de los trabajadores, y evitar que por algún error vayan a embargar tu cuenta de planilla y luego pases muchos meses en un proceso con el juzgado demostrando que era tu salario y pidiendo que te lo devuelvan…
Puedes llamar al 800-800-3000 del poder judicial, y con tu numero de cédula te pueden decir si existe algún proceso de cobro en tu contra.
Saludos
De que manera debo proceder si despues de casi 5 años el banco nunca me ha notificado y hoy viernes 21 de febrero me llama una gestionadora de cobro a amanazarme con el proceso judicial de embargo de mi salario, cuando yo informe al banco que no podia pagar pues pase demasiado tiempo sin empleo formal, me interesa saber si al haber prescrito ese proceso puedo yo tomar alguna accion legal para que no procedan pues aunque mi salario es de 375mil colones no estoy en posibilidad de pagar una deuda. muchas gracias de antemano y quedo a la espera.
Estimado Jose,
Recuerda que las deudas prescriben a las 4 años, pero no es de oficio, sino que a petición de parte, si la deuda fue llevada a cobro judicial mas de 4 años después del ultimo pago, en este caso lo único que tienes que hacer es ir al juzgado y a través de un escrito autenticado por abogado pedir la prescripción de la deuda, igual puedes llamar al 800-800-3000 del poder judicial y con tu cédula pedir información sobre el expediente de cobro.
Saludos
Muchisimas gracias, claro ya tengo el numero de expediente ahora tengo esta duda si es tan amable de despejarla, al solicitar la prescripcion mediante abogado que sucederia con el supuesto cobro? cual es el proceder alrespecto? muchisimas gracias
Estimado José,
En caso de que el juez de la audiencia para que la otra parte se oponga, y que al final ya te de la razón de que la deuda esta prescrita, de inmediato se levantaría cualquier embargo en tu contra, y el juzgado te devolvería lo que te hayan embargado injustamente, pero mientras el proceso esta en tramite te van a seguir embargando.
Saludos
Gracias por su respuesta ahora me surge esta duda espero me la pueda evacuar, yo ta tengo en mis manos el expediente que copie en el tribunal de goicoechea, ahora al pedirle al abogado la elavorasion de la solicitud de prescripcion, que sucede con el proceso exactamente??? muchisimas gracias y quedo a la espera, mil gracias
Si disculpe una utima consulta, el expediente contiene notificasiones echas al lugar donde trabaje hace 5 años cuando adquiri el prestamo, las cuales nunca llegaron a mi domicilio siquiera, yo personalmente avice al banco que no trabajaba mas ahi desde el puro principio cuando abandone dicha empresa y que no podia pagar por causa del desempleo, nunca procedieron a embargarme nada y ahora que laboro en una compañia es cuando me vuelve a telefonear para este asunto. ese es el panorama exacto de mi caso, que hago entonces??? muchisimas gracias!
Estimado Jose,
Dos cosas en caso de que estuvieras notificado del expediente ( recuerda que no es lo mismo la notificación oficial de expediente en tu contra, que alguna notificación a tu ex patrono pidiendo el embargo de tu salario), si ya pasaron los 4 años sin que ellos hicieran ninguna liquidación ni movimiento, entonces solo seria de pedir la prescripción de la deuda. En caso de que no estés notificado( notificación oficinal y personal del expediente a ti), y si han pasado 3 meses sin que ellos hayan instado el proceso, puedes enviar un escrito pidiendo la deserción del expediente.
Saludos
Saludos
Buenos dias , gracias ya les encia via mail el numero de expediente. mil gracias
Estimado José,
No nos ha llegado nada.
Saludos
Si se desea salir del país puede existir impedimento de salida por deudas?
Estimado Robin,
Por deudas no hay impedimento de salida del país, solo lo habría si la deuda es por pensión alimentaria.
Saludos
Buenas noches queria saber una cosa, si en este momento me estan haciendo un rebajo de planilla por embargo judicial puedo salir del pais sin ningun problema o no lo podre hacer? Gracias
Estimado,
Por deuda no hay arraigo, eso solo se da cuando es pensión alimentaria, así que si podrías salir del país sin ningún problema, dejanos saber el numero de expediente si gustas y con gusto te lo revisamos.
Saludos
puede una fiadora acusar en los tribunales por daño y perjuicio a un deudor por haber pagado una cuotas por atrasos, dicha fiadora no acepta en pagos, lo quiere todo y quiere embargarle el salario a mi amiga y cobrarle daño y perjuicio mas de lo que pago ella por atraso de cuotas puede hacer ella eso .
Estimada Annia,
La ley faculta a los fiadores que hayan pagado la deuda en lugar del deudor original a poder cobrarle al deudor original lo pagado mas daños y perjuicios, en pocas palabras se convierte en el nuevo acreedor del deudor original, ya si quiere aceptar un arreglo de pago es decisión propia, de lo contrario puede ir directamente a cobro judicial.
Saludos
Tengo un salario de C1,500,000 y tengo dos pensiones por un monto de C700,000.00. Cuanto es el monto maximo que me pueden embargar si tengo embargo por las dos pensiones.
Estimado Fede,
En estos casos se procede a pagar el monto de las pensiones primero y si el monto de salario restante es mayor al salario mínimo el calculo se hace con base en lo que quede restante después del rebajo de las pensiones, en tu caso el máximo aproximado a embargar por deudas seria un aproximado de 65 mil por mes.
Saludos
Gracias por el comentario. Quiero consultarle que sucede si tengo fiadores en alguna operacion bancaria bajo la misma figura de salario y pensiones que tengo.
Estimado Fede,
Si alguien esta fiando alguna de tus deudas, el acreedor también puede pedir el embargo de tu fiador.
Saludos
Puede uno declararse en estado de insolvencia economica y pedir un curador del juzgado.
Estimado Fede,
Ya existe un proceso para pedir la insolvencia, pero no siempre es lo mejor a hacer, eso dependería de cada caso.
Saludos
Buenas tardes,
Una consulta, soy planillero y hago los embargos de salario a como dice la ley, pero como hago para comunicar al juzgado de que una persona nunca, o dejo de laborar para la empresa, esto para curarnos todos en salud; o sea cual es el procedimiento para notificar a un ex-empleado al juzgado?
Gracias y quedo en la espera de su respuesta.
Saludos cordiales.
Estimado Edgar,
En el decreto de embargo viene siempre el numero de teléfono, fax y hasta el email del juzgado que esta pidiendo el embargo, puedes contactarte con ellos usando esta información para comunicarles que esa persona no trabaja en tu empresa.
Saludos
Pueden embargar por una deuda preescrita?
Estimada Karen,
La respuesta es si, ya que la prescripción no es de oficio, sino que a petición de parte, así que si la deuda esta prescrita aun así el juez le va a dar tramite hasta que la parte interesada pida la prescripción de la misma.
Saludos
Buenos dias
Mi consulta es que me encuentra atrasado en el pago de una tarjeta de crèdito, y me dicen que ya giraron orden judicial para embargar las cuentas y bienes, cuanto tiempo dura el tramite para poder realizar este embargo, ya que no me han notificado al respecto
Gracias
Maiko
Estimado Maiko,
En realidad eso depende de la cantidad de trabajo que tenga el juzgado que este tramitando tu caso, puede que dure algunas semanas o meses, lo mejor aquí es pasar todas tus cuentas bancarias al banco popular que es inembargable para personas físicas, y pasar a nombre de alguna persona de confianza cualquier propiedad que este a tu nombre.
Puedes llamar al 800-800-3000 del poder judicial y con tu numero de cédula te pueden indicar si ya existe un proceso en tu contra, y si ya se emitieron los decretos de embargo.
Saludos
una pregunta una persona que gana aproximadamente 293000 colones mensuales, se le embarga aproximadamente 4000 colones por mes
Estimada Rosa,
Con el calculo usando el ultimo aumento de salarios mínimos del primer semestre del 2014 seria un aproximado de 6860 colones por mes.
Saludos
buenas noches mi consulta es la siguiente estoy con un embargo que ya se termina hace unos días recibi una llamada de la gente que me embargo que si quería arreglar con ellos otro embargo pero que era por los intereses hechos por el anterior que como duro tanto tiempo en pagarse que entonces me embargan por los intereses generados eso es legal acaso ellos cuando embargan no cobran todo de una sola vez
buenas tardes, una persona que paga pensin alimentaria por ochenta mil colones y su salario es de 290 colones por mes, cuanto sera lo que le embargaran? gracias
El 26 de febrero de 2014, 18:53, TicoAbogados
Estimada Ivannia,
Si la pensión alimentaria es rebajada de planilla, entonces no se le podría embargar por deuda al ser su salario menor al salario mínimo, de lo contrario seria un aproximado de 7 mil colones mensuales conforme al art 172 del código de trabajo.
Saludos
Estimado Jose,
Cuando una cuenta es enviada a cobro judicial, su acreedor puede pedir el pago de los intereses hasta que la deuda sea cancelada, así que mientras no este pagada sigue generando intereses, algo importante aquí es que el acreedor tiene que estar liquidando los intereses todos los años, de lo contrario, tu puedes pedir la prescripción de los intereses no liquidados a mas de un año atrás, si gustas puedes llamar al 800-800-3000 del poder judicial, y enviarnos el numero de expediente, y con gusto te lo revisamos.
Saludos
ME ESTA REBAJANDO UN EMBARGO DE 55O MIL ME HA REBAJADO CASI 400 MIL ESE DINERO ESTA EN EL JUZGADO Y CREDOMATIC NO HA RECIBIDO UN CINCO COMO HACER PARA QUE ELLO RECIBAN ESE DINERO SI EN LA NOTIFICACIÓN DICE LOS 550 MIL ELLOS PUEDEN COBRAR MAS INTERESES POR ESA DEUDA QUE NO HAN RECIBIDO QUE PASO SEGUIR PARA QUE COBREN NADA MAS LO QUE INDICABA LA NOTIFICACIÓN
Estimada Annia,
El acreedor es quien debe pedir al juzgado el pago de lo que hayan podido embargar, osea en este caso seria credomatic quien puede pedir al juez que les acrediten lo embargado, si gustas nos puedes enviar el numero de expediente para ver si han estado liquidando los intereses, de lo contrario puedes pedir la prescripción de los intereses no liquidados a mas de un año atrás.
Saludos
Buenas tardes! Les agradecería si me ayudan a consultar en que estado se encuentran estos expedientes a ver si algúno esta ya para solicitar prescripción o aún están vigentes. Si pudieran enviarme los expedientes y la respuesta a mi correo les agradezco:
09-014719-1044c
10-013536-1012c
10-003558-0346ci
10-019213-1012 cj
09-017207-1044cj
09-015501-1044cj
Estimada Mary,
La información se le enviara a tu correo personal.
Saludos
Buenas tardes
Me llego una notificación de embargo de salario a mi trabajo, yo tengo una pensión de 98,000.00, mi salario esta entre 635,000.00 y 650,000.00, también tengo otra obligación de la cual ayudo de forma voluntaria para no tener otra pensión, por un monto de 60,000.00.
Mi pregunta es en este caso cuanto me tienen que rebajar?
Las suma de la pensión se toma como inembargable?
Estimado Luis,
Solamente si las pensiones son rebajadas desde planilla por embargo se toman en cuenta, de lo contrario se tomaría el salario bruto para el calculo de embargo por deuda, en tu caso según el art 172 de código de trabajo serian unos 45 mil colones por mes.
Saludos
hola,
tengo una casa junto con mis hermanos, son duena de un %, pero esta en usufructo de mi madre, el % me lo pueden embargar? por diversas razones no he podido pagar hace 3 meses una tarjeta de credito,
Gracias
Estimada Liz,
Seria mejor que donaras to % de la propiedad a alguien de confianza, ya que todo lo que este a tu nombre es embargable, aunque no sea lo puedan usar hasta la muerte de tu madre.
Saludos
Buendos dias
Pueden enviarme el nùmero de su oficina, para poder contratar sus servicios
gracias
Estimado Billy,
Con gusto se lo enviaremos a su correo personal, que tipo de tramite necesitas?
Saludos
mi correo es xxx necesito para que me manden por favor un numero para contactar sus servicios gracias.
Estimado,
Se le envió la información a su correo electrónico.
Saludos
Hola Buenas tardes
tengo un salario de 600.000.00 y ya tengo un embargo por el que pago 40,186.00, es posible que me llegue un nuevo embargo ya que tengo una deuda en la que me atrase en varios pagos y por mas que quise realizar un arreglo el monto que me pide el banco es mucho y no lo tengo, quisiera saber si es posible que se me debe rebajar el nuevo embargo y ya teniendo uno como lo podria calcular. muchas gracias
Estimada Mari,
Al ya estar embargado lo máximo posible de tu salario, el segundo embargo no puede ser hecho, y tiene que esperar hasta que el primero sea pagado por completo.
Saludos
Buena Tarde, actualmente tengo varias deudas acuuladas por culpa de la mala cabeza de mi juventud, entre ellas servimas, instacredit y coopealianza. La de coopealianza esta el salario de mi padre embargado, y el se pensiono, aun le pueden seguir cobrando? servimas e instacredit no se nada, lo unico que se de ellos es que me tienen el credito manchado, como puedo saber si puedo solicitar la prescripcion. de una o todas las deudas y si eso me limpia mi credito.
Actualmente gano 302000 colones, llego a mi trabajo un embargo x pension cuanto me pueden rebajar por concepto de esa deuda, ya que si me rebajan el 50% no puedo mantener mis gastos basicos ya que ademas de eso la pension esta en 80 000 colones osea si de mi salario liquido 276 mil colones me rebajan la mitad por mes entonces quedaria en 218 mil por mes(pension mas embargo), quedandome 58 mil colones x mes para alquiler, comida y transporte. que hago xq jamas con ese monto podria subsistir.
Quedo a la espera de su respuesta urgente a mi correo Gracias
Estimado Harold,
De conformidad con lo resuelto por el Consejo Superior en sesión número 97-95 celebrada el 7 de diciembre de 1995, artículo LI, reiterado en sesión número 27-01, celebrada el 3 de abril de 2001, artículo XXIX, y publicada mediante Boletín Judicial número 94 del 17 de mayo de 2001, se advierte que los montos correspondientes al depósito pensiones, quedan exonerados de embargo.
Puedes llamar al 800-800-3000 y con tu cédula te pueden dar el numero de expediente, y habría que ver si han pasado 4 años del ultimo pago o sentencia de juez, para pedir la prescripción.
Si te rebajan la pensión de 80 mil de planilla, entonces se tomaría como referencia 222 mil para el calculo del embargo por deuda, y al ser menor al salario mínimo, seria inembargable, de lo contrario si no hay rebajo de planilla se haría el calculo sobre los 302 mil colones, que seria un aproximado de 8 mil mensuales como máximo a embargar por deuda.
Saludos
Creo que no me di a entender, disculpa, de nuevo. Actualmente mi expareja me exige por medio de una hoja de un juez que llego hoy cancelar 210 mil colones por concepto de 1 mes de pension Aguinaldo y 50 de salario escolar, cuanto deberia rebajarme, porque ademas debo cancelar 80 mil correspondiente a este mes o sea marzo! El dia quince! Me preocupa porque por quincena gano 132 mil. Esos 210 mil colones que ella me exigen como los puede manejar mi patrono?
Me preocupa porque solo de alquiler pago 135 mil al mes, ya que vivo lejos yo vivo en la GAM y ella en la zona sur. Y claro es imposible para mi ir hasta alla solo para revisar eso. Ademas, yo le estaba depositando a la cuenta directa de ella, porque queria que mi hijo recibiera ese dinero mas rapido, sin embargo hace quince dias me mando apremio por otro monto, entonces no entiendo que puedo hacer, ella juega mucho con las leyes o el juez le hace mucho caso.
Que puedo hacer. espero haberme explicado mejor, si no es asi, denme un correo para enviarles la nota que ella envio a mi patrono hoy, ya que aqui en el pais no trabajan los de planillas eso es en el Salvador, por lo que desconocen completamente las leyes sobre eso aca.
Gracias por su pronta respuesta
Estimado Harold,
El art 172 del código de trabajo estipula que en caso de pensión alimentaria, se puede hacer un embargo de hasta el 50% del salario, así que no podrían embargarte mas de ese monto. Ve al juzgado y presenta los recibos de los depósitos que le hiciste, y demuestra que ya habías pagado. NO SE DEBEN HACER DEPÓSITOS PERSONALES, porque si ya existe un proceso de pensiones, entonces debes seguir las instrucciones del juez y hacer los depósitos judiciales, sino en cualquier momento te pueden dar apremio corporal.
Saludos
Saludos
Buenas tardes
podrian asesorarme con estos dos expediente 13-0207005-1012-CJ y 12018791-1170-CJ
Gracias
Estimada Mari,
En el exp 12-018791-1170-CJ, parece que ud ya fue notificada el 27 de junio del 2013, y ellos han estado haciendo las liquidaciones de los intereses, así que no hay mucho que se pueda hacer, el exp 13-0207005-1012-cj no existe, talvez le dieron el numero equivocado.
Saludos
el # correcto del otro expediente es 13-020705-1012- CJ en este aun no me han notificado, en este caso puedo presentarme en el juzgado y darme por notificada para empezar con el proceso o debo esperar a que ellos notifiquen
en el caso del expediente no me han notificado
Buenos dias,
Quisiera ver si me pueden ayudar, tengo que sacar el calculo de dos embargos para una persona que gana 620,000. El primer embargo es por 1 200 000, y le llego un segundo embargo por 6,000.000. Cual seria el monto a cancelar por esos dos embargos?
Se los agradezco muchisimo.
Estimada Linda,
Según el art 172 del código de trabajo el máximo a embargar en un salario de 620 mil colones serian 43990 colones por mes, en este caso no se podrían efectuar mas embargos que eso ya que el primer embargo ya consume lo máximo embargable, así que el segundo embargo debe esperar hasta que el primero sea cancelado.
Saludos
Tengo una duda sobre el embargo de salario por pension alimentaria, tengo entendido que solo pueden rebajar un 50% del salario de la persona. En caso que el hombre trabaje, gane solo 250.000 colones y tenga tres demandas de pensión alimentaria diferentes, cuál de éstas tiene prioridad? La que notifique primero al patrón y solicite el rebajo autómatico de su salario por dicho concepto? O ese 50% se va dividiendo entre los tres hijos, conforme lleguen las notificaciones de embargo a la empresa. gracias y espero su respuesta.
Estimada Karla,
Primero en tiempo primero en derecho, así que el que llegue primero tiene proriedad, y lo máximo a embargar es el 50% de su salario, pero eso no lo exonera a que le apliquen apremio corporal por falta de pago de alguna de las pensiones.
Saludos
Hola en el caso de tener un salirio de 290 mil y pagar pensión por 135, existe la posibilidad de que una entidad bancaria pueda aplicar un embargo por una deuda que tiene mas de 6 años de existir y no fue notificada hasta el día de hoy?
Estimada Nara,
Si no fue notificada y no tiene movimientos en los últimos 3 meses puedes pedir la deserción de la misma, y así olvidarte librarte de ella, igual si la pensión se la rebajan de planilla, tu salario seria menor al salario mínimo por lo cual seria inembargable por deuda.
Saludos
Gracias por su respuesta, como te comentaba la deuda tenia mas de 6 años sin ser notificada hasta la semana pasada que llamaron a mi trabajo y la pensión no es rebajada de planilla. En este caso que medidas puedo tomar yo para la deserción de la deuda. O si fuera el caso cuanto es lo maximo que ellos pueden embargar?. Lo que pasa es que no quiero que el embargo me vaya a perjudicar en mi trabajo.
hola… deseo saber si a la hora que me apliquen un embargo mi salario queda congelado o simplemente me aplican el rebajo y sigo utilizando mi salario restante… gracias
POR FAVOR NECESITO UNA RESPUESTA GRACIAS….
Estimada Johanna,
claro con mucho gusto, estamos trabajando en responder todas las preguntas en el mismo orden que son recibidas.
Saludos
Estimada Johanna,
El embargo de salario se lo envían a tu patrono para que el haga el rebajo antes de hacer el deposito de tu salario, sobre las cuentas si son de planilla de conformidad con lo resuelto por el Consejo Superior en sesión número 97-95 celebrada el 7 de diciembre de 1995, artículo LI, reiterado en sesión número 27-01, celebrada el 3 de abril de 2001, artículo XXIX, y publicada mediante Boletín Judicial número 94 del 17 de mayo de 2001, se advierte que los montos correspondientes al depósito de salarios, pensiones, aguinaldo y pensiones alimentarias, quedan exonerados de embargo. Tratándose de salario, también quedan exonerados en la proporción que establece el numeral 172 del Código de Trabajo, pero es mejor pasarse al banco popular a que es completamente inembargable por ser el bando de los trabajadores, y evitar que por algún error vayan a embargar tu cuenta de planilla y luego pases muchos meses en un proceso con el juzgado demostrando que era tu salario y pidiendo que te lo devuelvan…
Saludos
Buenas tardes.
Tengo una cta en BN yo la negocie con otra persona. A el le tocaba hacer los pagos. Hoy llego una notificacion deembargo a mi trabajo. Yo no estaba notificado del proceso..
Mi salario es de 538000 cuanto seria lo que me van a embargar
Gracias
Estimado David,
Según el art 172 del código de trabajo el máximo a embargar en tu caso serian un aproximado de 35 mil por mes.
Saludos
Y habrá alguna forma de quitarme el embargo, ya que el saldo de la deuda eran 600000 y el embargo me salió por 1710000, lo que me preocupa es que no fui notificado del proceso, si me hubieran motivador yo me hubiera puesto al día, hay alguna forma de que yo pague sólo los 600 mil
Estimado David,
Puedes contactar a tu acreedor y tratar de hacer algún arreglo de pago, el problema es que cuando se envía a cobro judicial, se cobran todos los gastos del proceso mas intereses.
Saludos
Me pueden despedir por haberme llegado notificacion del embargo o del embargo como tal… es legal… o se puede pelear judicialmente posterior al despido. Agradezco la aclaratoria.
Estimado Alejandro,
Tener deudas no es un delito, ni tampoco es causal de despido, así que si te despiden tienen que hacerlo con responsabilidad patronal.
Saludos
Buenos días mi consulta es la siguiente hace un tiempo adquirí unas tarjetas de crédito con city bank en esas tarjetas ellos me prestaron 1100 dólares yo pagué 2400 dólares y ahora me están cobrando 1100 dólares nuevamente es legal este cobro y si es así cuanto me puede embargar en mi salario yo gano 320 mil colones por mes saludos y gracias
Estimado,
Si ya tu habías pagado esa deuda, puedes responder la demanda oponiendo la excepción de falta de derecho, y presentando los comprobantes del pago que ya habías hecho.
Saludos
Gracias por su contratación son de mucha ayuda. Los detalles de pago fueron poco a poco aun aun aplica esa es mi pregunta y bueno ellos aun no han presentado una denuncia pero me han dicho que van a presentarla si no les pago el monto que dicen ellos
hola una preg.. las entidades no tienen un tiempo maximo para iniciar procesos judiciales por deuda? porque he escuchado casos de personas que les llegan embargos por deudas de hace muchos años hasta de 10años he escuchado, porque sucede esto? si por ejem tengo una deuda de hace mas de 4 años y todavia no existe ningun expediente en el juzgado es valido pedir prescripcion?
Estimada Gaby,
Las deudas prescriben en principio en 4 años del ultimo pago o de ultima sentencia de juez, pero la prescripción no es de oficio, sino que a petición de parte, así que aunque la deuda tenga mas de 4 años si el demandado no se opone se le va a dar curso normal al cobro.
En esos casos si ya han pasado los 4 años es cuestión de responder la demanda pidiendo la prescripción de la misma.
Saludos
aunque no exista demanda o expediente en el juzgado a oos 4años puedo pedir prescripcion?
Estimada Gaby,
La prescripción se pide ante el juzgado cuando el acreedor manda a cobro judicial la cuenta, de lo contrario no afectaría en nada ya que es una deuda olvidada, y si en el futuro la envían a cobro judicial solo seria cosa de pedir la prescripción ahí!
Saludos
Buenos dias, quisiera saber que se hace en el siguiente caso…mi salario bruto es de 252000, tengo un primer embargo….como se calcula o cual es el monto para un segundo embargo??
Estimada Tati,
El segundo embargo solo se puede hacer si el monto embargable de su salario es suficiente para pagar ambos embargos a la ves, lo cual muy pocas veces lo es, ya que el 99% de los casos el primer embargo ya consume todo el monto embargable. en este caso si los 2200 colones es suficiente para pagar ambos embargos a la ves se haría, de lo contrario el segundo debe esperar.
Saludos
Buenas tardes!
Disculpe la molestia. Quisiera hacerle una pregunta, he recibido una llamada departe de un Buffete Fernández y Asociados por parte de Credomatic con quien tengo una cuenta que por distintos motivos no he podido pagar porque aparte de todo no me hacen un arrreglo normal, me piden montos altísimos, en la llamada literalmente me amenazaron de que me van a embargar el salario y las cuentas. Le indiqué que mi única cuenta es donde me depositan el salario y que como me van a embargar el salario y la cuenta de salario a lo que la mujer me respondió literalmente, eso no importa le voy a embargar el salario y las cuentas aunque sea de salario si no sabe de lo que está hablando asesorese.
De hecho acaban de llamar a la oficina para pedir la dirección de la misma para solicitar al juzgado el embargo.
Es por eso que consulto si ellos pueden hacer esto y si ellos lo solicitan hoy o mañana será posible que me bloqueen las cuentas para el 31 de marzo?
Gracias por su atención
Estimada Mary,
El tiempo que dura el juzgado en dictar el decreto de embargo dependerá de la cantidad de trabajo que tenga el juzgado en ese momento, puede durar varias semanas, o incluso meses.
Sobre las cuentas si son de planilla de conformidad con lo resuelto por el Consejo Superior en sesión número 97-95 celebrada el 7 de diciembre de 1995, artículo LI, reiterado en sesión número 27-01, celebrada el 3 de abril de 2001, artículo XXIX, y publicada mediante Boletín Judicial número 94 del 17 de mayo de 2001, se advierte que los montos correspondientes al depósito de salarios, pensiones, aguinaldo y pensiones alimentarias, quedan exonerados de embargo. Tratándose de salario, también quedan exonerados en la proporción que establece el numeral 172 del Código de Trabajo, pero es mejor pasarse al banco popular a que es completamente inembargable por ser el bando de los trabajadores, y evitar que por algún error vayan a embargar tu cuenta de planilla y luego pases muchos meses en un proceso con el juzgado demostrando que era tu salario y pidiendo que te lo devuelvan…
Saludos
Mi expediente es 09-0024331044CJ por si me hacen el gran favor de revisar cómo está el mismo.
Gracias
Buenas tardes, Tengo un salario de 2,380,000 colones y una pensión alimenticia de 800,000 colones. Por una cuestión de enfermedad familiar tuve que dejar de pagar unas cuentas y me llegó un embargo de salario. Por favor, quisiera saber cuánto es el monto a embargar y que pasaría si llegara un segundo embargo. Muchas gracias.
Estimado Sergio,
Según el art 172 del código de trabajo el máximo a embargar de tu salario seria un aproximado de 352100 colones, y solo se puede hacer un segundo embargo si ese monto es suficiente para pagar ambos embargos al mismo tiempo, de lo contrario el segundo debe esperar hasta que el primero sea pagado.
Saludos
Muchas gracias por la respuesta. Necesito saber el monto a embargar rebajando la pensión alimenticia. Gracias nuevamente.
Estimado Sergio,
Seria un aproximado de 201 mil colones, si la pensión es rebajada directamente de planilla, puedes ver los pasos para hacer el calculo paso a paso en la pagina del ministerio de trabajo http://www.mtss.go.cr/preguntas-frecuentes/salario-minimo.html?pid=58&sid=386:Cmo-se-calcula-un-embargo-salarial
Saludos
Buenas gano 730.496 bruto mensual, me quieren embargar la gente de credomatic pues estoy atrasado en una cuenta que tengo con ellos, cuanto seria el monto que me pueden rebajar???
Estimado Jeremy,
Según el art 172 del código de trabajo un aproximado de 57 mil colones por mes.
Saludos
Disculpe amigo, es que ellos me dicen que el monto lo determina el juez y que puede ser un 40% de mi salario.
Estimado Jeremy,
Los casos en donde lo determina un juez seria en pensiones alimentarias, que en realidad puede ser hasta un 50%, pero si es por deuda, se hace conforme lo establecido en el art 172 del código de trabajo, el ministerio de trabajo lo explica paso a paso como hacer el calculo, en esta pagina, http://www.mtss.go.cr/preguntas-frecuentes/salario-minimo.html?pid=58&sid=386:Cmo-se-calcula-un-embargo-salarial
Saludos
Disculpe, a que numero de teléfono puedo conversar con usted???
Estimado Jeremy,
El servicio a la comunidad gratuito es a través de este foro, ya si quiere ser atendido personalmente o via telefónica se aplicaría el decreto de honorarios del colegio de abogados, si esta interesado nos puedes enviar tu email y con gusto te enviamos la información.
Saludos
Buenas Tardes
Me pueden ayudar con mi consulta, tenia un prestamo por 300.000 en Beto le presta y tenia aprox un año de pagar, me salio un dinero y queria cancelarlo cuando llame para que me dieran el monto me dijeron 360 osea el año que pague nunca lo rebajaron, entonces deje de pagar ahora me llaman porque dicen que me van a embargar.. no se si pueden hacerlo porque la señora me dice que me da un mes para pagar 430.000 si no me ambarga y que los intereses de ellos van por 2.000.000… si me pueden ayudar con mi consulta les agradezco mucho.
Estimado,
El caso de beto le presta es que de desembolso le cobran un 15% del monto prestado, y después los intereses mensuales con casi de un 5%, y si dejas de pagar los moratorios son aun mas altos, entonces al cabo de 1 año una deuda ha generado muchos intereses, y el caso es que si lo envían a cobro judicial entonces le meten los costos procesales y personales de abogado, es por eso que puede llegar a 2 millones, aquí si esta dentro de su capacidad pagar el arreglo de 430 mil que le están dando, seria mejor hacerlo y olvidarse de eso, de otra forma, ahora bien, si del todo no puede pagar y lo envían a cobro judicial, asegúrese de contestar la demanda, y pedir la prescripción de los intereses mayores a un año atrás, así le baja el monto.
Saludos
Buenas noches, Mi salario neto es de 1,127,804 colones. Por favor, quisiera saber cuanto es el monto a embargar y que pasaría si llegara un segundo embargo de salario. Gracias
Estimado Sergio,
Según el art 172 del código de trabajo, el máximo aproximado a embargar serian 116 mil colones por mes, y solo se podría hacer un segundo embargo si ese monto es suficiente para cubrir ambos embargas a la ves.
Saludos
Buenas.. quisiera me brinden su ayuda. Tengo una deuda con una tarjeta de crédito citi. Creo tener aproximadamente 2 años de no poder pagar la deuda. Recientemente empecé a trabajar y para evitar embargos he querido comunicarme con el dpto de cobro judicial de esa entidad para hacer un arreglo de pago sin embargo no contestan nunca. Qué me recomiendan? Cuanto tiempo puede pasar para q ejecuten algún embargo? La notificación Cómo se realiza? Pueden hacerlo en el lugar de trabajo? Gracias.
Gracias.
Con gusto!
Estimada Paula,
Deberías llamar al 800-800-3000 del poder judicial y con tu numero de cédula te pueden decir si existe algún expediente de cobro contra ti, y si aun no existe, ellos tendrían que comenzar por demandarte y luego pedir el embargo, ese proceso puede durara varios meses dependiendo cuanto trabajo tenga el juzgado que lo tramite.
La notificación del expediente se hace usualmente en la casa de habitación, o también la pueden hacer en el trabajo, pero si la hacen en el trabajo tiene que ser personal.
Saludos
Mi pregunta es q mi salario mensual es de 161000 mil menos 9.17 de la caja este salario es por medio tiempo laborado. Es embargable?
Estimado Alexis,
Por ley al ser tu salario menor al salario mínimo seria inembargable por deudas.
Saludos
Hola, mi caso es el siguiente, tengo una salario de 395.000 y me rebajan una pension alimenticia por ¢150 000 la cual me la rebajan por planilla, me pueden embargar el salario.
Estimado Bryan,
En tu caso se haría el calculo de embargo por deuda después de rebajar el monto de la pensión, osea sobre el remanente de 245 mil colones, y sobre ese monto el máximo embargable por mes serian como 2 mil colones.
Saludos
Hola, viendo su respuesta me queda una duda ese monto es el salio bruto que yo gano, pero segun ustedes a ese monto tengo que rebajarle las cargas sociales CCSS, lo que me queda es un salario neto de ¢358.778.50, si a ese monto le rebajo la pensión me queda un monto de ¢208.778. Mi pregunta es ¿a ese monto que me queda me le pueden aplicar algun monto de embargo????.
Gracias por la ayuda.
Estimado Bryan,
Solo se puede embargar por deuda si el salario que queda remanente es mayor al salario mínimo, de lo contrario seria inembargable por ley.
Saludos
En el 2010 tuve una deuda que nunca pague en importadora monge que era de 700 mil y actualmente nunca me han notificado ni embargado el sueldo. Yo ganó 265 000 en la orden patronal, y en marzo del 2014 mi papa murió y dejo a mis hermanos y a mi un derecho de la finca a cada uno, y a mi mama la dejo con el usufructo!!! La pregunta es la siguiente!!! Me pueden embargar el derecho que me dejaron y quitarle la finca a mí mamá o primero me tienen que embargar el salario y notificarme, gracias
Estimada Paula,
Seria mejor que le pases ha nombre de alguien de confianza tu derecho, ya que si te pueden embargar, aun cuando no te hayan notificado aun.
Saludos
hola.. tengo una deuda con una tarjeta de crédito y en este momento no la puedo pagar, tengo 4 cuotas de atraso y me están haciendo un cobro judicial.. trabajo para el mep y me pagan en el banco popular.. pueden realizarme un embargo a mi salario? xk dicen k es a mi patrono? No tengo nada a mi nombre pero figuro en una sociedad anónima con un 50% ´pueden embargarla?? ya que tiene una propiedad y otros bienes?? Llaman a la casa de mi mamá todo el tiempo y la amenazan con el cobro, pero es una deuda personal.. k puedo hacer??
Estimada Adriana,
Es correcto el embargo de salario se lo envían al patrono para que haga el rebajo del salario antes del deposito del mismo en tu cuenta bancaria, en cuanto a la sociedad anónima, si ellos logran darse cuenta que tienes acciones podrían pedir al juez que decrete el embargo de las mismas, pero igual perseguirlas es algo difícil ya que en las sociedades anónimas las acciones pueden ser endosadas y cederse en cualquier momento y el libro de accionistas lo tiene el secretario de la misma sociedad, osea no es información publica. Pero igual si quieres estar 100% segura que no te las van a querer embargar puedes cederlas a alguna persona de confianza.
Si llaman mucho a tu mama e puede ver como acoso telefónico, puedes comenzar a grabar las llamadas diciéndole a la persona que te que esta llamando que lo va a grabar. Ya muchas personas han acudido a la misma sala constitucional y les han dado la razón.
Saludos
buenas mi salario es de 412.000 mensual cuanto seria lo que me embargarían?
Estimado Vladimir,
Según el art 172 del código de trabajo el máximo aproximado a embargar serian 21 mil colones por mes.
Saludos
gracias, otra consulta, yo estoy en proceso de divorcio y por acuerdo yo pagare 210 mil por pensión. aun asi tendria que pagar?
Estimado Vladimir,
Si el acuerdo fue hecho antes de la disolución del matrimonio entonces si ya que hay un vinculo al momento del acuerdo.
Saludos
el # correcto del otro expediente es 13-020705-1012- CJ en este aun no me han notificado, en este caso puedo presentarme en el juzgado y darme por notificada para empezar con el proceso o debo esperar a que ellos notifiquen
Estimada Mari,
Eso dependería cual es su expectativa, porque si lo que desea es que la prescripción comiese a correr de nuevo, se necesita que usted este notificada.
Saludos
Buenas tardes, el día viernes llego a mi trabajo una notificación de embargo de salarial, la cual no recibí yo personalmente (segun tengo entendido debe ser personal) , no se indica quien es el que embarga solo dice, Gestionadora de Credito SJ, tampoco indica con que frecuencia ahi que hacer el pago, si quincenal o mensual, el numero de exp: 14-002808-1170-cjsa, la consulta mia es que recibi la llamada de otro banco para cobrarme y me indico que un outsourcing no puede hacer un embargo y entonces de donde me estan embargando, muchas gracias por su ayuda.
Estimado Daniel,
La información se le envió a su correo personal.
Saludos
hola soy Maria hace 8años trabajaba para una empresa sali de ella deje una cuenta bastante grande con coopemex sin pagar ahora trabajo en otro lugar y en banco popular asumió el cobro de las cuentas de coopemex cuando esta empresa quebró , ahora a mi me depositan mi salario en ese banco ellos me pueden congelar mi salario para poder cobrarse lo que yo quede debiendo tiempo atrás y dejarme sin absolutamente nada, por que para colmo de males también tengo una fianza que tampoco se pago .
Estimada Maria,
El banco popular por ley esta facultado para poder hacer rebajos automáticos, aquí mas bien si hace tanto tiempo de eso, lo mejor es que si estabas notificada pidas en el juzgado la prescripción de la cuenta, o si no estabas notificada entonces pedir la deserción del proceso en caso de que no haya movimientos en los últimos 3 meses, si gustas nos puedes mandar el numero de expediente y con gusto te lo revisamos, puedes llamar al 800-800-3000 del poder judicial, y con tu numero de cédula ellos pueden darte el numero de expediente en caso que no lo sepas.
Saludos
Buenas dias Les agradecería si me ayudan a consultar en que estado se encuentran estos expedientes a ver si algúno esta ya para solicitar prescripción o aún están vigentes. Si pudieran enviarme los expedientes y la respuesta a mi correo les agradezco:11-000560-1170-CJ-6
09-005155-0307-CI-1
Estimado Gerardo,
Se le enviaron los resultados.
Saludos
disculpen la molestia quiero hacer otra consulta,quisiera saber si las llamadas telefónicas de cobradoras son efectivas, ya que según ellos me notificaron de un procedo en contra mía y que ya lo iban a pasar a cobro judicial pueden hacer eso si ya tengo dos en mi contra y mi liquidez no pasa los 200.000 colones. muchas gracias y bendiciones
Estimado Gerardo,
La notificación oficial que cuenta, es la que es hecha por el juzgado que este llevando el proceso.
Saludos
Buenas tardes. primero los felicito por la ayuda que nos brindan, segundo quisiera saber que pasa con los cobros judiciales que ya fueron notificados, en algún momento pre-escriben o para siempre tendré los cobros judiciales que me notificaron, muchas gracias
Estimado Andrey,
Por ley las deudas prescriben 4 años después del ultimo pago, o ultima sentencia de juez en caso de que te hayan enviado a cobro judicial y estés debidamente notificado.
Recuerda que la prescripción no es de oficio sino que a petición de parte, así que cuando se cumplan los requisitos debes pedirla.
Saludos
Buenas tardes, si gano 510.000.00 por mes, y tengo una pensión alimenticia por 300.000.00 pero esta yo la pago depositandola, no me la rebajan de planilla, cuanto me pueden embargar?
Estimado Andrey,
Al ser tu salario menor al salario mínimo después del rebajo de la pensión alimentaria lo hace inembargable.
Saludos
Hola. Mi nombre es Ivannia. Tengo un salario de 1,300,000 colones brutos y de 250,000 líquidos (me rebajan varios préstamos personales de una asociación) . Actualmente tengo una deuda con el banco citi que no he podido asumir pues abruptamente me subió la cuota mensual de 200,000 a 450,000 y luego el otro mes me llego de 600,000. Me es imposible asumirla.
Mi duda es, cuanto monto me pueden embargar??
Me han aconsejado que mi madre me interponga pensión alimentaria para que me ayude con que me rebajen un poco menos del salario? Es esto cierto?
Cuanto tiempo duraría el banco en embargarme el salario?
Gracias
Estimada Ivannia,
Según el art 172 del código de trabajo en tu caso el máximo aproximado a embargar seria 148 mil colones por mes, en el caso de que te pongan pensión el calculo de embargo por deuda se haría después del rebajo por pensión.
El tiempo que dure el banco depende del juzgado que lleve el proceso, ya que algunos tienen mucho trabajo y pueden durar de semanas a meses.
Saludos
Buenas tardes, el día de hoy recibí una llamada de Gestionadora de Crédito diciéndome que iban a continuar con el proceso de embargo judicial , mi pregunta es si pueden hacerlo por teléfono o tienen que notificarme por escrito y si la misma empresa me puede embargar dos veces.,muchas gracias espero pronta respuesta a mi correo
Estimado Gerardo,
La notificación oficial es la del juzgado, y solo se podría hacer un segundo embargo si el monto embargable del salario es suficiente para pagar ambos embargos a la misma ves.
Saludos
Tengo una notificacion y me dieron 15 dias para denegarla la recibi el 13 marzo 2014 principal son cinco millones trescientos setenta y ocho mil mas dos millones ciento sesenta y res mil de intereses moratorios hasta diciembre 2010, cuanto seria embargo si lo llegan aplicar mi salario asciende a cuatrocientos ocho mil quinientos la razon de no pago fue que estuve siete meses de trabajo, ahora tengo cuatro años de trabajar pero no me alcanza para hacerle frente a la deuda ya que pago alquiler de doscientos mil mensuales mas gastos de la casa tengo hijos de colegio y universidad que tendria que hacer en este caso. gracias espero respuesta cuanto seria lo embargable si llega a aplicarse
Estimado,
El máximo a embargar en tu salario seria un aproximado de 20 mil colones por mes.
Saludos
Yo tengo dos trabajos desde el 2008. Lamentablemente en el 2010 me embargaron el salario en una de las empresas y no en la otra. Hoy recibi una notificacion del segundo trabajo que tambien me van a embargar ahi el salario. Es esto posible, despues de tanto tiempo solo ser embargado de uno de los trabajos???
Estimado Edu,
El acreedor puede pedir el embargo de los salarios que tenga el deudor, y el patrono tiene el deber de efectuar los rebajos mientras el salario no sea menor al salario mínimo. El acreedor puede que hasta ahora se haya dado cuenta que tenias un segundo trabajo, y por eso es que hasta ahora lo pidió.
Saludos
Yo tengo dos trabajos desde el 2008. Lamentablemente en el 2010 me embargaron el salario en una de las empresas y no en la otra. Hoy recibi una notificacion del segundo trabajo que tambien me van a embargar ahi el salario. Es esto posible, despues de tanto tiempo solo ser embargado de uno de los trabajos???
Tengo una hija que aunque no tenga pension si le doy todos los gastos y me temo que ahora con el embargo en los dos salarios no pueda asumir los costos que responsablemente he asumido con mi hija al dia de hoy.
Cual seria le mejor forma de proceder.
Estimado Edu,
El acreedor puede pedir el embargo de los salarios que tenga el deudor, y el patrono tiene el deber de efectuar los rebajos mientras el salario no sea menor al salario mínimo. El acreedor puede que hasta ahora se haya dado cuenta que tenias un segundo trabajo, y por eso es que hasta ahora lo pidió.
En tu casi si gustas puedes pedirle a tu hija que te ponga pensión alimentaria, y cuando llegue el embargo de pensión alimentaria, el mismo iría de primero y el embargo por deuda se haría solo si el salario es aun mayor al salario mínimo de lo contrario no se podría efectuar.
Saludos
Gracias por la informacion. Cual seria el proceso a seguir para darle pension a mi hija. Y las deducciones serian automaticas del salario o los tengo que depositar a un juzgado o directamente a la mama de mi hija????
Estimado Edu,
La madre de tu hija debe ir al juzgado de pensiones alimentarias, y pedir la pensión, y a la misma ves pedir el embargo de tu salario por pensión alimentaria, lo presenta a tu trabajo y eso desplazaría el embargo por deuda.
Saludos
y con el embargo al salario como funcionaria para que ella obtenga el dinero. El juzgado le deposita a ella o le asignan una cuenta donde le depositan a ella directamente. Te pregunto porque hace muchos años por ahi de 1995 teniamos pension de mi papa y a el le hacian la deduccion pero a veces pasaban hasta 2 meses para que el juzgado hiciera el cheque respectivo.
Estimado Edu,
Tu patrono hace el deposito judicial, y ella tiene que ir al BCR a hacer el retiro.
Saludos
Perdona el abuso pero en un salario de 850 mil. Cuanto seria el monto que puedan embargar?
Estimado Edu,
El máximo aproximado a embargar por mes por deuda serian 69 mil colones.
Saludos
Buenas tardes Les agradecería si me ayudan a consultar en que estado se encuentran estos expedientes Si pudieran enviarme la información de los expedientes y la respuesta a mi correo les agradezco:11-000560-1170-CJ-6
09-005155-0307-CI-1 , me los rebajan por planilla como me doy cuenta hasta cuando concluyen , para presentar la carta de descargo a la oficina de recursos humanos de mi trabajo , muchas gracias y bendiciones son ustedes una gran ayuda para los que no contamos con recursos para pagar un Abogado
Estimado Gerardo,
Aquí están los resultados
11-000560-1170-CJ Existe un embargo continuado, lo cual hace que todos los meses se reinicie la prescripción, pero parece que ya te han embargado mas de 650 mil, se le recomienda ir al juzgado a ver cuanto es el monto total de la deuda, ya que inicialmente eran CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SEIS COLONES EXACTOS, así que con los intereses puede que haya subido pero igual estas cerca de pagar todo el monto total.
09-005155-0307-CI-1 ultima sentencia de liquidación 06/08/2013, así que tienen que pasar otros 4 años desde esta fecha para que prescriba.
Saludos
Hola, gracias por su excelente servicio. a mi me embargaron en el 2013, le llego la nota del juez a recursos humanos, mas a mi nunca me notificarion, hasta hace una semana, mas de un año despues.. me queda la duda si hay algo en el proceso q no se hizo correctamente. nunca tuve la oportunidad de arreglar ni defenderme.
este es mi expediente. 12 – 012186 – 1164 – CJ podrian por favor revisarlo?
Gracias de nuevo
Estimado Carlos,
A partir del momento de la notificación usted tiene 15 días para defenderse, aquí mas bien lo que tenias que haber hecho después del tercer mes de que te estaban embargando era pedir el levantamiento de embargo por falta de notificación, pero ya en este momento al haberte notificado eso no se puede, algo interesante en este expediente es que veo que ya te han embargado mas del monto inicial de la deuda, así que seria bueno que vayas al juzgado y pidas que revisen eso y que te den el levantamiento del embargo por cuanto ya la deuda fue pagada.
te enviaremos los documentos a tu correo personal.
Saludos
Estimado Carlos,
Te estábamos enviando copia del expediente con detalles, pero parece que el correo que nos diste nos dice que es incorrecto, lo que me llama la atencion es que el embargo era por 1.758.820.37 y en este momento ya has pagado 2.450.514.04.
Seria bueno que vayas al juzgado y pidas el levantamiento del embargo por pago de la deuda.
Saludos
Gracias por la respuesta, el correo esta bien.. si pudiera enviarlo de nuevo.. creo q lo del asunto del pago es q cobran el 50% adicional, no es correcto? que hay con relacion al hecho de que nunca me notificaron? Muchas gracias.
Estimado Carlos,
Se lo volví a enviar, pero nuevamente lo reboto.
Saludos
Muchas gracias.. ya me fije y creo q habia un 1 de mas en el correo. podrias pasarlo de nuevo?
Otra cosa, una vez pagada toda la suma, se debe ir al juzgado a pedir el levantamiento, ose hace automaticamente? y eso lo puede hacer uno o un abogado debe enviar el escrito? Muchas gracias.
Estimado Carlos,
Lo primero seria que el juzgado le de el monto exacto, y si ya lo has pagado con los embargos, usualmente se hace un escrito pidiendo el levantamiento, el cual debe ir autenticado por un abogado.
Saludos
Buenos Dias; tengo un salario de 360000 colones mensuales. Me llego un embargo. Segun entiendo si yo agarro los 360000 colones mensuales y le rebajo las cargas sociales y el salario base me van quedando 94000 colones; eso se divide entre 8 y me da 11800 colones. Ese seria el monto del embargo que me van a rebajar??? Y quisiera saber si me llega un segundo embargo me rebajan de 11800 colones para este otro cobrador o como se calcula el segundo embargo???
Muchas Gracias
Estimado,
Según el art 172 del código de trabajo el máximo aproximado serian 14470 colones por mes, y solo se puede hacer un segundo embargo si ese monto es suficiente para pagar ambos embargos a la misma ves,(cosa que el 99% de los caso el primer embargo ya consumió todo lo legalmente embargable, así que el segundo embargo debe esperar hasta que el primero sea pagado)
Saludos
Hola, para calcular el embargo en mi trabajo tomaron los 360000 colones y le restaron el 9.17% y a eso le rebajaron 158000 colones que es el salario mensual de una empleada domestica. Según había entendido eran como doscientos mil colones el salario que me tenían que respetar y no 158000 colones.
Y otra pregunta si en este momento que ya me están rebajando las cuotas del embargo me llega una notificación de pensión alimentaria entonces me tienen que bajar la cuota o ya no se puede porque el evento sucedió después?
Estimado,
Si el calculo esta erróneo, puede hablar con tu jefe y ver que se haga el calculo correcto, o puedes enviar un escrito al juzgado que te este embargando demostrando tu salario, y diciendo que el calculo esta erróneo pidiendo la devolución de lo embargado demás.
La pensión alimentaria lleva prioridad sobre cualquier embargo por deuda, así que primero se pagara la pensión, y luego si tu salario lo permite (solo se puede si salario después de pagar la pensión sigue siendo mayor al salario mínimo) se haría el embargo por deuda.
Saludos
Hola mi pregunta es la siguiente, mi esposo tiene un embargo por mes, y ahora le hicieron otro, el gana menos de 400 mil al mes, eso se puede hacer, los patrones tuvieron q hacer un depósito de 40 mil cólones y no consultaron ni nada sólo lo hicieron eso se puede, teniendo ya un embargo pueden hacer otro, gracias espero me puedan ayudar
Estimada Yendry,
En este caso no procedería el segundo embargo porque ya el primer embargo que tiene le esta consumiendo lo legalmente embargable, así que en este caso puedes hacer dos cosas, hablar con el patrono que lea lo indicado en el art 172 del código de trabajo, y enviar una respuesta al juzgado diciendo que el segundo embargo no se puede efectuar en este momento ya que el empleado cuenta con un embargo previo, y lo segundo es ir al juzgado que pidió el segundo embargo y explicar llevando pruebas de que existe un embargo previo que el monto embargado es ilegal ya que legalmente no se podía embargar eso, y pedir que se le devuelva el dinero.
Saludos
Señores, necesito por favor contactarlos para un caso…
Me pueden contactar por favor lo antes posible
Jean Carlo Q
Slds
Estimado Jean,
Se le envió un correo a su email personal.
Saludos
Buenas Tardes, disculpe, quería consultar, ustedes me indicaron que según mi salario bruto me pueden embargar 57.000 colones mensuales, este monto es el máximo que se puede embargar de mi salario aun habiendo otra solicitud de embargo???, y la otra pregunta es que bienes le pueden embargar a uno??, electrodomésticos etc ???
Estimado Jeremy,
Solo se puede hacer segundo embargo si el monto embargable es suficiente para pagar ambos embargos a la misma ves, pero el 99.9% de los casos el primer embargo ya consume todo lo legalmente embargable, así que el segundo embargo debe esperar. También se puede embargar todo los bienes registrados a su nombre, y lo que no sea menaje de casa ( este tipo de embargo ya casi no se hace).
Saludos
Buenas tardes… Como averiguo quien embargó mi salario y como deberia ser notifcado de este embargo, pues no me ha llegado ningun documento? gracias
Estimado Paul,
Hay dos opciones, una es ver en el decreto de embargo quien es el que te esta embargando, y la otra seria llamar al 800-800-3000 y con tu numero de cédula pedir el numero de expediente.
Saludos
Buenas, mi salario es.de 450 000 colones mensuales me rebajan de planilla.directa 130 mil de pensión, cuanto podrían embargar en.ese caso, tengo problemas con una tarjeta de crédito…cuanto tiempo duraría el embargo y si tengo otro embargo esperando, digamos que ese embargo dura 6 años, las otras deudas caucan o pasarían a.embargo después de a ver terminado el primer embargo..gracias de antemano…
Estimado Diego,
En tu caso el maximo aproximado a embargar por deuda por mes seria de 9 mil colones mensuales tomando en consideración la pensión que tienes, y el embargo duraría hasta que se cancele el monto establecido a embargar, las demás deudas deben esperar hasta que la primera sea pagada en caso de que tu salario no permita un segundo embargo, y si pasan mas de 4 años puedes pedir la prescripción de las deudas que no tengan pagos en ese tiempo.
Saludos
Buenas tardes según lo que me enviaron de la Oficina de Personal de mi trabajo el expedientes:11-000560-1170-CJ-6 el decreto de embargo es de ¢ 1.026.084.76, con todo los intereses les agradecería me comunicaran cuanto me faltaría para terminarlo para acudir al juzgado a solicitar la liquidación para presentarla a mi Oficina de Personal y si el otro expediente 09-005155-0307-CI-1 ,que me informen si ya lo pague para poder apersonarme a solicitar la liquidacion ,los dos me los rebajan por planilla , muchas gracias y bendiciones son ustedes una gran ayuda para los que no contamos con recursos para pagar un Abogado
Estimado Gerardo,
Los montos exactos tendrías que ir al juzgado a pedirlos.
Saludos
Yo gano C850,000.00, cuanto es el embargo que me aplica para este salario.
Estimado Fede,
Sobre un salario de 850 mil colones lo máximo a embargar seria un aproximado de 69 mil colones mensuales.
Saludos
Adicional, tengo dos pensiones por un monto de 550,000.
Estimado Fede,
Si las pensiones se rebajan de planilla entonces el calculo para embargo por deuda se haría después del pago de las mismas.
Saludos
Buenas,
Licenciados, acogí varias deudas, luego compre casa, todas estaban al día, hice la inscripción de patrimonio familiar, luego al día de hoy ya no podre pagar las deudas ajenas a la vivienda que adquirí hace un año, mi consulta es, si las demandas de embargos están posteriores al patrimonio, esta no se podrá ver afectada, aunque aun así no es garantía de pago la vivienda, ya que el crédito por así decirlo esta viva en su totalidad….sera cierto que la vivienda no se podrá ver afectada si las demandas están posteriores al patrimonio?
Gracias y quedo en la espera de su respuesta.
Saludos cordiales.
Estimado Edgar,
Si la deuda se da después de la inscripción del patrimonio familiar, entonces no podrían embargarle la casa, ya que el patrimonio familiar lo ampara.
Saludos
Tengo un proceso monitorio en el cual primero hicieron un supuesto embargo de cuentas en los bancos y de un carro a nombre mio, ninguno se dio, desde el 25 de marzo del 2013 no hubo movimiento alguno y ahora entro un documento en mi expediente para embargo de salario supuestamente pero el 26-27 de marzo del 2014…como procederia. Aun no hay notificacion y el expediente dice inactivo?
Estimada Monit,
Tu acreedor puede pedir varios tipos de embargo a la misma ves, ya sea el de bienes, el de cuentas bancarias, y el de salario, habría que revisar el expediente para ver cual seria la mejor forma de actuar.
Saludos
Gracias, pregunta? pero si el de un carro y cuentas ya no se dio y paso un ano, como se procede? bueno y en el de cuentas pedían salario, pero no se dio ni hizo nada, como indique el expediente aparece inactivo. como podría ayudar a poder visualizar este asunto, le agradezco.
Estimada Monit,
Si han pasado mas de 3 meses sin que el actor inste al proceso, entonces podrías pedir la deserción con forme al código procesal civil, para que el juez lo tenga como nunca interpuesto.
Saludos
Tengo un embargo actualmente, el monto es 3492000. El acreedor dice que va a presentar intereses ahora el 2 de mayo y q seran como 1800000 mas. Estoy intentando hacer un arreglo con ellos, Es décir, pagarles la deuda, me estan diciendo que pague 3 millones y que la deuda queda cancelada y que me levantan el embargo, pero no quieren tomarme en cuenta los rebajos que ya se me hicieron, que son como 556000 colones. Mis preguntas son:
1- Es cierto que el acreedor puede seguirle sumando esa cantidad de intereses a la deuda cada 6 meses?
2- Si cancel la deuda, como hago para que el juzgado me devuelva mi dinero?
Estimada Karla,
1- Es correcto, el acreedor puede pedir la liquidación de los intereses mientras la deuda no haya sido cancelada, y la cantidad de intereses dependerá del pacto original de intereses moratorios.
2- Cuando le pagues la deuda a tu acreedor, te recomiendo que lo hagas por escrito, haciendo constar que el arreglo de pago se hizo y que el acreedor se da por satisfecho, y otra carta del abogado de tu acreedor pidiendo el archivo del expediente( así te aseguras que en realidad si va a cumplir).
Saludos
Hola, Buenas Tardes, tengo el salario embargado por el patrono sin embargo me acaban de embargar la cuenta del banco donde me depositan el salario, tengo entendido que si la cuenta es para el uso de deposito de salario del patrono no la pueden embargar? es esto cierto? tomando en cuenta que ya me estan aplicando el embargo al salario
Lei este comentario suyo en un post anterior. esto aplicaria a mi caso? que necesito hacer?
Cuando son cuentas de planilla, de conformidad con lo resuelto por el Consejo Superior en sesión número 97-95 celebrada el 7 de diciembre de 1995, artículo LI, reiterado en sesión número 27-01, celebrada el 3 de abril de 2001, artículo XXIX, y publicada mediante Boletín Judicial número 94 del 17 de mayo de 2001, se advierte que los montos correspondientes al depósito de salarios, pensiones, aguinaldo y pensiones alimentarias, quedan exonerados de embargo. Tratándose de salario, también quedan exonerados en la proporción que establece el numeral 172 del Código de Trabajo
Estimado Luis,
Si ya esta embargado, entonces tienes que ir al juzgado que te embargo, y probar que lo de tu cuenta era el deposito de tu salario, aportando las pruebas pertinentes, y pidiendo el reembolso del mismo, por cuanto es inembargable.
Saludos
Buenos días tengo le comento mi situación tengo el salario embargado desde hace un tiempo, hace no más de un mes me compre una motocicleta, coincidemente me llamaron de city que si no les pagaba una deuda me pasaban a cobro judicial, mi pregunta es que si city debe esperar a que pague el primer embargo, o pueden ejecutar de inmediato y tomar la motocicleta que vengo comprando, ayuda por favor, para ver que hago, mi salario es de 450000 brutos al mes gracias
Estimado,
Recuerda que tu acreedor tiene por ley la facultad de hacer varios tipos de embargos a la misma, ves, así que por un lado te pueden embargar la motocicleta, y por otro lado también pedir el embargo de tu salario( aunque el mismo tenga que esperar por cuanto hay otro embargo de por medio), aquí lo mejor seria pasar la moto a nombre de alguna persona de confianza para no arriesgarse.
Saludos
Hola. Tengo algunas cuentas que no he podido pagar.
Hace unos días embargaron mi cuenta bancaria, pues soy trabajador independiente y no poseo bienes. Puedo hacer algo para recuperar algún porcentaje del monto de la cuenta, que es mi salario y es lo único que tengo.
Por medio del banco me di cuenta de que existe el expediente 13-017887-1612-CJ pero no me han notificado al respecto.
Que puedo hacer?
Gracias.
Estimado Jose,
Podrías enviar un escrito al juzgado argumentando que lo embargado era tu salario ( lógico tienes que aportar pruebas de lo mismo) y decirles que según el art 172 solo podrían embargarte lo que por ley esta establecido, y pidiendo el reembolso de la diferencia.
Saludos
Gracias por su respuesta. Y con respecto al expediente, que debo hacer o que me aconsejan hacer. Gracias.
me quieren embargar el salario gano 264200 no se de cuanto seria el aproximado al mes y si me pueden quitar la prenda
Estimado Brandon,
Según el art 172 del código de trabajo, lo máximo embargable seria un aproximado de 4 mil colones mensuales, desafortunadamente las prendas las quita solo el juzgado a petición del acreedor o por petición del deudor en caso de que haya pagado la deuda.
Saludos
Buenas poseo dos dudas, la primera poseo una cuenta por una tarjeta de crédito del banco popular la cual no pude cancelar ya que me quede sin trabajo, por parte del banco no me han notificado personalmente, me di cuenta que esta en cobro judicial por la pagina del banco vía intenet, actualmente hace apenas 5 días empece a laborar para una empresa poseo un salario de 325000 bruto, en tal caso cuanto es el monto que me pueden embargar y en mi caso aplica la opción de prescripción ya que legalmente no me han notificado o informado del proceso, el último movimiento fue el mes de diciembre del 2013 me parece.
segundo mi mamá se encuentra actualmente con el salario embargado por una fianza, el salario de ella es de aproximadamente 1200000 por mes pero a ella de salario le están llegando únicamente 400 por quincena, como puede proceder mi mamá para solucionar su situación ya que por ese embargo no se están realizando los pagos de la hipoteca de la casa y el banco ya le esta amenazando con rematar la casa. Gracias por su ayuda
Estimada Annia,
En tu salario lo máximo embargable seria un aproximado de 11 colones por mes.
En cuanto a tu mama habría que estudiar el expediente de cobro que tiene en su contra, su gustas nos envías el numero de expediente y se lo podemos revisar.
saludos
me quiren embargar el salario gano 268400 y segun ellos me quieren embargar el 12% y quitarme la prenda no se que hago en este caso?
Estimado Brandon,
El porcentaje a embargar esta establecido por ley en el art 172 del código de trabajo, así que no es el 12%, sino lo que el código establece, en tu caso un aproximado de 4 mil colones por mes.
Saludos
Quisiera saber donde puedo pedir el historial crediticio, llamese sugef o donde corresponda exactamente. Y si tiene costo o llevar algún requisito específico.
Gracias
Estimado Alejandro,
Puedes ir personalmente a la SUGEF y ellos te dan ese dato, o sino también puedes adquirir una tarjeta de firma digital en la mayoría de los Bancos, y con eso puedes chequear tu historial de crédito en linea en la pagina de la SUGEF.
Saludos
Buenos días yo quisiera saber que debo hacer si me llego un embargo a mi trabajo pero ya tengo un embargo y me rebajan ¢ 7,189 mensuales yo gano 330 000 por mes, la deuda del nuevo embargo es de 2000 000, mi consulta es que debo hacer para que no me hagan ese segundo embargo.
muchísimas gracias
Estimado Alex,
Según el calculo del art 172 del código de trabajo el máximo a embargar en tu salario seria un aproximado de 11 por mes, así que eso seria lo máximo que te pueden embargar en totalidad, si te embargan mas de eso puedes hacer el reclamo al juzgado que este recibiendo el segundo embargo demostrando que existe ya un primer embargo que esta consumiendo lo máximo embargable.
Saludos
Muchas gracias, felicidades por su gran ayuda alas personas Dios les recompensará el doble
Saludos.
Estimados Abogados, Yo tengo un salario de C850,000.00 mensuales y pago de pensión C550,000.00. Cuanto es el monto máximo que me pueden rebajar con este salario y el rebajo de las pensiones.
Estimados Abogados, Yo tengo un salario de C850,000.00 mensuales y pago de pensión C550,000.00. Cuanto es el monto máximo que me pueden rebajar con este salario y el rebajo de las pensiones que tengo actualmente.
Buenas
Estimados abogados. Me consulta es la siguiente, yo tuve una tarjeta de credito de un banco hace ya mas de cuatro años, en mis records y ante la sugef, aparezco bien, pero una base de datos me aparece como pendiente, me dijeron que el saldo se lo dieron a otra compañia, el asunto es que yo cancele esa cuenta pero los comprobantes yo los deseche porque ya habia cancelado el saldo, agradezco su consejo.
Gracias
Daysi
Estimada Daysi,
Puedes ir donde tu acreedor original y tratar de pedir una copia del pago que habías hecho, muchos bancos guardan un histórico, también debes recordar que si te envían a cobro judicial y la deuda tiene mas de 4 años solo seria cosa de enviar un escrito pidiendo la prescripción de la misma.
Saludos
Hola quisiera q me ayudaran con este caso el expediente es 13-013848-1044-cj-2… muchas gracias… me urge por favor….
Estimada Johanna,
Claro, con gusto te enviamos la información a tu correo personal.
Saludos
Estimada Johanna,
Creo que pusiste mal tu correo electrónico, ya que nos reboto el correo con la información.
Saludos
Buenas tardes , actualmente tengo el Salario Embargado por una Operación de Un Banco , pero en Recursos Humanos aparece otra del Banco Popular , para esta ultima operación no tengo ninguna notificación personal , solo esta el documento en Recursos Humanos . Por quedarme sin trabajo en esas fechas no pude pagar la del banco popular y el ultimo pago fue el 2009 . Puedo pedir prescripcion de ese embargo que nunca me notificaron personalmente?
Ud dan asesoramiento personal , cuanto sería sus honorarios para revisar los casos personalmente.
Saludos
Estimado Luis,
Te escribimos a tu email personal.
Saludos
Tengo un salario de 480 000 mil colones, de los cuáles me rebajan por concepto de créditos la mayoría del salario, quedándome libre por mes 40 000 mil colones libres por mes, cuanto me pueden embargar del salario por este monto libre que me queda???????????
Estimado Julio,
Según el articulo 172 del código de trabajo, sobre tu salario el máximo aproximado a embargar es de 28 mil colones por mes.
Saludos
Hola estoy confundido y espero aclaren mi duda. Leyendo todos estos comentarios en una parte dicen que si se puede embargar un salarío y en otra parte leo que si tienes una cuenta en donde es única y exclusivamente para el depósito del salario no te pueden embargar, no entiendo? Un amigo que trabajo conmigo tiene una cuenta sólo para depósito de su salario y si se lo embargaron, y en otra parte leo que si te depositan el salario en el banco popular no te lo pueden embargar porque es el banco de los trabajadores? POR FAVOR me pueden explicar porque en unos comentarios todo se contradic.? A mi me depositan el salario por quincena en el b c r entnces si lo pueden embargar?????
Estimado Julio,
En realidad por ley, son inembargables, y solo se podría embargar la parte que por ley corresponde en el caso de los salarios, pero desafortunandamente los funcionarios del banco que reciben las notificaciones de embargo de cuentas bancarias, no son profesionales en derecho, y no saben diferenciar una cuenta de banco normal a una cuenta de planilla (o muchas veces no se complican, o no les interesa) así que de inmediato hacen el embargo de la misma, pero eso seria un embargo ilegal, ya que el salario tiene una protección especial, y es completamente apelable, solo es cosa de ir ante el juzgado que te haya embargado, y manifestar con prueba contundente que esa cuenta embargada es de planilla, y que el embargo hecho fue sobre todo tu salario, y pidiendo el reembolso del mismo, y el Juez al ser guardián de la legalidad, te va a devolver lo embargado erróneamente ( claro este proceso de devolución puede durar meses), esto no pasa en el Banco popular que es completamente inembargable para personas físicas, así que es buena idea pasarse al Banco popular y así no tener la preocupación que por error algún funcionario bancario vaya a aplicar un embargo sobre tu cuenta de planilla ( Cuando el empleador solo deposita en un banco especifico, lo que mucha gente hace también es que a través del internet hacen una transferencia simpe de su cuenta en el X al popular, para así también tener mas certeza que no van a aplicar un embargo erróneamente).
Saludos
Una señora me llamo y me dijo que iban a continuar con el proceso de embargo xq supuestamente yo no puse interés con ellos y es que yo ya tengo dos embargos y se me hace imposible pagar
Que puedo hacer me pueden ayudar
Estimado Gerardo,
Recuerda que el salario solo puede ser embargado como máximo por lo que establece el art 172 del código de trabajo, si te están embargando por mas de eso, puedes enviar un escrito al juzgado del segundo embargo demostrando que te están rebajando mas de lo que por ley se permite y pidiendo la devolución de lo embargado por error, te recomiendo que revises los montos.
Buenos días
mi consulta seria la siguiente: hace unos años me habían embragado el salario la cuenta según lo que habían enviado del juzgado había sido cancelada solo que nunca se notifico a la parte ni a mi persona.al año fui al juzgado por que me estaban embragando el salario por la misma cuenta gano menos de 370 mil colones y me rebajan casi 25 mil colones mensuales es correcto esta suma?,aparte que tampoco veo la luz al final del túnel por que no se cuando me van a dejar de embragar el salario..
gracias..
Estimado Mauricio,
Según el cambio de salario mínimo de este primer semestre, haciendo el calculo con base en el art 172 del código de trabajo el máximo aproximado a embargar serian 15605 colones, deberías decirle a tu patrono que vuelva a hacer el calculo.
Saludos
buenos días
mi consulta es la siguiente mi salario es de ¢1.100.000 pero actualmente me queda un líquido de ¢340.000, cuanto es lo que me rebajarían de un embargo, porque me preocupa que me quede sin salario y no poder hacerle frente al soporte de mi familia.
gacias!!
Estimada Cinthya,
Con base en el art 172 del código de trabajo el máximo aproximado a embargar es de 110 mil colones por mes.
Saludos
Hola buenas días. Mi consulta es la siguiente, tengo varias deudas con tarjetas y préstamos, las cuales se encuentran en proceso de cobro judicial… Me preocupa que alguna de estas deudas pueda perjudicar una propiedad que tiene una vivienda construida con bono de vivienda y un préstamo, este último está al día….en su momento el abogado que formalizo el bono-crédito puso la propiedad y la casa como patrimonio familiar.
¿Puede alguno de estas deudas afectar la propiedad? de ser así que puedo hacer?
Estimado Boris,
Aquí hay que analizar si el patrimonio familiar fue anterior al incumplimiento, ya que si es así es así, no tienes de que preocuparte, pero de lo contrario si el incumplimiento fue antes que el patrimonio familiar, seria mejor que pases el bien a nombre de una persona de confianza lo mas antes posible.
Saludos
nesecito comunicarme con ustedes, por favor enviarme al correo. saludos
Buenas Tardes,
Yo tengo un embargo con Credomatic y tengo una duda, si mi mama me embarga por pension, este embargo con credomatic se puede continuar aplicando ?, Mi salario es de 310.000 colones brutos.
Espero su comentario, muchas gracias
Estimada Mariana,
El embargo por pensión alimentaria siempre va primero que el embargo por deuda, y solo se puede aplicar el embargo por deuda cuando después del rebajo por pensión el salario sigue siendo mayor al salario mínimo, de lo contrario no te podrían embargar por deuda.
Saludos
Muchas gracias… y disculpa pero tengo otra duda, hay alguna forma de que este embargo por pension no sea deducido de la planilla y se page directamente al familiar por algun otro metodo ? obviamente que ambas partes esten en mutuo acuerdo.
Estimada Mariana,
Si ya el embargo fue decretado por el juez, tendrías que pedirle a la persona que lo pidió que le pida el juez el levantamiento del mismo, y lo puedes hacer a través de deposito judicial.
Saludos
Saludos
hola buenos dias muchas gracias
por favor nesecito contactarlos para arreglar este asunto de pasar el patrimonio familiar a nombre de un familiar
saludos
Estimado Boris,
Te enviaremos la información a tu correo personal.
Saludos
Buenas tardes si el salario bruto es 315230 cuanto es el monto a embargar
Estimada Priscilla,
Según el art 172 del código de trabajo el máximo aproximado a embargar seria de 10 mil colones por mes.
Saludos
Hola;
Mi salario es de 1 millon, tengo una pension que se rebaja directo de planilla de 400 mil, cual es el monto que deberia de pagar por embargo
Estimado Michael,
Según el art 172 del código de trabajo el máximo aproximado a embargar por deuda en tu caso seria de 39 mil colones por mes.
Saludos
Con respecto al cálculo de embargo, de donde se toma que el mínimo de una servidora doméstica es 232.557.26, si en el decreto de salarios emitidos por el Ministerio de Trabajo es de 158.335.10. Agradezco la aclaración.
Estimada Karen,
Recuerda que el salario de servidora domestica también debe incluir el 50% de salario en especie, lo cual haría que este fuera 237.502.65, y el articulo 172 del código de trabajo, dice que se va a usar el salario menor, que en este caso al ser el salario de servidora domestica mayor al salario de trabajador no calificado ( 8.944.51 por dia) el mismo se multiplica por 26, osea 8.944.51 x 26 = 232.557.26; así que se usa el de trabajador no calificado.
Saludos
Buenas,
Yo tengo unas deudas por un monto aproximado de 8millones de colones, mi salario es de 750,000 colones pero he tenido problemas para pagar por otras responsabilidades. Mis cuotas son como de 500 mil y se salen de control. Tengo dos deudas que no he venido pagando por sus altas cuota con CITI y Davivienda. Llevo dos meses sin poder pagar.
¿Como proceden ellos con el embargo de salario?
¿Eso puede afectar mi trabajo (trabajo para un banco)?
¿Cuanto pueden durar en embargarme el salario?
¿Es legal que me llamen a numeros que yo nunca brinde o que no son mios directamente?
Gracias amigos!
Estimado Juan Carlos,
Primero tienen que demandarlo a usted por el incumplimiento, y es el juzgado quien va a decretar el embargo, dependiendo cuanto trabajo tenga el juzgado el mismo puede durar semanas o incluso meses, con respecto a afectar su trabajo, recuerde que el tener deudas no es delito, ni tampoco causal de despido, así que si te quisieran despedir por eso tendrían que hacer un despido con responsabilidad patronal.
El que llamen a otros numero no es del todo legal, ya muchas personas han hecho reclamos y hasta han interpuesto recursos de amparo por acoso telefónicos, y la misma sala les ha dado la razón y ordenado que terminen esas llamada indebidas.
Saludos
Necesito un abogado que se especialice estos casos, si me pudieran referir a alguno se lo agradecería!!!!
Gracias
Estimado Gerardo,
Te enviamos un email a tu correo personal.
Saludos
yo tengo un embargo del salario mi salario bruto es de 260 000 al mes ya con las rebajas cuanto me pueden embargar de mi salario
Estimado Luis,
Según el art 172 del código de trabajo, seria un aproximado de 3200 colones por mes.
Saludos
Hola, me podria informar si uds prestan servicios legales para este tipo de casos? me pueden enviar informacion al correo lcpecr@gmail.com
Consulta: Tengo un salario de 700.000 colones, pero de vez en cuando hago horas extras, que suben el salario. Cuando se haga un embargo, se calcula con base al salario base o se calcula «salario base + extras»? O al último salario reportado en la Orden patronal?
Estimado William,
El calculo de embargo se hace con base en el salario total, así que en los meses que hagas horas extras el monto del embargo puede fluctuar y ser mayor que cuando no las hagas.
Saludos
Por lo que entendí, mensualmente se estaría realizando un ajuste de la cuota del embargo, según el salario que estaría flutuando por las horas extras? Quien haría esos cambios de cuotas mes a mes? Otra consulta, cuando llegue el primer embargo y consuma la totalidad de lo permitido y en el transcurso de 4 años no cubra el monto total de la deuda, y queden otros en «cola», ¿mi salario estará embargado de por vida? Ya que estaría llegando embargo tras embargo?
hola. he tratado de comunicarme con ustedes pero no he podido. este es mi problema tengo una deuda de tarjeta de credito y me amenazan todos los dias con el cobro jidicial. ya yo tengo una mancha en el credito y mi salario me lo pagan en el banco popular. lo que me dicen es que no importa que mi salario este en el banco popular que ellos embargan directamente. formo parte de una sociedad anonima… ellos pueden intervenir en ella? estoy muy endeudada y actualmente la mayoria del salario lo rebaja automaticamente una financiera… igual pueden embargarme aunque me queden 200 mil colones?
Estimada Adriana,
El embargo de salario se lo envían a su patrono para que haga el embargo antes de depositarle a usted, así que por ese lado si es posible, pero lo que ya este depositado en el banco popular si es completamente inembargable, en cuanto a las acciones en la sociedad es tan fácil como endosarlas a nombre de alguien mas y de esa forma no se las podrían embargar.
Saludos
muchisimas gracias por lo que puedan hacer por mi
Con gusto
Estimado William,
El embargo del salario lo debe efectuar tu patrono, así que el es quien va a hacer el calculo, por mientras este trabajando para el mismo patrono el salario quedara embargado hasta la cancelación de la deuda, y si hay embargos en espera y la espera es mas de 4 años podrías pedir la prescripción de esas deudas, ya que no habrían recibido ningún pago en 4 años.
Saludos
Tengo varias deudas con tarjetas de crédito y bancos desde 2011 al estar sin empleo no pude hacer frente a las deudas y hasta la fecha solo he podido conseguir trabajos por algunos meses y luego vuelvo a quedar desempleado según las llamadas que me hacen tengo ya varios cobros judiciales y embargos, y hasta me me dicen que si no pago ahora esto me imposibilita el encontrar empleo lo cual estoy creyendo que es cierto esto en algún momento prescribe o será que ya no podré encontrar un trabajo para salir adelante.
Estimado Gerardo,
Las deudas en principio prescriben 4 años después del ultimo pago, o ultima sentencia de juez, y el tener deudas no es delito, por lo cual no debería estar relacionado a que no consigas trabajo.
Saludos
Gracias cual sería el método a seguir una vez finalizado los cuatro años.
Estimado Gerardo,
Si pasan 4 años desde la ultima sentencia de juez, seria solo enviar un escrito pidiendo la prescripción de la deuda.
Saludos
Buenas tardes!
Mi caso es el siguiente: adquirí varias deudas pero por diferentes situaciones no tengo las posibilidades de pagar todas las cuotas correspondientes, mi salario líquido es de 241 mil colones mensuales y tengo 5 cuentas a pagar atrasadas y en peligro de embargo salarial!
Quisiera saber, en dado caso cuanto sería el monto, que deducirían de mi salario si lo embargaran estas 5 instituciones!!!
Y si fuera el caso cuanto tarda el trámite?
Mil gracias!
Estimado Alexis,
Según el art 172 del código de trabajo el maximo embargable de tu salario seria un aproximado de 1000 colones por mes, el tramite de embargo dependerá de cuanto trabajo tenga el juzgado que tramite el embargo salarial, algunos pueden durar semanas he incluso meses.
Saludos
Buenas tardes, mi salario sufrio un incremento y paso de 1500,000 a 2,000,000, pero el embargo que ya tenia subio en gran medida, tengo una pension alimentaria de 230,000, y necesito por favor de su ayuda con el calculo del embargo, ya que como comente mas arriba, siento que es desproporcionado…..gracias por su ayuda
Estimado Luis,
Aquí puedes ver los pasos para el calculo del embargo, http://www.mtss.go.cr/preguntas-frecuentes/salario-minimo.html?pid=58&sid=386:Cmo-se-calcula-un-embargo-salarial, si la pensión se la rebajan de planilla se toma en cuenta, y el maximo aproximado a pagar en tu caso seria de 223 mil colones por mes.
Saludos
Hola.
Si me depositan el en bcr el salario, y me amenazan con cobro judicial, cómo pasarme al banco popular si mis patrones me depositan en el salario en la cuenta Bcr porque dicen que ellos están adscritos a ese banco nada más?
Estimado Juani,
Fácil, puedes hacer lo que mucha gente hace, abres la cuenta en el popular, y cuando te depositen en el BCR por internet inmediatamente haces una transferencia simpe a tu cuenta en el popular, así estas mas seguro.
Saludos
Que hacer si me enviaron una notificacion que me enviaran a cobro judicial por deuda de 500.000 colones con el banco promérica, quien al parecer ya vendió mi cuenta a una gestionadora de créditos, quienes ni siquiera me llamaron sólo enviaron a mi correo ese aviso y que dicen que yo no he puesto interés que tengo 24 horas para pagar o hacer arreglo de pago. No sé si deberé contestarles por el mismo medio, además dicen que me embargaran salario, bienes inm uebles o alguna cuenta que posea, yo no tengo nada, y cuenta solo donde depositan mi salario que es de 266.000 colones. Pago alquiler de 140.000 colones por mes y no tengo bienes. Necesito su consejo urgente.
Estimado Juani,
Si no puedes pagar, pues deja que te envíen a cobro judicial, ya que el maximo que te pueden embargar es de 4 mil colones por mes, osea tienen mas que perder ellos que tu.
Saludos
Buenos días, cual es el procedimiento para la notificación de un embargo a una empresa.
La notificación es válida que la realice el demandante o un bufete, contratado por el mismo, vía fax a la empresa para que inicie el embargo de salario?.
Cual sería el importe de embargo por un salario bruto de 987.010.?
Muchas gracias por su valioso aporte a la comunidad.
Estimado Jose,
Cuando es la notificación del decreto de embargo para algún empleador, la puede hacer ya sea el demandante o el bufete, llamando o yendo donde su patrono, pero si es la notificación oficial de expediente, esta si tiene que ser hecha en su casa de habitación, o personalmente por quien el juez haya designado, ya sea la fuerza publica o notificador judicial. En tu caso seria un aproximado de 87 mil colones mensuales.
Saludos
Entonces con la notificación del decreto de embargo el empleador debe proceder?;
y para que es la notificación oficial de expediente?.
Gracias.
Estimado José,
Si, con la notificación del embargo salarial, el empleador tiene que proceder de inmediato, la notificación oficial del proceso es parte del debido proceso, y te da 15 días para defenderte y responder.
Saludos
Buenas noches
Tengo una deuda con Banco Promerica, que no he podido cancelar por problemas de enfermedad de mi esposo, ahora por mora la pasaron a GESTIONADORA DE CREDITOS SJ S.A, dice que para el respectivo cobro e inicio del proceso judicial, yo no tengo bienes, solo mi salario que es de 267.000 colones, y me lo depositan en el BCR. No sé si llamar para hacer arreglo de pago, o dejar que efectuén el embargo, porque la deuda creo que ya a estas alturas debe de ser como de un millón de colones, inicialmente eran 250. 000. Ahora, he leido que una puede pasarse al banco popular, pero cómo hacerlo porque en la empresa solo depositan en el salario en el bcr, todos los empleados tienen esa tarjeta y dicen que no pueden depositarlo en el Banco Popular. Agradeceré sus consejos. Gracias.
Tu comentario está pendiente de moderación.
Estimado Juani,
Fácil, puedes hacer lo que mucha gente hace, abres la cuenta en el popular, y cuando te depositen en el BCR por internet inmediatamente haces una transferencia simpe a tu cuenta en el popular, así estas mas seguro.
Saludos
Buen dia
Tengo un salario de 759.000 esto es el bruto,despues me rebajan 101.000 de cargas sociales, y luego me rebajan 450.000 de pension, debido a este ultimo rubro los prestamos se atrazaron demaciado, dando por consiguiente q me los mandaron a cobro judicial,en mis calculos despues de todos los rebajos me quedan de liquido 208000 colones,de esta suma restante una cooperativa se cobra 147.000 colones y el banco popular se rebaja automaticamente 15.000 colones,el asunto es q me llega cero liquido por que cada vez q viene un aumento la cooperativa automaticamente se jala la plata, hable con recursos humanos y me dijeron que no pueden hacer nada por que es el sistema, tengo q mandar una carta a la cooperativa pero en estos momentos no se a quien dirigirla, y para cerrar el comentario me llego un embargo de uno de los acredores por 1.359.000 colones y recursos humanos la parte de las planillas dicen q van a rebajar lo que cooresponde,la pregunta es ¿si me quedan 208.000 segun lo que lei en el ministerio de trabajo en cuanto a salarios , no me pueden embargar por que me queda menos del salario minimo? esto tomando como base que yo mandara la carta quitando la autorizacion de rebajo automatico.
gracias por su valioso tiempo.
Estimado Edgar,
Si te rebajan automáticamente la pensión, y tu salario queda menor que el salario mínimo, entonces su salario seria inembargable, puedes hablar con tu patrono, y si te dice que igual lo va a hacer, recuerda que puedes enviar un escrito al juzgado que te este embargando demostrando tu salario, la pensión y demás rebajos, y pedir la devolución de lo embargado, puesto que estarían haciendo un embargo ilegal.
La carta para revocar el rebajo automático la puedes dirigir a quien sea el representante legal de esa cooperativa, igual y puedes llamar y preguntarles quien es esa persona.
Saludos
Buenas nuevamente
Tengo unas dudas que no he podido encontrar respuesta en el foro:
1- que pasa en un embargo por deuda o pensión al cambiar de patrono? Se le informa al nuevo patrono? o el juzgado y el demandante tiene que hacerlo por otros medios, o interponer un nuevo proceso?
2- en caso de pensión alimenticia, cuando se reúnen las dos partes en un proceso conciliatorio y ambas llegan a un acuerdo satisfactorio de pagar el monto, ¿se debe de informar al patrón para que cuando llegue un embargo de deuda sepa que ya hay una obligación primero o se envía el detalle al juzgado de cobro correspondiente?
3- después de un proceso de conciliación por pensión alimenticia, ¿es mejor depositar personalmente a la cuenta de la otra parte llevando el control de pagos o dejar que lo hagan por planillas?
4- en un embargo de pensión alimenticia y la notificación del juzgado llega al patrono, el patrono a quien deposita el rebajo? A una cuenta del juzgado o directamente a la cuenta que aporté la otra parte? Sí es una cuenta del juzgado, me imagino que es más lento que llegue el dinero a la parte beneficiada?
5- digamos que llega una orden de embargo al banco de la cuenta de planilla, y al banco se le fue por alto que no lo puede hacer por ser de planilla, ¿cuándo llegue el depósito del salario a esa cuenta, cuanto tiempo dura el banco en retener el monto? Da tiempo de pasarlo vis Simpe del banco de planilla al banco popular? O da tiempo de realizar el retiro en efectivo el mismo día?
Estimado William,
1-) Si cambias de patrono el acreedor tendría que primero averiguar cual es tu nuevo patrono, y volver a pedir al juez que te apruebe un nuevo decreto de embargo para el nuevo patrono( esto puede durar varios meses), en el caso de pensiones, igual tiene que pedir la persona interesada el embargo para el nuevo patrono, pero recuerda que si no pagas igual te pueden meter a la cárcel, así que por mientras llega el embargo por pensión, tienes que ir a hacer los depósitos tu personalmente.
2-)Cuando se da el proceso de conciliación, si el juez ve que no atenta contra los intereses del menor, y lo aprueba, la parte interesada puede pedirle al juez que genere un decreto de embargo actualizado con el nuevo monto, el cual se le lleva al patrono para que el mismo haga los rebajos y depósitos correspondientes.
3-)En realidad eso va a depender de la persona, algunos prefieren ir a hacer los depósitos ellos mismos, a como algunos lo ven mejor cuando se los hacen rebajados de planilla ya que no tienen que ir a hacer filas ni nada para depositar.
4-) En el decreto de embargo dice el numero de cuenta a donde debe depositar el patrono lo embargado, y ya después de eso va a ser el juzgado quien le haga el giro a la parte beneficiada, en pensiones son muy rápidos, casi que el mismo dia ya lo tienen listo el giro.
5-) Los embargos no son tan rápidos, ya que la persona interesada es quien debe presentar el decreto de embargo, y el encargado del banco si en ese momento hay dinero realiza el embargo, de lo contrario devuelve el escrito con un sello diciendo que el cliente no tiene fondos en este momento, y ya seria hasta que nuevamente la persona interesada se vuelva a presentar para pedir que hagan el embargo de nuevo, pero claro eso no quiere decir que te puedes jugar el chance, porque nadie te puede asegurar 100% que el dia que te depositaron no vaya a llegar el acreedor al banco con el decreto de embargo, por eso ahora con tantas facilidades electrónicas, es mejor generar la transferencia simpe ojala el mismo dia que te pagaron, así te aseguras que no te van a embargar por error, y no vas a tener que hacer todo un procedimiento que puede durar meses para que te devuelvan la plata embargada ilegalmente…
Saludos
Buenos días, me pueden ayudar que indica que un expediente este en tramite, que implicaciones tiene para la empresa y para el demandado:
Adjunto números de expediente:
13-00xxx-1170-CJ
13-00xxx-1204-CJ
Gracias.
Estimado José,
Se le envió la información a su correo personal.
Saludos
gracias por la informacion.. mi salario es de 600mil pero me quedan solo 260mil al mes por k los demas son pagos de prwatamos k se rebajan automaticamente.. igual me pueden embargar lo k me queda? muchisimas gracias
Estimada Adriana,
Según el art 172 del código de trabajo, el maximo aproximado a embargar seria de 42 mil colones por mes.
Saludos
BUENAS TARDES.
QUERIA CONSULTAR, TENGO VARIAS DEUDAS ATRASADAS Y YA CON AMENAZAS DE EMBARGO; A SU VEZ TENGO UN VEHICULO Q TIENE UNA PRENDA Y ESTOY PAGANDO ACTUALMENTE.
MI SALARIO RONDA LOS 550 MIL COLONES; CUANTO SERIA EL MONTO A EMBARGAR Y EL CARRO SE PUEDE EMBARGAR AUNQ TENGA UNA PRENDA. HE CONSULTADO A OTROS PROFESIONALES Y ME DICEN Q SE ME QUITAN EL CARRO DEBERIAN CANCELAR AL Q TIENE LA PRENDA DEL CARRO; EL CARRO NO VALE TANTO COMO EL MONTO DE LAS DEUDAS, ES NEGOCIO PARA ELLOS QUITARME EL CARRO?? ME FALTAN COMO 3 AÑOS PARA TERMINAR DE PAGAR EL CARRO.
GRACIAS
Estimado José,
La ley faculta al acreedor para poder embargar todos los bienes a nombre del deudor, indiferentemente de si el bien tiene o no prenda, lo que hacen muchos acreedores es dejar el bien anotado, y en el futuro pueden enviarlo en cualquier momento a remate, así que por ese lado es mejor no arriesgarte y mejor ponerlo a nombre de una persona de confianza, igual puedes hacer el traspaso aunque aun lo debas. en tu salario el embargo aproximado por mes es de 36 mil colones.
Saludos
Saludos estimados. Mi consulta es la siguiente, tengo un salario de 316.000 mensual y una pension de 150.000 ademas el bac sj me quiere embargar esto es posible, ademas estoy peliando unas horas extras contra una compañia de ganar este proceso me podrian afectar este dinero? Muchas gracias.
Estimado Gustavo,
Si la pensión es rebajada de planilla al quedar tu salario menor que el salario mínimo el mismo seria inembargable por deuda, sobre la cuenta del BAC si la misma es cuenta de planilla en principio seria inembargable, pero seria mejor que te pases al Banco popular que totalmente inembargable para evitar cualquier error del BAC. Sobre el caso que estas peleando, te aconsejo que cuanto de lo paguen, mejor deposites eso en el Popular para estar 100% seguro que no te lo vayan a tratar de embargar.
Saludos
Yo gano 284160 por mes menos algunos rebajos cuanto me quitarian por semana ?
Estimado Manuel,
Según el art 172 del código de trabajo lo maximo aproximado a embargar es de 6 mil colones por mes.
Saludos
Estimados como se hace para que ustedes me ayuden en mi caso, donde se pueden localizar? Les agradezco.
Estimada Monit,
Se le contactara por medio del correo personal.
Saludos
Buenas quiero hacerles la siguiente consulta.
Desde octubre de 2011 la Oficina de personai de mi trabajo me dejo una nota donde se le comunicana al juez que me rabajrian un Embargo a favor de Gestionadora de de credito, por una tarjeta de Credito del antiguo HSBC, curiosamente en estos dias recibi una llamada de un representante de dicha oficina de credito diciendome que si estaba de acuerdo que me notificaran porque no les habian depositado y que para que el deposito se hiciera efectivo tenia que estar de acuerdo, me envian constantes mensajes de texto recordandome el embargo , estoy desesperado e inquieto por esto que puedo hacer, me pueden ayudar muchas gracias y bendiciones
Estimado Gerardo,
Aquí mas bien yo lo que haría es llamar al 800-800-3000 y pedir con tu numero de cédula el numero de expediente, ya que si ellos tienen un caso abandonado por mas de 3 meses sin instarlo, podrías pedir la deserción del mismo. si gustas envíanos el numero de expediente y lo revisamos.
Saludos
Buenas Tardes!
Agradecería me ayuden con una duda que tengo.
Si el salario es de 440.000 mil colones (sin deducciones) pueden embargar algo? En caso de que sí, cuánto sería ese monto a embargar?
Gracias por su respuesta.
Estimada Angela,
El monto aproximado es de 24 mil colones por mes.
Saludos
buenas tengo una consulta hace como 3 años le saque un prestamo a un amigo al dia de hoy de deben un millon 200 mil y no lo esta pagando pero tengo 1 pensiones y el salario no de da para pagar los abonos yo gano 365mil me pueden embargar el salario?
Estimado Juan,
Lo maximo aproximado a embargar en tu salario serian 15 mil colones por mes.
Saludos
Estimados
tengo la siguiente consulta:
Adquiri un vehiculo el ano anterior con una agencia, ellos me hicieron firmar una letra de cambio y no me pidieron asegurar el mismo, desafortunadamente sufri el robo del vehiculo y ahora estoy teniendo problemas para pagar las mensualidades, mi salario es de 740.000 mensuales sin rebajar cargas sociales, Cual seria el monto maximo a embargar? que opciones tengo en este caso? trate de hablar con la agencia pero me dicen que no me pueden ayudar de ninguna forma,
Estimado Andres,
El maximo aproximado a embargar en tu caso seria de 58 mil colones por mes.
Saludos
Hola buena tardes hoy recibí otro ultimatun de Gestionadora de Crédito en donde me dicen que en 24 horas van a proceder a embargarme sino cancelo una deuda con Servimas esa cuenta no pude pagarla desde el 2008 y ellos supuestamente la activaron ellos ya me tienen embargado por otra cuenta me pueden volver s embargar .y mi suegro me regalo un carro y lo puso a nombre mío yo lo utilizo para trasladar s mi familia me lo pueden quitar muchas gracias y bendiciones
Estimado Gerardo,
Tienes el numero de expediente para poderlo revisar, si no lo sabes puedes llamar al 800-800-3000, si seria bueno que pases el vehículo a nombre de otra persona para evitar un posible embargo que pueda caer en cualquier momento.
Saludos
Buenas tardes tengo una pregunta hice un préstamo y no por muchos motivose atrase 4 meses para cancelar la deuda y me hicieron embargo salarial y no me viene nada se salario y mi salario mensual es de 300mil. Que puedo hacer
Estimada Marjorie,
El maximo a embargar en tu salario seria de 8 mil colones por mes, si te embargan mas de ese monto puedes reclamar, y pedir al juzgado que te devuelva lo embargado demás.
Saludos
Buenos dias yo gano 250000 x mes cuando deje de pagar debia solo 70000 pero mas interes y dicen que le cobran los gastos del abogado yo cuando firme el pagare decia que podian embargarme todo el salario con este pagare pueden embargarme todo??
Estimada Natalie,
El salario tiene una protección especial, así que solo puede ser embargado en lo que esta establecido en el art 172 del código de trabajo, en tu caso un aproximado de 7 mil colones por mes.
Saludos
Buenos días, tengo un atraso con una tarjeta de Crédito trate de llegar a un arreglo de pago, pero el monto que puedo pagar por mes (60mil colones), no fue aprobado por el banco, me indican que el tramite va a pasar a cobro judicial y embargo, el monto que me embargarían seria mayor a ese monto, mi salario mensual es de 500 mil colones
Estimada Maria,
Un aproximado de 31 mil colones por mes, asegurate de no tener ningún bien a tu nombre porque te lo pueden embargar.
Saludos
En mi trabaja hace pago semanal y a la hora de hacer el calculo para el rebajo del embargo usan como referencia el salario minimo de domestica el monto de 36,538.60 semanales.
Noto que en notas previas ust ha mencionado que el salario minimo de referencia es de ¢232,557.26. De donde sale este monto?
Revise en unos documentos en la pagina del ministerio de trabajo y dice que el monto mensual de una empleada domestica es de 158,335.10
Hay una aclaratoria que dicen que a esto hay que sumarle el 50% del salario liquido.
En este caso aunque el pago sea semanal se debe hacer el calculo mensual del monto a embargar??
Estimado Edu,
Recuerda que el salario de servidora domestica también debe incluir el 50% de salario en especie, lo cual haría que este fuera 237.502.65, y el articulo 172 del código de trabajo, dice que se va a usar el salario menor, que en este caso al ser el salario de servidora domestica mayor al salario de trabajador no calificado ( 8.944.51 por dia) el mismo se multiplica por 26, osea 8.944.51 x 26 = 232.557.26; así que se usa el de trabajador no calificado.
Usualmente lo hacen en un deposito mensual, pero los rebajos los vas a ver semanales.
Saludos
Buenos dias como me doy cuenta si mi salario esta embargado. Esque hace una semana me avisaron que me iban a embargar el salario y a partir de ahi no me viene el salario. Y esque también estoy incapacitada por licencia maternal
Estimada Marjorie,
Puedes contactar a recursos humanos de tu patrono, a ver si están efectuando algún rebajo, pero recuerda que si estas incapacitada no tienes salario, sino que mas bien es una compensación que te da la CCSS, así que al no tener salario, el embargo no puede ser hecho, sino hasta que vuelvas al trabajo y tengas salario nuevamente.
Saludos
Mil bendiciones para todos, mi nombre es Pablo, llegué a un arreglo de pago con Banco Promerica, tengo 8 meses de este arreglo, y a partir de este mes no podré seguir pagando, la deuda a hoy es de $2775,mi salario sin rebajos es de 340mil colones. No sé si es legal, pero han conseguido mi número telefónico de la casa y de mi trabajo, y pece a que les dije que por favor no llamen, lo siguen haciendo y ya se nota un tono de amenaza, igualmente me siguen enviando mensajes a mi celular, hoy directamente les dije que hagan lo que proceda x que no me alcanza para seguir pagando. Cuánto sería el embargo mensual y a partir de cuando aplicaría este embargo? Por otra parte tengo evidencia en correo electrónico de publicidad engañosa en una promoción que me aplicaron, puedo usar esto en mi defensa?
Mi pago de salario lo hacen vía depósito electrónico en el BCR, tengo cuenta activa en el Popular, si hago traslado de mi salario por SINPE , puedo librarme del embargo?
Estimado Issac,
El maximo aproximado a embargar es de 12 mil colones por mes, si te están haciendo acoso telefónico, puedes comenzar a grabar las llamadas diciéndole a la persona que lo estas haciendo, y puedes accionar una demanda contar ellos por acoso, lo de pasar el dinero al popular te ayuda en caso de que te quisieran embargar la cuenta bancaria, para que no lo puedan hacer.
Saludos
Buenos días.
Mi consulta es la siguiente:
Mi salario brutos es de 950 mil colones y me rebajan una pensión alimenticia de 350 mil colones, poseo varias cuentas atrasadas que por mi liquidez tan baja no podré atender, ¿Cuanto sería el monto a embargarme en este momento? Muchas Gracias.
Estimado Eugenio,
Un promedio de 41 mil colones por mes.
Saludos
Buenas, el día lunes me llego una notificación atravez de mi jefe de un embargo de una empresa llamada Inversiones Tópolis por un millón trescientos mil colones pero a mi nunca me llego una notificación de dicha empresa ademas no tengo deudas de esa indole con nadie. Como puedo a hacer para averiguar de que se trata ya que busco en internet y no sale nada acerca de esa empresa, ya el embargo me lo empezaron a rebajar hoy. Agradezco tu ayuda!
Estimada Melissa,
En el decreto de embargo viene el numero de expediente, con el cual se puede ir al juzgado y revisar que fue lo que paso, y de esa forma te puedes dar cuenta si fue por algún error o si en realidad firmaste algún pagare o letra de cambio.
Saludos
Buenas tardes,
Tengo una deuda en la que me quisieron aplicar un embargo, pero, al final llegue a un arreglo de pago y mandaron una carta al juzgado para indicar que se suspenderia por el arreglo de pago. Yo he estado pagando la deuda directamente a la entidad donde tengo la misma, pero, la abogada de la entidad me indica que debo siempre pagar el monto de embargo y no el monto de la deuda. Es correcto que a pesar de llegar a un arreglo de pago con la entidad , siempre debo de pagar la deuda con el monto de embargo???
Estimada Kattia,
Al haberte enviado el acreedor a cobro judicial el mismo te puede cobrar todos los gastos en los que haya incurrido, y ya seria cosa de el si en el arreglo de pago se estipula un monto menor.
Saludos
Buenas queria consultar en el oficio que me mandaron del juzgado la petitoria que hace el abogado es el pago de la oblgacion sobre a)cuentas en cualquier banco b)salario devengado y c) cualquier otro bien pero al llamar a la oficina de cobro que lleva el caso para intentar hacer un arreglo que no pude (por que piden una suma exhorbitante) me dicen que esas son medidas cautelares que exige la entidad financiera que se indiquen pero que el oficio de embargo esta dirigio a mi patrono y es sobre el salario. Mi pregunta es me pagan en el BCR y en el caso que no me puedan depositar mi salario en el Popular, hay alguna forma de salvar los fondos (com anteriormente dijo de la trasferencia SINPE al Popular inmediatamente) o la cuenta queda congelada y lo que le caiga se lo quitan? Saludos
Estimado José,
Lo que usualmente se recomienda es que una ves que lleguen los fondos al BCR haga una transferencia simpe al popular, pero si por cosas de la vida ya le han rebajado el dinero, puedes enviar una carta al juzgado pidiendo la devolución del mismo por cuanto es tu salario y solo se puede embargar en lo que el art 172 del código de trabo establece.
Saludos
Gracias por su respuesta. Solo una ultima duda la cuenta desde del Banco en este caso del BCR con la presentacion por parte del demandante del oficio de embargo por primera vez ya queda embargada por el resto del tiempo? O es cada vez que quiera hacerlo presentar la petitoria al juzgado y luego llevar eso al banco cuand el juez lo autorice??
Estimado José,
La cuenta se embarga a petición de la parte interesada, osea si el acreedor presento el embargo hoy, y no hay nada que embargar el banco le va a poner un sello que no había fondos, y no va a volver a embargar sino hasta que el acreedor vuelva a presentar el decreto de embargo.
Saludos
Hola consulta. Me dicen que me pueden bloquear las cuentas bancarias o embargar el salario.. A mi no me preocupa el embargo de igual forma es una situacion fuera de mi control. Pague a Beto le presta 1 millon y me dijeron que solo habia abonado 15 mil colones.. cuando mi prestamo fue de solo millon trescientos. En ese caso .. Pueden bloquearme la cuenta bancaria en donde me paga mi empleador? o tiene una proteccion tambien? Porque si me bloquean mi unica cuenta bancaria no podria ni pagar alquiler, ni comer. Me pueden ayudar? muchas gracias.
Estimada Yesenia,
En principio las cuentas de planilla son inembargables, pero muchas veces las embargan por error, así que es mejor pasarse al banco popular que es inembargable para personas fisicas, y así evitarse que te la vayan a embargar por error, y luego pasar meses esperando que el juzgado te devuelva el dinero.
Saludos
Buenas tardes.Recibo un salario neto de 361.503.40 colones, en caso de embargo cuanto seria el monto a embargar? gracias.
Estimado Alonso,
Un aproximado de 15 mil colones mensuales.
Saludos
Este monto es sin importar el monto que se debe?.
Saludes.
Estimado Alonso,
Es correcto el salario tiene una protección especial así que solo se puede embargar un porcentaje.
Saludos
Gracias por su respuesta. Solo una ultima duda la cuenta desde del Banco en este caso del BCR con la presentacion por parte del demandante del oficio de embargo por primera vez ya queda embargada por el resto del tiempo? O es cada vez que quiera hacerlo presentar la petitoria al juzgado y luego llevar eso al banco cuand el juez lo autorice??
que pasa cuando el articulo no se respeta y te quieren embargar mas se puede…..? o son solo amanesas?
Estimado Brandon,
Pueden intentarlo pero si no va conforme al derecho, es tan fácil como apelar y pedir la devolución, y el juez que es quien tiene el deber de velar que la ley se respete, te va a devolver lo que haya sido embargado demás.
Saludos
si tengo un carro a mi nombque embargan, y tengo una deuda y me están amenazando con embargar, que embargarían Primero el carro o el salario?
Buenas tardes, tengo una deuda y me están amenazando con embargarlo. soy asalariada, que embargarían primero, mi carro o mi salario?
Estimada Sofia,
El acreedor puede pedir varios tipos de embargo a la misma ves, así que puede tanto embargar el salario como cualquier otro bien que tenga el deudor, o también cuentas bancarias, en este caso es mejor pasar los bienes a nombre de alguna persona de confianza.
Saludos
Estimada Sofia,
El acreedor puede pedir varios tipos de embargo a la misma ves, así que puede tanto embargar el salario como cualquier otro bien que tenga el deudor, o también cuentas bancarias, en este caso es mejor pasar los bienes a nombre de alguna persona de confianza.
Saludos
Hola mi nombre es Adriana, hace 4 años embararon a mi marido Credomatic y HSBC, llegó primero el embaro de HSBC y se está aplicando actualmente, el de credomatic han estado llamando y buscandolo como locos durante este mes, según la carta que nos mandan dice que el proceso monitorio empezó en marzo 2010 ese embargo ya pasaron 4 años, que pasa con ese embargo si el otro todavía no le hemos pagado.
Estimada Adriana,
En este caso mejor llama al 800-800-3000 y pregunta el numero de expediente, para poderlo revisar, ya que si tu esposo estaba debidamente notificado y ellos no han hecho ninguna liquidación de intereses, seria cosa de mandar un escrito al juzgado pidiendo la prescripción. o en caso de que no este notificado y han pasado mas de 3 meses sin que el acreedor inste el proceso, se podría pedir la deserción del caso.
Déjame saber.
Saludos
Buenas muchas gracias por contestarme, ahora ese escrito lo tiene que hacer un abogado o lo puede hacer una misma.
Estimada Adriana,
El escrito debe ir autenticado por un abogado, con gusto te podemos ayudar si nos envías el numero de expediente y los detalles del asunto.
Saludos
Me pueden despedir por notificación Dr embargo salarial????? Llego la misma a la empresa sin embargo antes que llegara llegue a un arreglo con el bufete, pero estos siempre llevaron la demanda,me pueden despedir??? Me puede rebajar si ya hice dicho arreglo???
Estimado Jefferson,
El tener deudas no es delito, ni tampoco causal de despido, así que si tu patrono te quiere despedir tendría que hacerlo con responsabilidad patronal, lo cual no creo que le sirva. en cuanto al arreglo, el embargo siempre va a seguir hasta que ellos envíen la petición al juez del levantamiento, aquí lo que puedes hacer es llamar al acreedor y preguntarle que esta pasando, y talvez amenazarlos que si no te levantan el embargo no les vas a seguir pagando lo del arreglo de pago.
Saludos
Buenos días, una consulta, hace años por inmadurez saque algunos artículos en Monge y el Verdugo los cuales deje a un compañero de trabajo que continuaría con el pago y se los quedaría, al final el no pago, eso fue en el 2007 y hace unos días pedí una tarjeta credix y me la negaron por reporte negativo que incluyeron estas entidades en infocredit el 26 de abril del 2014, pueden incluir algo siete años después y esto indica algún ´proceso en mi contra?
La otra consulta es que al irme del país no conseguí trabajo rápido como pensaba y no pude pagar la tarjeta de crédito con Credomatic BAC y un crédito con BCR y con Instacredit, así como otro préstamo con Banex, pase años fuera del país y regrese porque no salió como planeaba, a la fecha tengo tres años acá de nuevo pero no se me ha notificado nada ni cobrado nada, estoy trabajando y demás y cotizando a la CCSS.
en SUGEF llame preguntando y estoy nivel 3 por BCR pero nada mas…en este caso que es lo mejor a hacer, ir a preguntar a bancos y demás o esperar? como puedo saber si hay proceso en mi contra? de igual manera aunque desee pagar tampoco estoy ganando mucho.
muchas gracias, espero su respuesta.
Estimado Carlos,
En cuanto a la sugef ellos guardan solo los últimos 48 meses de tu historial crediticio, lo que pasa es que muchas entidades consultan la información crediticia de otras entidades privadas como Datum, etc, y ellos usualmente si guardan un récord de mas años, pero igual puedes ir a cada una de estas entidades y pedir que te saquen de la base de datos.
En cuanto a saber si existen o no procesos en tu contra, puedes llamar al 800-800-3000 del poder judicial y con tu numero de cédula ellos te pueden decir si existen procesos en tu contra y los números de expediente, ya con los números de expediente, se podría ver si se puede pedir la prescripción de los casos.
Saludos
Saludos
Hola estuve un año sin empleo y se me acularon las deudas he realizado algunos pagos pero no estoy al dia, tengo una deuda con el banco popular de 4.000.000 millones aproximadamente y en este momento gano 328.000 colones y me están rebajando 120.000 y la verdad que solo me llagan 50.000 por semana, si pido que me dejen de rebajar de mi salario y me embargan pueden embargar también a mis fiadores. Gracias
Estimado Carlos,
En caso que elimines los rebajos y te envíen a cobro judicial, a tu te podrían embargar del salario 11 colones por mes, pero también pueden embargar a tus fiadores, y todos los bienes que tengas tu, y ellos también.
Saludos
Hola consulta, mi mama es fiadora d un crédito de una compañera q no puede pagar, mi mama gana 700 mil y tiene un préstamo para vivienda, si le embargan el salari0, la cuota del crédito de 136 mil q le rebajan de planilla, aplica para el cálculo o sólo las deducciones de cargas sociales se rebajan del salario bruto. Cuanto le podrían embargar? Gracias.
Estimada Kathia,
Se tomaría el monto total de su salario para el calculo, y seria un aproximado de 53 mil colones por mes el embargo.
Saludos
Buenas tengo una consulta tengo 180 dias de atraso con la tarjeta de credito de citi y un prestamo de millon 800 mil que saque con el citi yo estaba anteriormente al dia pero me quede sin trabajo y no pude seguir al dia… Que tanto de cierto ahi en que si no pago voy a la carcel?
Estimado Fran,
En Costa Rica no existe la cárcel por deuda, así que no es cierto que te pueden enviar a la cárcel, en el único caso que si hay cárcel es cuando es pensión alimentaria.
Saludos
Buenas… tengo varias deudas en las deducciones se hacen directas por planilla. .. a la hora de calcular el monto a embargar se toman en cuenta esas deducciones? Gracias
Estimado Logan,
Las únicas deducciones que se toman en cuenta serian si hay deducción por pensión alimentaria, o por algún otro embargo, sino el calculo se haría sobre el total del salario.
Saludos
hola buenas tardes
he vuelto a recibir otra vez llamadas de Gestionadora de Credito comunicandome via mensaje de voz que quieren llegar a un arreglo de pago conmigo por la cuenta que esta en proceso de embargo judicial , estoy confundido , ellos pueden hacer eso y es que en el arreglo me piden que cancele un 50% en efectivo y lo otro seguir abonando cosa que se me hace imposible ya que cuento con dos embargos en este momento y no me llega casi pago.
y otra pregunta si mi casa esta como patrimonio familiar me la pueden quitar ? y tengo un carro que es familiar pero esta a nombre mio que tengo que hacer , también me lo pueden quitar? muchas gracias y bendiciones .
Estimado Gerardo,
El acreedor puede llegar a un arreglo de pago en todo momento, lo único es que como deudor todo arreglo que vayas a hacer debería ser por escrito para poder probar la existencia del mismo en caso de que en el futuro no te lo quieran honrar.
El patrimonio familiar protege contra todas las deudas posteriores a su inscripción, las deudas anteriores aun pueden ser cobradas embargando el bien.
El vehículo deberías de pasarlo a nombre de alguna persona de confianza lo mas antes posible, ya que tu acreedor te lo puede embargar en cualquier momento.
Saludos
muchas gracias otra consulta también tengo problemas con los pagos de la Municipalidad ellos me pueden quitar mi casa como patrimonio familiar
Estimado Gerardo,
El pago de impuestos a las propiedades por ley están constituidos como una hipoteca legal, así que en este caso si lo podrían hacer, pero en todo caso las municipalidades son muy conciliadoras, así que seria bueno o que vayas a hacer un arreglo o sino ir haciendo pagos de los impuestos mas viejos, y así poco a poco irse poniendo al dia.
Saludos
Muchas gracias por su ayuda, tengo otra consulta, no he podido pagarle a la Municipalidad de mi cantón por un año , ellos envian recibos con ultimo aviso para cobro judicial si yo no puedo cancelar la cantidad de dinero que ellos me piden me pueden quitar mi casa estando esta con una hipoteca de primer grado por parte del Banco Popular , gracias y bendiciones
Estimado Gerardo,
Los impuestos de la propiedad tienen por ley un grado de hipoteca legal, así que siempre va a ir de primero, aquí lo mejor seria que vayas a la municipalidad y hagas algún arreglo, o que vayas pagando aunque sean los impuestos mas viejos.
Saludos
Es posible que me despidan de mi trabajo si me llega un cobro judicial a la planilla?
Gracias
Estimado Leo,
El tener deudas no es delito, así que si te despiden tendría que ser con responsabilidad patronal, así que es muy poco probable que pase.
Saludos
pueden embargarme el sueldo teniendo pension alimenticia?
Estimado Carlos,
Solo podrían embargarte el salario si después del rebajo de pensión alimentaria el mismo sigue siendo mayor al salario mínimo, de lo contrario no.
Saludos
Buenas me llego un mensaje de texto «Ante el incumplimiento en su cuenta se estará ejecutando un proceso monitorio en su contra donde se solicita bloqueo de cuentas bancarias, salario o bienes evitelo abonando» mi pregunta es como funciona este sistema tengo una cuenta que es de planilla y una cuenta de ahorro en el popular ademas de eso tengo un embargo salarial en que modo pueden hacer valer lo que me mandaron en ese mensaje? Gracias.
Estimado Ernesto,
Muchos de esos mensajes los envían por asustar a la gente, ya que si quieren hacer valer sus derechos tienen que entablar todo un proceso, y esperar hasta que el juez dicte el decreto de embargo. Es bueno tener todos los ahorros en el popular ya que las cuentas de planilla en otros bancos muchas veces las embargan por error y el tramite para devolución puede durar meses.
Saludos
Buenas me llego un mensaje de texto «Ante el incumplimiento en su cuenta se estará ejecutando un proceso monitorio en su contra donde se solicita bloqueo de cuentas bancarias, salario o bienes evitelo abonando» mi pregunta es como funciona este sistema tengo una cuenta que es de planilla y una cuenta de ahorro en el popular ademas de eso tengo un embargo salarial en que modo pueden hacer valer lo que me mandaron en ese mensaje? Gracias.
Estimado Ernesto,
Muchos de esos mensajes los envían por asustar a la gente, ya que si quieren hacer valer sus derechos tienen que entablar todo un proceso, y esperar hasta que el juez dicte el decreto de embargo. Es bueno tener todos los ahorros en el popular ya que las cuentas de planilla en otros bancos muchas veces las embargan por error y el tramite para devolución puede durar meses.
Saludos
Solo una ultima duda la cuenta desde del Banco en este caso del BCR con la presentacion por parte del demandante del oficio de embargo por primera vez ya queda embargada por el resto del tiempo? O es cada vez que quiera hacerlo presentar la petitoria al juzgado y luego llevar eso al banco cuand el juez lo autorice??
Estimado José,
En realidad solo en el momento que la presente el empleado del banco va a revisar si hay fondos para embargar de lo contrario le pone un sello al escrito diciendo que no existen fondos, y solo se podría embargar de nuevo cuando el acreedor se vuelva a presentar pidiendo el embargo nuevamente.
Saludos
Disculpas no habia visto tu respuesta mas arriba. Saludos
Buenas me llego un mensaje de texto “Ante el incumplimiento en su cuenta se estará ejecutando un proceso monitorio en su contra donde se solicita bloqueo de cuentas bancarias, salario o bienes evitelo abonando” mi pregunta es como funciona este sistema tengo una cuenta que es de planilla y una cuenta de ahorro en el popular ademas de eso tengo un embargo salarial en que modo pueden hacer valer lo que me mandaron en ese mensaje? Gracias.
Estimado Ernesto,
Muchos de esos mensajes los envían por asustar a la gente, ya que si quieren hacer valer sus derechos tienen que entablar todo un proceso, y esperar hasta que el juez dicte el decreto de embargo. Es bueno tener todos los ahorros en el popular ya que las cuentas de planilla en otros bancos muchas veces las embargan por error y el tramite para devolución puede durar meses.
Saludos
Saludos yo tengo 4 de dudas las cuales no puedo sustentar mi salario es de 295000 colones de cuanto seria el cobro judicial y si también embargan el aguinaldo
Estimado Luis,
Según el art 172 del código de trabajo, en tu caso serian un monto aproximado de 7 mil colones por mes, y el aguinaldo es inembargable.
Saludos
Buenas noches
Tengo un salario de 370 000 quería saber si con ese salario procedería un embargo y si es asi me podrían indicar el monto q me podrían rebajar mensualmente
Estimada Wendy,
En tu caso el maximo aproximado a embargar por mes es de 16 mil colones por mes.
Saludos
buenas como me doy cuenta cuando termino de pagar el monto de un embargargo para recurrir al juzgado a levantarlo y uno mismo puede levantarlo o tiene que pagar a un abogado para que lo haga Muchas gracias por su ayuda, y otra consulta, no he podido pagarle a la Municipalidad de mi cantón por un año , ellos envian recibos con ultimo aviso para cobro judicial si yo no puedo cancelar la cantidad de dinero que ellos me piden me pueden quitar mi casa estando esta con una hipoteca de primer grado por parte del Banco Popular , gracias y bendiciones
Estimado Gerardo,
Puedes pedirle al juzgado un informe de los montos pagados, y cuanto es el saldo que queda, y si ya has pagado todo solo seria cosa de enviar un escrito autenticado por abogado pidiendo el levantamiento.
saludos
Buenas tardes, quisiera saber si es posible me puedan ayudar con mi siguiente consulta? Tengo un salario bruto 610.000 colones del cual me deben embargar por por una deuda adquirida, quisiera conocer el monto legalmente embargable del salario. Ademas conocer si en mi caso que me pagan por bisemanal existen 2 meses al año con 3 bisemanas de pago, en este caso solo deberán rebajarme 2 cuotas y o tres??
Gracias
Estimada Irina,
En tu caso el monto aproximado a embargar por mes es de 43 mil colones, y tu patrono es quien debe de hacer el calculo según lo que recibas por mes así que puede variar.
Saludos
Buenas ticoabogados me llego un mensaje de texto “Ante el incumplimiento en su cuenta se estará ejecutando un proceso monitorio en su contra donde se solicita bloqueo de cuentas bancarias, salario o bienes evitelo abonando” mi pregunta es como funciona este sistema tengo una cuenta que es de planilla y una cuenta de ahorro en el popular ademas de eso tengo un embargo salarial en que modo pueden hacer valer lo que me mandaron en ese mensaje? Gracias.
Estimado Ernesto,
Muchos de esos mensajes los envían por asustar a la gente, ya que si quieren hacer valer sus derechos tienen que entablar todo un proceso, y esperar hasta que el juez dicte el decreto de embargo. Es bueno tener todos los ahorros en el popular ya que las cuentas de planilla en otros bancos muchas veces las embargan por error y el tramite para devolución puede durar meses.
Saludos
Buenas noches:
Necesito su ayuda, tengo 5 meses de no pagar una deuda de 530,000 colones a Banco San Jose y se comunico una abogada diciéndome que ya el banco me solicitaba pagar la suma de 1,150,000 por cobro administrativo es esto legal o puedo hacer alguna gestión para que no me cobres esta barbaridad de dinero?
Saludos, y gracias.
Estimado Sergio,
Puedes pedir el desglose de lo cobrado, y en el momento que te notifiquen del cobro judicial puedes responder la demanda objetando la cuantía, demostrando el cobro indebido.
Saludos
Buenas noches, tengo una deuda con el Banco San Jose la cual tengo 5 meses atrazados la cuenta es por 530,000 colones pero me llamo una abogada y me dice que ahora debo cancelar 1,180,000 por cobro administrativo es esto correcto.
Gracias por su gestión.
Estimado,
Puedes pedir el desglose de lo cobrado, y en el momento que te notifiquen del cobro judicial puedes responder la demanda objetando la cuantía, demostrando el cobro indebido.
Saludos
Buenas noches:
Tengo una deuda con CREDIX de 550,000 colones que no he pagado por que no tenia trabajo, hace 2 meses estoy trabajando y ahora me llaman de una empresa de cobranza a decirme que si cancelo 250,000 colones me perdonan la deuda y que de no ser así seguirán llamando a mi numero de trabajo y enviaran avisos de cobro prelegal etc. La verdad ellos me proponen pagar la deuda en cuotas de 58,000 colones mensuales durante 16 meses los cuales incrementa mi deuda y si pierdo mi trabajo va ser peor. Lo que me preocupa de todo esto es que estén enviando notas a mi nuevo trabajo y llamando al numero de los clientes preguntando por mi y esas cosas. Que debo hacer en este caso?
Estimado,
Ya la sala constitucional ha dado la razón a muchas personas que han interpuesto recursos de ampara por casos como el tuyo, aquí seria bueno que guardes las pruebas y cuando llamen grabar las llamadas dejándole saber a la persona que la llamada esta siendo grabada, y usar todo eso como evidencia del acoso.
Saludos
saludos
yo tengo 3 deudas en total suman como 7 millones dos de citi y una de beto le presta mi salario es de 290000 colones
de cuanto seria mi cobro judicial y si tambien embargan el aguinaldo
Estimado Luis,
La cuantía de la demanda la va a pedir el abogado de la parte demandante, sumando el monto principal, intereses y costas procesales y personales. El aguinaldo es inembargable.
Saludos
Buenas noches. Tengo una consulta. Tengo una deuda con instacredit y tengo casi 5 meses de no pagar la deuda se me hizo de 89mil x no pagar y me dijeron ke ya enviaron la orden para k m embagaran el salario. Yo gano 300 mil x mes. Mi pregunta es la siguiente si yo la voy canselando poco a poco cuánto terminaria pagando y si el embar se m quitaría al cancelar la deuda
Estimada Marjorie,
En tu caso el máximo a embargar es de 8 mil colones mensuales, y ya seria hasta que la deuda sea cancelada junto con los costos del proceso he intereses que gener.
Saludos
Hola primero que todo gracias por la ayuda tan valiosa que nos brindan desinteresadamente, tengo una duda con este tema, casi no lo conozco pero quiero empaparme más por mi trabajo, busque la lista de salarios en el ministerio de trabajo y me apareció estas: http://www.mtss.go.cr/images/stories/Lista_salarios-2014-1semestre.pdf pero el salario minimo para servidora domestica para este primer semestre está en ₡158,335.10 no se si es que esto es por quincena o si estoy viendo una lista equivocada me podrían ayudar por favor.
Estimado Dagoberto,
Recuerda que el salario de servidora domestica también debe incluir el 50% de salario en especie, lo cual haría que este fuera 237.502.65, y el articulo 172 del código de trabajo, dice que se va a usar el salario menor, que en este caso al ser el salario de servidora domestica mayor al salario de trabajador no calificado ( 8.944.51 por dia) el mismo se multiplica por 26, osea 8.944.51 x 26 = 232.557.26; así que se usa el de trabajador no calificado.
Saludos
Buenas tardes.
Tengo una duda
Le aplicaron un embargo a mi salario creo que hasta por 1/4 parte del mismo.
Ahora mi duda es que el cálculo de salario líquido lo hacen quitando las cargas sociales y de renta y otras deducciones de ley. Pero que pasa cuando uno tiene por fuera otras deudas como préstamo de casa y carro. Y eso no entra en las deudas que uno tiene al momento de calcularle cuanto deben rebajarle a uno. A dónde y con quien debo presentar esta documentación para bajar el monto de lo embargado, si es que cabe la opción.
Gracias.
Estimado Joaquin,
En los embargos de salario, las únicas sumas rebajables son las de pensión alimentaria, otros embargos que estén de primero, y las cargas sociales, el resto de rebajos automáticos que tenga no cuentan, el calculo lo hace el patrono.
Saludos
Hola buenas noches…lo explico de esta forma para hacerlo un poco mas sencillo.
Salario Bruto: 560.000
Salario Neto: 508.000
Deduccion salarial por pension alimentaria: 220.000
Salario minimo de ley: 232.000 (monto aproximado)*
Restante: 56.000
Este es mi caso, pero la duda que tengo es si al tener embargo por pension alimentaria tambien me aplican en la formula al llegar un embargo de una financiera la deduccion del salario minimo de ley, o si en este caso no aplica?.
Gracias.
Estimado Alejandro,
En tu caso se te rebajaría primero la pensión alimentaria, las cargas sociales, y el monto de salario mínimo, y lo que quede seria un octavo, osea como 9 mil colones por mes.
Saludos
buenas noches
Si tengo un salario de 266943 colones mensuales que con los rebajos de ley queda en 242464.33 cuanto podrían embargarme
Estimado Jorge,
Un estimado de 4 mil colones por mes en tu caso.
Saludos
Hola tengo una pregunta, muy posiblemente me vayan a hacer cobro judicial o embargo mi salario, el cual es de 500 mil, yo le debo a dos entidades diferentes, también tengo una propiedad la cual tiene una hipoteca, que peligro corre mi propiedad y mi salario?
Gracias
Estimado Luis,
En tu caso seria un aproximado de 30 mil colones por mes, y recuerda que aunque tenga una hipoteca tu acreedor puede embargar el bien si así lo quiere, aunque al final no reciba nada ya que la hipoteca esta de primero.
Saludos
Gracias, una pregunta que hay de cierto que las empresas de tarjetas por ejemplo pueden comprar la deuda de la hipoteca para acceder a mi propiedad, al parecer ya tiene un practicado y no se que es? Que puedo hacer?
Estimado Luis,
Muy poco común que vayan a comprar la deuda de una hipoteca, lo que si hacen muy a menudo es enviar a remate el bien en segundo grado, y de esa forma si nadie llega al remate ellos se adueñan del bien, pero igual queda con la deuda de la hipoteca, así que no siempre es tan bien negocio…
Saludos
Hola buenos días. Mi consulta es yo tengo unas deudas y no e podido pagar mi salario es de 202.000 mensual neto si me embargan cuanto sería lo q me rebajarían x mes. Gracias.
Estimada Roxa,
En tu caso al ser tu salario menor al salario mínimo es inembargable.
Saludos
Buenas noches! Me notificaron de un embargo de parte de credomatic y lo hacen en dos partes una por dos millones y medio y otro por dos millones tres cientos, trabajo para la ccss y tengo deducciones q me hacen de planilla, otros créditos asociación solidarista y demás, me depositan mi salario en el BN, mi salario ya con esas deducciones puede ondear los 300 mil, yo hago tiempo extraordinario también y a veces tengo recargos nocturnos, el monto que dan por esas extras una vez al mes se puede ver afectado o no, y cuanto en teoría me rebajarían mas o menos por mes
Estimado Leo,
En los embargos de salario, las únicas sumas rebajables son las de pensión alimentaria, otros embargos que estén de primero, y las cargas sociales, el resto de rebajos automáticos que tenga no cuentan para el calculo, ya le monto exacto debe calcularse según el art 172 del código de trabajo.
Saludos
Muchas gracias por su respuesta y la verdad los felicito! Una consulta sacando los calculos del salario bruto-9.17- salario minimo me termina quedando en 244 000 aprox, cuanto me tendrian q rebajar aprox? Y si hago extras o recargos nocturnos eso se ve afectado tambien! Gracias y de nuevo los felicito
Estimado Leito88,
En un salario de 244 mil colones el maximo aproximado a embargar es de 2 mil colones por mes, recuerda que el calculo se hace sobre el salario bruto, y lo único que se le puede deducir es las cargas sociales, otros embargos y el salario mínimo que por ley es inembargable.
Saludos
Buenas Tardes mi Salario es de 240 Mil Mensuales, cuanto me tienen que embargar
Estimado Maickol,
En tu caso un aproximado de mil colones por mes.
Saludos
Hola discculpen tengo un cobro judicial de un crédito personal con un banco y mi salarío es de 450 mil promediado ya reportado en la orden y tengo un hijo y no tengo bienes cuánto me pueden embargar el salario y ellos como asen para cobrar las mensualidades
Estimado Tony,
En tu caso un aproximado de 25 mil colones por mes, y el juez envía el decreto de embargo a tu patrono para que el haga el rebajo de planilla.
Saludos
Y otra consulta yo actualmente trabajó para un banco eh escuchado que si llega un embargo salarial me despiden es cierto eso?
Estimado Tony,
Mientras te paguen todos los derechos que por ley corresponden cualquier patrono de empresa privada puede despedirte en cualquier momento, ya que el embargo ni tener deudas esta contemplado bajo las causales de despido justificado.
Saludos
Buenas soy un trabajador del M.E.P donde puedo ir a averguar si mi salario tiene algun tipo de embargo. Les agradesco su ayuda gracias
Estimado Robert,
Eso lo puedes averiguar con el departamento encargado del pago de salarios.
Saludos
Gracias por la respuesta tengo una duda mas! Saque mis calculos y mi seria mas o menos asi: 525000-9.17-salario minimo: 244000aprox cuanto me tendrian q rebajar, ademas como hacen en ese caso q me notificaron en dos partes empiezan a rebajar una y cuando se cancele la otra y queria saber si a la hora de hacer extras o recargos nocturnos se ven afectados tambien a la hora de rebajar?
Estimado Leo,
En un salario de 525000 el maximo aproximado a embargar es de 34 mil colones por mes, y si el salario aumenta por extras, el embargo también aumenta proporcionalmente, así que puede variar el monto de mes a mes.
Saludos
Buenas tardes :
Estimados (as)
Quisiera saberlo siguiente,tengo una deuda con una cooperativa,me rebajan de pencion 450.000 colones,100.000 de ccss,ect, mi salario es de 759.000 colones salario bruto, del restante que queda el banco popular se rebaja 15000 colones y la cooperativa 147.000 por medio de rebajo de planilla ,hable con recursos humanos y me dicen q no pueden hacer nada por que yo autorice ese rebajo.
La pregunta es la siguiente es cierto q uno puede mandar una carta desautorizando el rebajo de planilla? y a quien se le manda primero al acreedor o recursos humanos?
Y me gustaria q me explicaran como hacer la carta?
Muchas gracias-
Estimado Edgar,
Es una carta sencilla, solo con tus datos personales, y dirigida al representante de la cooperativa, diciendo que desde este momento en adelante revocas el rebajo automático de planilla, y ya con el recibido de esa carta te vas a recursos humanos y les das una copia diciendo que ya revocaste el rebajo automático.
Saludos
Buenas esperando que estén bien y dándole las gracias por permitirme realizar está consulta procedo a explicar lo siguiente yo tengo una deuda que adquirí en un almacén atrasada y ayer me llegó un mensaje de texto que decía que que me comunicará a cierto número por un proceso extra judicial en mi contra resulta que eran unos abogados que me dicen que por la deuda en dicho almacén me van a embargar el salario pero que sí les pago 250 000 no lo hacen yo no puedo pagar dicha cantidad entonces se los dije entonces me dijeron que sí llegaba a un arreglo de pago con ellos me cobraban 500 000 mil colones y tendría que pagar 20000 por quincena cosa que me queda difícil 20 000 por mes sí pero por quincena no puedo se los dije y entonces me dijeron que no , entonces la muchacha dijo que me embargarian por un millón no entiendo el xq sube tanto mi orden patronal indica que gano 326000 por mes sin rebajo de ley de ahí pago otras cuentas como un préstamo del bac san José y una tarjeta crédito de credomatic también alquiler y todo lo básico de un hogar quiero saber cuanto me pueden rebajar y xq me sube tanto la deuda sí me embargan y sí de ser embargado la deuda no genera más interés agradezco su ayuda y espero haber explicado bien gracias por su ayuda
Estimado Yorel,
En tu caso lo maximo embargable por mes es un aproximado de 11 mil colones por mes, y cuando las cuentas son elevadas a cobro judicial, las mismas aumentan bastante, porque ahí se va a cobrar la deuda original, los intereses que tenga atrasados, ademas de las costas procesales y personales de abogado, y la misma va a seguir generando intereses hasta su efectivo pago.
Saludos
hola Buenas
Una pregunta como me doy cuenta que el juzgado le esta depositando a quien me embargo , lo siguiente es por que me llamaron de una empresa que me habia embargado diciendome que el juzgado no les habia depositado que si estaba de acuerdo que me llegara un notificador para que el juzgado les depositara es esto legal,
Estimado Gerardo,
El abogado del acreedor es quien tiene que pedir al juez el giro de lo embargado, así que en tu caso lo que están tratando de hacer es tratar de notificarte para evitar que en un futuro puedas pedir la deserción del proceso en caso de que ellos lo dejen sin movimiento por mas de 3 meses, si gustas nos puedes enviar el numero de expediente para revisarlo.
Saludos
Buenas.. seria tan amable de brindarme el número telefónico donde uno puede llamar para ver si uno tiene algun cobro judicial?
Estimada Alejandra,
800-800-3000 del poder judicial.
Saludos
La consulta es esta si se embarga un salario, de tanto monto, y pagas el embargo cada fin de mes, y vas a pagar te dicen por ejemplo esto debes dos milones y algo, pero en tal cantidad de tiempo has pagado hasta la fecha casi 6 millones te dicen que debes pagar eso seis millones y lo que has pagado de embargo no te devuelven nada, te estan cobrando el doble, eso es permitido, gracias
Estimado Roger,
En realidad ahí lo que te están ofreciendo es el pago extra judicial de la deuda, y si lo pagas en realidad puedes presentar al juzgado el recibo de pago y pedir la devolución de lo embargado por cuanto la deuda fue cancelada.
Igual y cualquier cosa que hagas es bueno que sea por escrito ya que solo de esa forma puedes probar fácilmente los hechos en caso de incumplimiento.
Saludos
Gracias, el problema es este yo saque un credito hace ya casi 9 años. se me embargo el salario porque sali del pais y no pude pagar las coutas siguientes, el prestamo fue de 3 millones, cuando deje de pagar´eran como 2 600 pero resulta que cuando llego a pagar me dicen que son 6 millones 200 mil y que lo que he pagado por medio del embargo lo perdi porque son intereses sobre interes, eso es posible?, ahora si voy y pago la diferncia que dice el embargo se levanta el embargo? o debo cancelar simpre al banco? solo con lo embargado son casi 6 millones y para cancerlar son 6 200 osea es legal que deba pagar casi 12 millones??, Gracias
Estimado Roger,
Aquí habría que revisar el expediente para poderte dar una respuesta exacta de porque ha aumentado la deuda, y que se puede hacer, si gustas nos envías el numero de expediente y con gusto te lo revisamos. En los embargos, primero se va a pagar las costas procesales y personales de abogado, luego los intereses de la deuda, y al final el capital, por eso muchas veces se torna impagable la deuda.
Déjame saber
0810026102954
Estimado Roger,
Los expedientes siempre terminan con letras, y tiene un formato diferente, por ejemplo 08-015660-1044-CJ, revisa bien el numero de expediente y me avisas.
Saludos
0810026102954 CI
Estimado Roger,
Acaba de hacer la búsqueda con ese numero, parece que el numero no esta bien o sino puede ser que el mismo no esta disponible en linea.
Saludos
Buenas muchas gracias por su ayuda como siempre muy amables. Tengo la siguiente situacion deje de pagar una tarjeta de Aval hace ya casi 10 años. El día de hoy me llamo un señor de una empresa de cobros de parte del banco city ofreciendo un descuento para que pague sino que pague cuotas mensuales. Cuando le dije que yo no podía llegar a un acuerdo de pago el Sr me empezó a dar clases de honestidad y que las deudas se honran etc…. incluso me dijo que iban a seguir su proceso judicial etc y me amenazó con llamar a recursos humanos del lugar donde trabajo para informar mi situación. Como puedo actuar la próxima que me llamen si tengo tantos años con esta deuda y mi salario es de ¢211.250. 00 estas cosas me roban la tranquilidad. Gracias!!!
Estimada Lis,
Si ellos nunca te enviaron a cobro judicial, entonces en realidad no tienes mucho porque preocuparte, si te vuelven a llamar puedes hacer dos cosas 1(dígale que lo invita a enviarte a cobro judicial, para así pedir tu la prescripción de la deuda y muy felizmente cobrarle en el mismo acto las costas procesales mas daños y perjuicios. 2(puedes interponer un hábeas data pidiéndole a la sala constitucional que declare esa deuda prescrita y que le pida a tu acreedor que desista.
Ahora bien si llaman a tu lugar de trabajo o a alguna otra persona entonces eso se puede ver como acoso telefónico y también se podría actuar judicialmente.
Saludos
Buenos días, une pregunta estoy a un posible embargo salarial, mi salario es de 749000, además de los rebajos de ley también tengo rebajos por parte de la asociación de mi trabajo por un monto de 505000 por compra de casa, ese monto se puede ver afectado? Mi salario líquido es de 125000 colones cuanto sería el monto a embargarme y si puedo sufrir 2 embargos?? Gracias
Estimada Carolina,
El maximo aproximado a embargar en tu caso es de 59 mil colones por mes, y solo se puede hacer un segundo embargo si ese monto es suficiente para cubrir ambos embargos a la ves, que el 99% del tiempo el primer embargo consume todo lo legalmente embargable.
Saludos
Muchas gracias por su respuesta! Pero igual me salta la duda lo de la asociación no se verá afectado?
porque exactamente piensas que se puede ver afectada?
la verdad no sé desconozco del tema, ese monto de la asociación es rebajado de planillas directamente gracias y disculpe!
Buenos dias, mi consulta es la siguiente desde hace 3 años aproximadamente no pude cumplir con mis obligaciones con una tarjeta de credomatic, sin embargo por más de 2 años estuve cancelando como pago minimo el monto de 50.000,00 que ellos en ese momento me pidieron hasta el mes de marzo de este año lo hice, porque me llego una copia de un embargo a mi nombre por parte de credomatic en donde se dice que el embargo es por 4.900.000,00, yo me quede esperando que de Recursos Humanos me llamaran para decirme lo del embargo cosa que no ocurrio, después de 2 1/2 meses nuevamente me llamaron de credomatic para llegar a un arreglo de pago pero lamentablemente el monto que me piden no lo puedo pagar les pedí varias opciones pero no fueron aceptadas ahora me dicen que el monto del embargo sería por mas de 7.000.000,00 puede en 2 meses subir tanto los intereses, tengo el número de expediente y me metí a consultarlo, pero no dice nada en especifico, ni siquiera veo mi nombre en ese expediente, gracias y espero su pronta respuesta
Estimada María,
Seria importante revisar el expediente y verificar si realmente el monto es ese, ya que puede ser una forma de presión para asustarte, si gustas nos puedes enviar el numero de expediente y con gusto lo revisamos.
Saludos
gracia por su pronta respuesta el número de expediente es 11-026022-1170CJ, una consulta más es posible que ellos retuvieran ese primer aviso de embargo para realizar otro nuevamente..
Saludos y nuevamente muchas gracias
Buenas tarde tengo varias cuentas q están en cobro judicial, mi salario es de 334 000. Y mi contrato de trabajo es temporal,mi pregunta es q si en mi condición laboral de igual manera me pueden hacer un embargo salarial? Muchas grs
Estimada Gladys,
Correcto, y en tu caso el maximo aproximado a embargar es de 12 mil colones por mes.
Saludos
gracia por su pronta respuesta el número de expediente es 11-026022-1170CJ, una consulta más es posible que ellos retuvieran ese primer aviso de embargo para realizar otro nuevamente..
Saludos y nuevamente muchas gracias
Hola a que numero solicito los números de expediente de los embargos que tengo
Estimado Gerardo,
El numero es 800-800-3000 del poder judicial.
Saludos
Buenos días el número de expediente es el siguiente 09-024651_1012 CJ
Y el otro ya no se encuentra registrado que significa eso si era del Juzgado de Alajuela y era de Credomatic muchas gracias y bendiciones
Buenos días mi consulta es pueden embargar los bienes de mi esposa por una deuda mía, es que según me dieron hay bancos que si lo hacen quisiera saber que de cierto es esto.
Yo tengo notificados 3 embargos dos por fiador y uno como deudor
mi salario es de 240 mil por mes y soy la única
entrada que tiene mi núcleo familiar, La propiedad
la adquirió mi esposa varios años antes de que me notificaran los embargos
la casa que me tenemos es de bono y mi Madre tiene un departamento en el mismo
lote pero igual esta a nombre de mi esopsa. Mi duda y lo que me preocupa es
que si por mis deudas pueden quitarnos es propiedades ya que un abogado amigo de una compañera le dijo
que si lo pueden hacer quisiera saber es cierto eso. Agradeceria su respuesta y saber que puedo hacer.
Buenas noches y gracias siempre por su colaboración, anteriormente escribí y de Promerica es posible que tramiten un embargo de salario, tengo un mes de mora y no puedo pagar la deuda, lo que me pueden embargar es aproximadamente 12mil colones, yo tengo un crédito personal con el BNc y pago 46mil (al día), y una tarjeta del Popular en la que pago 30mil (al día también), puedo en su momento reportar esto para evitar el embargo, mi esposa tiene dos créditos hipotecarios en los que colaboro, también los puedo adicionar?
Estimado Issac,
Recuerda que los únicos que pueden ser usados para que el monto se rebaje son, la pensión alimentaria, y algún otro embargo que tenga, fuera de eso el resto de las deudas no cuentan, se haría el calculo sobre el salario bruto.
Saludos
Estimado Maickol,
Las deudas son personales así que si tu esposa no fue fiadora, no le pueden embargar nada que este a nombre de ella.
Saludos
beun día, tengo la siguiente situación: en el 2008 adquirí una tarjeta de crédito la cuál usé solo 1 vez, resulta que luego de haber realizado la cancelación correspondiente me desentendí de la tarjeta, no la usé mas.
al cabo de unos meses me llamaban para cobrar, para decirme que estaba morosa y que de no pagar se iba a cobro judicial.
llegamos a un arreglo de pago y fin de la situación.
ahora resulta, que en el mes de mayo me aparece en las deducciones de mi salario un embargo, al consultar me dicen que corresponde a esa tarjeta.
lo que quiero saber es si eso se puede hacer ya que después del arreglo de pago nunca más me volvieron a llamar o notificar algo, ni siquiera me llegó nunca un cobro judicial???
no es necesario un cobro judicial para realizar un embargo????
no deben notificar nada sobre la demanda que interpone el banco y la respuesta o sentencia a eso????
gracias!!!!!!!!
Estimada Adriana,
Recuerda que si tienes los comprobantes de pago de la deuda, tu puedes contestar la demanda oponiendo que la deuda ya estaba pagada, y pidiendo que condenen a la otra parte al pago de las costas, daños y perjuicios, cualquier cobro judicial que llega el juez le va a dar curso, y es la parte quien debe oponerse, que veo que parece ser lo que te esta pasando.
En cuanto a la notificación, recuerda que lo que te deben notificar a ti es la existencia de un expediente de cobro en tu contra, y no así el embargo, ya que ese se le notifica al patrono, para que haga los rebajos.
Por ley solo el banco popular es quien puede pedir los rebajos automáticos sin que haya cobro judicial, todo el resto tienen que hacerlo por medio de cobro judicial.
Saludos
Buenos días en este momento me encuentro embargada por el Banco Nacional esto ya hace bastante tiempo, como hago para saber cuanto debo y si si este momento yo podría llegar a algun acuerdo con el banco, como se procede? donde debo llamar para hacerlo al banco o al juzgado de Cartago en este caso??. Muchas gracias
Estimada Patricia,
En tu caso seria mejor llamar al juzgado y pedir información sobre el monto que ya se ha pagado en embargos, y de esa forma ver si ya se pago por completo, los bancos muchas veces no tiene la información tan actualizada como el juzgado que es quien recibe los dineros de embargo.
Si tienes alguna otra duda favor enviarnos el numero de expediente para poder responderte mas preciso.
Saludos
hola buenas tardes mi duda es la siguiente, tengo un embargo por tarjeta de credito desde el año 2008, osea aproximadamente 6 años, del cual aun se me esta rebajando mensualmente..se que crediticiamente estoy manchado pero mi consulta es puedo realizar un credito si me decido acancelar la deuda y levantar el embargo o ya definitivamente quedare manchado siempre y no podre realizar un credito? ahora tengo entendido que aunque allan pasado ya mas de cinco años teniendo el embargo activo no puedo hacer ningun credito es asi????
Estimado Julio,
Eso depende del lugar donde vayas a pedir el préstamo, ya que si lo que toman en cuenta es la sugef, la misma solo guarda los últimos 48 meses de tu historial crediticio, pero si la entidad donde vas a pedir el préstamo revisa otros lugares domo datum, o crediserver, puede que ellos si tengan un historial mas viejo. igual si ya has pagado la deuda es presentar en el lugar que vas a tramitar el préstamo el recibo de que eso se pago, y muchas veces eso es suficiente.
Saludos
y para realizar el pago de la deuda hay que realizarlo en le entidad financiera o por medio del juzgado? porque ya a pasado tiempo y tengo entendido que el juzgado se deja el dinero hasta ya haberse cancelado la deuda.. que pasa con el dinero del embargo que ya me han deducido mensualmente eso se pierde?
Estimados Licenciados, me apersone al juzgado para poner poner un correo electronico para que me notifiquen y no me suceda como la ultima vez que me hicieron una liquidación de intereses y no me di cuenta y me cobraron 4 años de intereses, pero me indicaron que debe ser mediante un abogado que haga una nota, es a ver cuanto vale ese servicio y si me pueden ayudar con eso
Gustavo Alfaro
Estimado Gustavo,
Te enviamos un email con la información, pero la autenticación, junto con la presentación sale en 20 mil colones.
Saludos
Estimado Julio,
Puedes negociar con tu acreedor, y pagarle directamente, lo único es que se recomienda hacer todo por escrito, y tener recibos de los dineros pagados, una ves pagada la deuda, puedes ir al juzgado demostrar que la deuda esta cancelada y pedir que te devuelvan los embargos por cuanto la deuda fue cancelada, o el mismo acreedor puede también enviar un escrito desistiendo.
Saludos
Buenas, tengo dos expedientes en el juzgado, me notificaron y al parecer dictaron sentencia, pero posteriormente realizaron una liquidacion de intereses no por el año de ley si no por todos desde que entro el proceso y al parecer tambien los aprobaron pero de eso no fui notificado, aún no me ha llegado el embargo del salario, tengo copia de los expedientes, me gustaria que me contacten o me brinden algún telefono de ustedes donde se los pueda llevar para que me los revisen, y ver que se puede hacer.gracias…
exp. 11-002563-1170-cj y 11-024406-1170-cj
Estimado Gustavo,
Del primer expediente se te envió la información al correo, del segundo expediente como también ya estas notificado y el abogado de gestionadora ha sido muy diligente en liquidar intereses, no hay mucho que se pueda hacer por el momento mas que tratar de buscar un arreglo de pago.
Saludos
Estimado Gustavo,
Al momento de que te notifiquen formalmente del expediente, tienes 15 días para oponerte y señalar lugar para futuras notificaciones, de lo contrario te dan por notificado de cualquier liquidación que hagan en 48 horas, según la ley de notificaciones.
Con gusto te podemos ayudar, si gustas nos envías el numero de expediente, y te contactaremos con detalles específicos de que se puede hacer.
Saludos
Buenas tardes estimados señores, primero que todo felicitarlos por el servicio tan excelente que brindan, mi caso es que a mi se me quemó la casa hace varios años y tuve que volver a construirla, lógicamente las tarjetas tuve que dejar de pagarlas, luego hice varios pagos pero en vista de que la deuda me la inflaron mucho y no me hicieron un justo arreglo de pago, no las volví a pagar, de eso hace como 2 años, después me estuvieron llamando con amenazas que se cumplieron ayer, el expediente es el 14-006058-1170-CJ, mis preguntas son ¿ pueden cobrarme los intereses que me están cobrando al estar inactivos los pago por tanto tiempo? ¿ es posible pedir la prescripción de la deuda por tantos años de creada la letra de cambio sin renovar?¿ Se puede pedir la prescripción por otra causa distinta ? Muchísimas gracias de antemano.
Estimados señores,tengo problemas para confirmar seguir,no puedo entrar a la página de confirmación,me podrían ayudar de todas maneras? muchas gracias de nuevo.
Estimado Jorge,
Ya te enviamos la información a tu correo.
Saludos
Yo envié una duda que tengo sobre un embargo, pero hasta ahora no he recibido respuesta. Por qué si me han llegado dudas de otras personas con su debida respuesta
Estimada Adriana,
La pregunta que teníamos tuya fue respondida anteriormente, igual aquí le adjuntamos la respuesta nuevamente que te habíamos enviando.
Recuerda que si tienes los comprobantes de pago de la deuda, tu puedes contestar la demanda oponiendo que la deuda ya estaba pagada, y pidiendo que condenen a la otra parte al pago de las costas, daños y perjuicios, cualquier cobro judicial que llega el juez le va a dar curso, y es la parte quien debe oponerse, que veo que parece ser lo que te esta pasando.
En cuanto a la notificación, recuerda que lo que te deben notificar a ti es la existencia de un expediente de cobro en tu contra, y no así el embargo, ya que ese se le notifica al patrono, para que haga los rebajos.
Por ley solo el banco popular es quien puede pedir los rebajos automáticos sin que haya cobro judicial, todo el resto tienen que hacerlo por medio de cobro judicial.
Saludos
Estimado Jorge,
recuerda que la fecha que se toma como referencia para la prescripción de la deuda es el ultimo pago que en tu caso fue el 17 de marzo del 2012, osea no han pasado 4 años desde esa fecha. Ahora bien, los intereses prescriben a 1 año, así que si podrías objetar la cuantía y pedir la prescripción de los intereses de mas de 1 año atrás, en tu caso se reducirían 441.585 colones de intereses ya prescritos si pides la prescripción de los mismos ya que no es de oficio sino a petición de parte.
Saludos
Este es el numero, gracias 0810026102954
Buenas mí consulta es la siguiente tenga un salario de 490000 y tengo deudas por tarjetas de crédito y una de las cuales mediante una gestionaria de cobro me indican que van a proceder al embargo de mí salario directamente y por un 30% del mismo es esto correcto y que el juez dictamina el monto a embargar y que es de un 30% también. Gracias
Estimada Alexandra,
En realidad en embargos de salario por deuda el art 172 del código de trabajo es quien establece el como se calcula, y ya va a depender del monto del salario bruto que tenga la persona, en tu caso seria un aproximado de 30 mil colones mensuales.
Saludos
a muchas gracias por su respuesta pero una cosa más esos 11 mil serían en 2 pagos o los rebajan de uno sólo gracias
Estimado Yorel,
Eso queda a criterio de tu patrono, usualmente los embargos los hacen por quincena en dos tractos.
Saludos
Consulta, las cargas sociales si se rebaja con el 9.17% no el 9% como he escuchado? y sobre el rebajo del salario mínimo es el salario de base de empleo doméstico ó salario mínimo según sea el puesto de la persona?
Estimada,
En este momento las cargas sociales sin contar los salarios que tengan que pagar renta, seria un 9.17%, y el salario mínimo que se toma como referencia en este momento es el de obrero no calificado que es menor al salario de la empleada domestica( así lo estipula el art 172 del código de trabajo, cuando el mismo es menor).
Saludos
Buenas tengo dos expedientes en el juzgado ya hace como 3 años, el año anterior creo que dictaron sentencia de uno y en abril de este año el otro, pero del del año anterio tambien hicieron una liquidación de los intereses pero de los tres años, aparentemente tambien los aprobaron pero nunca me llego notificación de eso, tambien no me ha llegado ni el embargo a mi trabajo ni tampoco me han embargado ninguna cuenta, aunque ahi en el expediente veo los documentos… aque se puede deber, de igual forma tengo una motocicleta que pieden embargo de la misma pero ella esta prendada a una entidad fianciera donde me dieron el prestamo para comprarla, que sucede con eso…
Me gustaria me brindaran un telefono o bien se comunicaran con migo a para ver si me pueden revisar mi caso…
expedientes: 11-002563-1170-cj , 11-02406-1170-cj
Estimado Gustavo,
Se te envió la información al correo.
Saludos
Muchisimas gracias.. de hecho me gustaria contactarlos para ver si me pueden ayudar con el traspaso que les indique y que me asesoren en un par de cosas como la declaracion en quiebra y sobre una pension alimenticia a ver como me puede ayudar eso en este caso, les respondi el mensaje vía correo electronico para ver si me pueden brindar algún numero telefonico. gracias de nuevo..
mi expendiente es 07-001425-0640-CI. muchas gracias
Estimada Karla,
Se le envió la información a su correo personal.
saludos
Estimado Gustavo,
Claro con gusto te ayudamos, te enviaremos la información por correo.
Saludos
Buenos días, hoy me llego un embargo a mi trabajo, el expediente es el 13-015689-1044-CJ, primeramente creo que se exedieron cobrando algún tipo de interés ya que la deuda era menor que la mitad de la actuak, qué puedo hacer? ? Y segundo mi salario es de 375 000 cuanto seria el monto embargable??? De antemano muchas gracias! !!
Buenos días, hoy me llego un embargo a mi trabajo, el expediente es el 13-015689-1044-CJ, primeramente creo que se exedieron cobrando algún tipo de interés ya que la deuda era menor que la mitad de la actuak, qué puedo hacer? ? Y segundo mi salario es de 375 000 cuanto seria el monto embargable??? De antemano muchas gracias! !! Ahh y disculpe me podrían enviar al correo la forma de cálculo para respaldarme en mi trabajo. . Muchísimas gracias
Estimado Diego,
Te enviamos la información a tu correo personal.
Saludos
Buenos días,
tengo las siguientes consultas:
*para el cálculo de un embargo las cargas sociales proceden con el 9.17% y no con el 9% cierto?
*además el salario mínimo que es inembargable es el salario de base de empleo doméstico o el de cada puesto como tal?
Como aplica para el siguiente salario:
Salario bruto ¢1.061 885,76
Estimada,
En este momento son 9.17% y en tu caso un 10% de renta sobre lo que supere los 752 mil colones, según el art 172 del código de trabajo, se usa el salario mínimo de domestica, pero cuando el salario de obrero no calificado es menor, que en este momento es menor, se usa ese para el calculo del embargo.
En tu caso el aproximado a embargar es de 102 mil colones mensuales.
Saludos
Hola, tengo una gran duda y preocupación, adquirí varias deudas desde que cumplí los 18 años, en almacenes, tarjetas de crédito y dos prestamos, según mis cálculos son unos 10 millones. Ahora estoy iniciando en un nuevo trabajo donde tengo un salario bruto de 375 mil colones, cuanto sería en este caso el monto a pagar x mes y cuantas deudas pagaría igual x mes.
Ademas de esto surge otra duda, si han pasado mas de 4 años y una de mis tantas deudas no se han cobrado x el rebajo de otras estas siguen en pie o prescriben???
Estimado David,
En tu caso el maximo aproximado a embargar es de 17 mil colones por mes. Las deudas en principio prescriben en 4 años del ultimo pago, o sentencia de juez, pero recuerda que eso no es de oficio, sino que a petición de parte.
Saludos
Gracias muy amable
Buenas tardes el número de expediente es el siguiente 09-024651_1012 CJ y tengo otro pregunte y ya no se encuentra registrado que significa eso si era del Juzgado de Alajuela y era de Credomatic muchas gracias y bendiciones
Gracias chicos este es el numero al menos asi lo escribieron ellos…. 0810026102954 CI
Buenas muchas gracias por la respuesta a mí consulta anterior ahora si pudieran indicarme si yo tengo una deuda atrasada.por tarjeta de crédito en el banco popular y en el.mismo.me depositan el salario.puede el popular deducirme automáticamente esta deuda de la cuenta de ahorros gracias
Qué sucede si yo había realizado un arreglo de pago pero como fue hace mucho ya no tengo el boucher? En el expediente debe estar? Y si no aparece nada ahi?
Estimada Adriana,
La carga de la prueba en este caso de que ya has pagado ya sea por medio de un arreglo u otra forma es tuya, así que si no logras probarlo entonces se seguiría con el cobro judicial normalmente.
Saludos
Estimada Alexandra,
Desafortunadamente el Banco Popular por ley si puede hacer deducciones sin necesidad de ir a compro judicial, aquí lo mas inteligente seria o sacar el dinero apenas te paguen o depositarlo en una cuenta a nombre de alguna persona de confianza.
Saludos
Buenas tardes tengo deudas por tarjetas de crédito por aproximadamente 15 millones, actualmente pago una casa que adquirí con una entidad que no son las que les debo las tarjetas. mi pregunta es la siguiente: me recomendaron realizarle una afectación familiar a la propiedad a nombre de mi esposa con el fin de que los bancos a los que les debo no puedan embargarme la casa. legalmente esta bien esta figura legal parar proteger el patrimonio de mi familia. ah y actualmente los pagos sobre la hipoteca de la casa están al dia
Estimado Johel,
Recuerda que el patrimonio familiar solo sirve para protegerse para deudas posteriores a su constitución, todas las deudas o incumplimientos anteriores si pueden ser cobradas. con gusto te ayudamos en la constitución si así lo deseas.
Saludos
Buen Dia
Soy fiador de un prestamo, la mensualidad del mismo son 70mil, el deudor tiene 3 meses en los que no paga ni lo puedo localizar, cuanto tiempo mas espera el banco para embargar el sueldo del fiador, esto es lo que quiero evitar pero si no localizo al deudor estos dias quiero saber cuanto tiempo tengo para ver somo lo pago yo para que no me embarguen.
Muchas gracias de antemano
Estimado Oscar,
El acreedor puede demandarlos por el no pago un dia después del incumplimiento, pero los bancos usualmente se esperan como 4 o 5 meses, y el proceso puede durar semanas o incluso meses dependiendo el trabajo que tenga el juzgado en su momento.
Saludos
Hola amigos de Ticoabogados,
Mi salario es mi $1980 casi como millón 85 al tipo de cambio actual.
E estado tratando de sacar el calculo de cuando seria lo que me rebajarían de planilla si me embarga el banco popular pero creo que lo e estado sacando mal por que me da 175.00 Colones.
Ustedes serian tan amables de confirmarme si este monto es correcto ? Y si no es cuanto me rebajarían.
Gracias
Estimado Marcelo,
El monto aproximado es de 106 mil colones por mes.
Saludos
buen día
sigo con dudas, hace mucho tiempo que tuve una tarjeta de crédito, a la cual llegue a un arreglo de pago para evitar llegar a cobro judicial.
el problema es que ya hace mucho tiempo de eso, el comprobante de pago ya no lo tengo.
qué puedo hacer??’
se supone que en el expediente debe aparecer ese último pago e incluso que fue un arreglo???
si no es así, qué puedo hacer???
a mí me depositan el salario a coopeande 1, en el mes de mayo me apareció un embargo, el cual entre las dos quincenas correspondió a más de 150 mil, nunca recibí notificación de esto, por qué? si desde que hice el arreglo de pago nunca más me volvieron a llamar….
Buenas tardes
Hace algunos años tuve problemas laborales y no pude seguir pagando mis dos tarjetas de crédito, perdí contacto con los bancos y el tiempo paso, por ahí me entere que después de 7 años la deuda prescribe y quedo limpio en la sujef, entonces hace un mes fui a un banco y saqué un estado de la sujef y en el solo aparecía la deuda de una de las tarjetas y que la otra que sí aparecía prescribe en septiembre del presenté año.
Precisamente el día de hoy me llaman del banco CITI que es el banco cuya deuda no aparece en el presente estado de la sujef y me dicen que me ofrecen un arreglo de pago, entonces no comprendo pues pensé que esta deuda ya no existía pues no aparece en ese reporte. Por qué no aparece ?? Y puedo hacer algo para que la deuda prescriba ????
Estimado Raul,
Recuerda que las deudas prescriben en 4 años del ultimo pago o ultima sentencia de juez si fue enviada a cobro judicial, pero no es de oficio sino que a petición de parte, y puede ser que mientras no hayas pedido la prescripción el acreedor de alguna forma te contacta para ver si le pagas…como dicen jugandose el chance, ya que con un pago se reinicia la prescripción de cero… puedes llamar al 800-800-3000 y con tu numero de cédula pedir los números de expedientes para revisarlos.
Saludos
Estimada Adriana,
Podrías revisar el expediente, pero no creo que el acreedor haya agregado el arreglo de pago, aquí mas bien lo que podrías hacer es si el pago lo hiciste en algún banco es tratar de pedir un duplicado, de lo contrario no hay mucho que puedas hacer.
La notificación de embargo de salario no te la tienen que notificar a ti, sino que a tu patrono, lo que si deben notificarte es la existencia del expediente de cobro judicial, pero igual aun antes de esta notificación oficial se puede ir embargando, ahora bien si no estas notificada oficialmente y pasan 3 meses sin que el acreedor inste el proceso, puedes pedir la deserción, para que se archive el proceso.
Saludos
Disculpen me podrían ayudar con una duda , sí tengo un embargo puedo tener en otro banco una cuenta de ahorro pues necesito ahorrar mensualmente asta alcanzar una suma de tres millones para adquirir los inmuebles de mi casa…!’ Pero me preocupa perder ese dinero.. Los embargos nos los estoy pagando pues había perdido mi trabajo y se interrumpido y se dejo de hacer ya por más de año y medio.
Estimado Miguel,
Te recomiendo que abras una cuenta de ahorros en el banco popular que es inembargable para personas fisicas, y de esa forma tienes mas seguridad que no te van a poder embargar los ahorros.
Saludos
Hola, Tengo un salario de 465,000.00 colones. Me llega un Embargo de 5millones, Segun mi calculo:
Minimo 232,557.26 –> De ley
Bruto 465,000.00 –> Sin rebajos
Rebajas sociales 42,640.50 –> 9.17%
Neto: 422,359.50 –> Bruto Menos Rebajas Sociales
Embargable: 189,802.24 –> Neto Menos el Mínimo de Ley
Cuota Mensual 23,725.28 –> Una Octava Parte del Embargable.
Es correcto afirmar que solo podrían rebajarme 23mil setecientos colones al mes por este embargo? Existe posiblidad que de este embargo me rebajaran los 189mil embargables o incluso mas que eso? He escuchado de la gente de recursos humanos que hay personas con salario minimo que les queda en $0 el salario… Muchas Gracias 🙂
Estimado Carlos,
Su calculo esta bastante bien, lo único es que si rebajas las cargas sociales, a la hora de quitarle el monto del salario mínimo, se usaría el monto del salario mínimo sin cargas sociales, porque sino estarías rebajándole doblemente el monto de impuestos. El monto aproximado a rebajar por mes es de 26400 colones, y eso seria lo maximo a embargar por mes, de lo contrario estaría erróneo y puedes reclamar la devolución de la diferencia.
Saludos
Ya me iniciación a rebajar, pero fue un monto superior. Con quien debería hablar para reclamar la diferencia? En Planillas me dijeron que el juzgado no decidia el monto del embargo, si no el patrono
Si mi salario es el minimo que establece la ley puede ser envargado
Estimado,
Si el salario es igual o menor al salario mínimo, seria inembargable.
Saludos
Buenos Dias,
Mi hermano de artista se fue y saco un prestamo con Beto le presta por $1400 y aparentemente no lo pago y ahora estan embargando la casa de mi mama a pesar que el es dueño de solamente 1/6 de la casa… el gana como 450 x mes es correcto que se fueran de una a embargar la casa o deberian de haberle caido primero con el salario… estan llamando a mi mama a cobrarle, esto es legal.
Gracias
Estimado Sergio,
Recuerda que el acreedor puede pedir varios tipos de embargo tales como embargo de salario, embargo de bienes, y embargo de cuentas bancarias al mismo tiempo, en caso de que aun no le hayan anotado la demanda en el bien, lo que podría hacer es de inmediato hacer el traspaso del derecho que tiene, de lo contrario si ya esta anotado, le pueden quitar el derecho, lo malo de esto es que aunque sea 1/6 de la propiedad recuerda que por ley ser co-propietario no es obligatorio, así que podrían pedirle al juez el remate del bien, y que se reparta entre 6.
Saludos
Buenas,
Hace 6 años tuve un accidente con un carro el cual yo todavía estaba pagando. Desde entonces me quede sin trabajo hasta hace un año que empece a laborar nuevamente y no pude efectuar mas pagos a mi cuenta. Yo trate de llegar acuerdos con el acreedor de la deuda, ya que ellos no quisieron el carro por estar dañado y eso es lo que respondía por la deuda, pero todo intento fue rechazado. Hoy me doy cuenta que se me aplico un embargo judicial a la porción de ahorro de mi cuenta de planilla y les quería preguntar que si lo que le aconsejaron a Ivannia anteriormente aplicaría para mi?
Estimada Ivannia,
Aquí lo que puedes hacer es llamar al poder judicial al 800-800-3000 y con tu numero de cédula buscar si existe un expediente en tu contra, y pedir la prescripción del caso si fue presentado mas de 4 años después del ultimo pago, recuerda que la prescripción no es de oficio, sino que a petición de parte.
Saludos
Muchas gracias
Estimado Jorge,
Habría que revisar el expediente, ya que si tu acreedor no ha estado liquidando intereses y tieen mas de 4 años del ultimo pago se podria pedir la prescripción, si gustas nos puedes enviar el numero de expediente para revisarlo.
En cuanto a tu cuenta de planilla, recuerda que el salario tiene una protección especial, así que seria cosa de enviar un escrito al juzgado autenticado por abogado explicando que era tu cuenta de planilla, y aportando las pruebas del caso y pedir la devolución del mismo.
Saludos
Bendiciones y gracias por la ayuda, tengo una nueva consulta, como antes les comenté, yo gano 340mil, el embargo aproximado de mi salario es de 12mil, que sucede si mi esposa solicitara pensión alimentaria por 50mil al mes para mi hijo, cuanto sería lo que pueden embargarme, puede ella solicitar pensión para mi hijo aunque vivamos juntos, solo para evitar el embargo?
Estimado Isaac,
Si lo puede hacer, y lo que se haría es que se calcularía el embargo por deuda después del rebajo de la pensión alimentaria en caso de que el salario siga siendo mayor al salario minimo.
Saludos
Buenos días, quisiera hacer una consulta, tengo un embargo a mi salario por una cuenta en credomatic, hace uno días recibí una notificación de pagar la suma de dinero en menos de 15 días, para cancelar la deuda, sino pasaría a embargar bienes que están a mi nombre, necesito saber como puedo hacer para obtener un poco mas de tiempo para poder cancelar la deuda, porque en esto momentos no me encuentro en condiciones de hacerlo, sin embargo mi intención es cancelarla a como de lugar, pero el periodo de tiempo que me dan es muy poco, de igual manera no recibí notificación alguna desde el inicio del embargo sobre mi salario y ahora solo me dan dos semanas de lapso para cancelar la deuda. Gracias.
Estimada María,
Si lo que recibiste fue la notificación oficial del expediente, lo que pasaría es que tienes 15 días para defenderte, ya sea objetar la cuantía, o oponerte si has pagado o si la deuda estuviera prescrita, pero si no lo haces la sentencia quedaría firme, y te seguirán embargando hasta la cancelación total de la deuda.
Saludos
Buenas,
Desde el año 2009 me enviaron a cobro judicial a la corte una deuda que adquirí con un banco. Me mandaron a embargar salario, pero hasta el momento no lo han hecho, no se si será porque mi salario liquido ha estado en 200,000 o menos, aunque el salario bruto anda por 1.200.000. Todo estos años he estado con categoría 3 ante la sugef, pero resulta que un día de estos me di cuenta que ya no aparece en el historial crediticio esa deuda y ya no estoy manchada en la sugef. Ahora tengo categoría 1. Yo no he pagado nada desde el 2009, la deuda sigue igual o mayor por los intereses. Mi pregunta es si esta deuda ha prescrito, pues me doy cuenta que a los 4 años puede preescribir. Aunque el banco ha estado siempre moviendo cosas en la corte y en agosto del 2013 solicitaron aumento de la deuda por intereses. En el banco aun me siguen llamando y con este asunto pendiente.
Quiero saber si la deuda prescribió y por eso me limpiaron ante la sugef. O debo pedir a la corte la prescripción. Aunque el expediente ha estado activo y yo también he sido notificada.
También si es posible que me vuelvan a manchar el crédito ante la sugef. Me pueden seguir el proceso de embargo aun?
Que debo hacer, por favor ayúdenme.
Muchas Gracias por su atención y este espacio tan necesario.
Ariana
Estimada Raquel,
Las manchas en la sugef las hacen los reportes crediticios que hacen los bancos o demás entidades financieras(contrario a la que la mayoría de gente piensa, las demandas de cobro no son reportadas a la sugef), ahora bien la mayoría del tiempo cuando hay un incumplimiento las entidades sacan del sistema esas cuentas cuando las envían a cobro judicial, y es por eso que no vuelven a hacer reportes a la sugef de las mismas, y como por ley sugef solo guarda los últimos 48 meses en reportes, al pasar ese tiempo tu historial en la sugef queda limpio. Claro eso no significa que en estrados judiciales el caso este muerto, sino que ahí se contaría 4 años de la ultima sentencia de Juez, y si ellos han estado haciendo las liquidaciones, eso reinicia el conteo de cero.
Si gustas nos puedes enviar el numero de expediente para revisarlo
Saludos
Buenas, gracias por su respuesta. Me gustaría revisen mi expediente pero quiero saber si se los puedo mandar de forma privada?? a que correo?
También quiero saber si ustedes llevan casos relacionados con cobros, ya que casi ningún abogado hace esto.
Gracias
Raquel
Estimada Raquel,
Te enviamos la información a tu correo electrónico.
Saludos
Buenas gracias por sus respuestas tan útiles. Les cuento que deseo pagarles a el banco que le debo el dinero y les pedí un arreglo de pago, el cual me dieron. El problema es que según recomendaciones de un conocido, no debo darles el dinero hasta que ellos me den un papel autenticado por el abogado que les lleva el caso mio en la corte. O también dice que sería mejor hacer el trato con el abogado que lleva el caso y con el escrito que él me de. Esta persona me aconseja que el escrito que me den el dia que page debe decir:
-que vaya dirigido al juzgado
-que se hace un arreglo de pago extrajudicial
-debe llevar mi nombre y número de expediente
-debe estar autenticado por el abogado que lleva el caso en el juzgado
-debe decir que se levante todos los cargos y por ultimo se archive el expediente.
El me dice que si no cumple con estos requisitos no debo pagar nada, pues es un riesgo para mi porque luego podrían cobrarme dinero de más, intereses u otros. Tal como en muchas ocasiones se ha dado en algunos bancos con varias personas. De hecho que yo conozco personas que les ha pasado cosas así, que luego no les reconocen lo pagado y les cobran más. O no les levantan los cargos y no cierran expedientes.
En el banco me dicen que no pueden hacer nada que vaya certificado por el abogado, ni que se puede ir donde el abogado que lleva el caso. Solo que hacen una carta donde dice el pago que realicé pero sin certificar ni dar más detalles. Que debo esperar unos días para que ellos envíen este documento al juzgado y se hagan los descargos. Dicen de otra forma ellos no pueden proceder pues es un protocolo que hacen con todas las personas por igual.
Qué debo hacer? Les puedo pagar así o es un riesgo?
Deseo pagarles pero como hago para que sea seguro y no tener problemas más adelante. Ayúdenme por favor por que de verdad quiero pagar, pues quiero quitarme este gran peso de encima.
Muchas Gracias!!
Raquel
Estimada Raquel,
En realidad todo arreglo o pago que haga debe hacerlo por escrito, y hojala que contenga todos esos aspectos que le dijeron, ya que son muchas las personas que pagan y al final siguen con el proceso.
Aquí lo mas inteligente seria si vas a pagar todo de una ves, que te den una certificación donde diga que la deuda esta cancelada por completo, de esa forma te curas en salud, o la otra es que hagas a través de un notario publico una oferta real de pago, para que así quede registro en escritura publica de que pagaste.
Saludos
Por ultimo les agradezco me digan si dan asesoría legal y me envíen los datos por aquí o por mi correo.
Gracias
Buenas mi pregunta es la siguiente, yo tenia un salario liquido de 45 mil colones y aun con este salario me aplicaron un embargo de 12 mil colones por quincena, y ahora por una fianza de un compañero en una cooperativa me estan rebajando 26 mil por quincena, o sea me estan rebajando todo el salario, es esto legal?
Estimado Pablo,
Recuerda que el embargo de salario se calcula tomando en cuenta el salario bruto, y no así el salario liquido, en cuanto a la fianza, no es un embargo sino una autorización de rebajo, que igual podrías revocar por escrito.
Saludos
Buenas me mandaron un mjs de embargo al celular de una tarjeta de crédito A mi me rebajan del salario ya otros prestamos cuanto me pueden rebajar si mi salario es de 380me rebajan ya 180 por mes
Estimada Maria,
En tu caso seria un aproximado de 17 mil colones mensuales.
Saludos
Hola buenas tardes, tengo 4 cuentas pendientes,las estoy pagando pero me puse cuotas yo mismo pero hoy me arrepiento porque me puse cuotas muy altas y ellos no quieren ampliarme el plazo de la deuda para dar menos yo gano 300 000 colones, al aplicarme el articulo 127 del codigo del trabajador me quedaria como salario neto 272 000, rebajando lo de CCSS, muy por debajo de mi salario minimo como guarda de seguridad que es de 287 000 a partir de ahi cuanto sera lo embargable es que no se como sacar lo embargable.
Estimado Edwin,
Según el art 172 del código de trabajo en tu caso seria un aproximado de 8 mil colones mensuales, puedes ver paso a paso el calculo en la pagina del ministerio de trabajo http://www.mtss.go.cr/preguntas-frecuentes/salario-minimo.html?pid=58&sid=386:Cmo-se-calcula-un-embargo-salarial
Saludos
Yo tengo varías deudas. Ustedes tienen oficina de atención al público ??. Excelente el sitio.
Estimado,
Se le envió la información a su correo.
Saludos
Yo tengo varías deudas, ustedes tienen oficina de atención al público? ?.Excelente el sitio web.
Gracias, se le envió la información a su correo.
Saludos
Buenas, tengo deudas de tarjetas y préstamos con varias entidades que superan mi capacidad de pago. El Banco Promerica ya me ha notificado de pasar mi caso a cobro judicial. Mi salario bruto es de 1.100.000. Si llegan a proceder a un embargo, ¿cuánto me deducirían?, ¿tendría qué seguir pagando las otras deudas si procede el embargo? Gracias.
Estimado Luis,
Según el art 172 del código de trabajo en tu caso seria un aproximado de 110 mil colones mensuales, a que te refieres las otras deudas? recuerda que el embargo no va a interferir con las deudas con los demás acreedores, y si incumples, ellos también te pueden enviar a cobro judicial.
Saludos
Saludos
Tengo 4 cuentas pendientes con coopemex/banco popular desde el 2009. La semana pasada a la empresa llegó la orden de embargo y se me comenzó a aplicar de inmediato. El dia de hoy recibí notificación de que las otras dos cuentas también van a generar embargo.
Mi pregunta es, todas las ordenes son drl mismo acreedor y del mismo juzgado pero de expedientes diferentes y quisiera saber si me van a rebajar mas por los nuevos embargos o si los embargos se van a hacer de 1 en 1 hasta cancelar los 4?
Además si mi salario mensual es de $1220 ($110.02 quitando lo de la caja) cuanto es el máximo q me pueden embargar?
Estimado Tony,
Seria importante revisar los expedientes porque si son viejos y nunca te notificaron podrías pedir la deserción, si gustas llama al 800-800-3000 y pide los números de expedientes y con gusto te los revisamos, en cuanto al embargo, en tu caso seria un aproximado de 52 mil colones mensuales, solo se puede hacer un segundo embargo si ese monto es suficiente para pagar ambos a la ves, que el 99% del tiempo no es así, y el primer embargo que llegue se paga primero indiferentemente si todos son del mismo acreedor.
Saludos
Les agradezco muchísimo la ayuda, en total son 4 expedientes (al parecer se les hizo mas practico poner cuatro demandas separadas al mismo tiempo para cargarme aun mas costas procesales), existe algún correo que pueda usar para enviar los números de expediente y las copias de las notificaciones?
esto lo puse por si alquien le quieren aplicar esto tambien art 174
Gracias por tu aporte!
Saludos
Buenos dias.
El dia de hoy me llamaron de una entidad legal (cobros) que se me esta haciendo el enbargo de salario por una deuda de una tarjeta de credito ya que no he podido hacerle frente debido a diferentes motivos uno de ellos es que mi salario ya esta enbargado por otra deuda anterior a demás de la pencion alimenticia, pero ellos me amenazan que los intereses siguen aumentando pero esto lo hacen hasta ahora despues de casi 5 años de haber dejado de pagar esta deuda, le pido porfavor su ayuda para averiguar si esto es posible y si se puede pedir la prescripcion de la deuda el expediente es el siguiente 08-002823-1044-CJ de ser posible orienteme como puedo pedir la prescripcion de la deuda o bien de los intereses.
le agradezco de ante mano su ayuda
Mi comentario es para agradecerles enormemente por este medio, por la labor que ustedes realizan al ayudarnos a personas que como a mi persona no contamos con los suficientes recursos para pagar un abogado, la labor que ustedes realizan no tiene precio y de corazón les digo que merecen un gran pero un gran reconocimiento, gracias por ayudarme a mi y a mi familia y a muchos que por medio de esta pagina hemos solucionado problemas que creíamos no tenían remedio son los mejores que Dios los bendiga siempre y les repare mucho trabajo.
Estimado Gerardo,
Con mucho gusto, estamos para servirle.
Bendiciones
Una consulta…. yo tengo una deuda q esta para embargo pero aun no ha llegado la notificacion, los abogados quieren q pague un monto q realmente es imposible de pagar ahorita y ellos dicen q no me van a recibir un pago por un monto menor…. ahora mi pregunta es, si yo hago un pago aunq sea el minimo y activo la cuenta, ellospueden proceder con el embargo o con solo el hecho de q se hagan pagos para activar la cuenta me evita el embargo? Gracias
Estimada Ángela,
Cualquier arreglo que hagas seria bueno que lo hagas por escrito, ya que si ellos después no te lo honran no tendrías como reclamar, ademas recuerda que cualquier pago reinicia la prescripción, así que en algunos casos lo que buscan es un pago para activar la cuenta, seria bueno que nos envíes el numero de expediente para revisarlo y darte una respuesta mas exacta de que hacer.
Saludos
Hola, prodian por favor revisar este expediente y dar alguna sugerencia
12 – 012186 – 1164 – CJ
necesito saber si me estan cobrando mas de la cuenta.
tambien si pueden darme su numero o correo para contactarlos.
Estimado Carlos,
Se le envió la información a su correo personal.
Saludos
Saludos
Mi pregunta sería cuantos embargos judiciales puede tener una persona en mi caso tengo 3 deudas a las cuales no les puedo hacer frente entonces quería saber si los 3 cobros se hacen al mismo tiempo
Además me dicen que me van a mandar un gestor de cobro que la verdad no sé que es yo actualmente gano el salario mínimo que es 295273
Buenas tardes amigos, muchas gracias por ayudarnos, quisiera saber si me pueden ayudar revisando este expediente: 99-100590-0386-CI es sobre un embargo, que recién el mes pasado se le está ejecutando a mi madre. Cómo ya pasó mucho tiempo, quisiera me ayudaran a ver si puedo solicitar la prescripcion de la misma.
Estimada Kenia,
Se le envió la información a su correo personal.
Saludos
Buenos días, quisiera me ayudaran con el siguiente expediente, porque despues de muchos años, recien el mes pasado recibi un embargo dr mi salario, quisiera saber si tengo posibilidades de solicitar una expiracion de deuda. Numero de expediente 99-100590-0386-CI, agradezco muchísimo su ayuda.
Estimada Kenia,
Se le envió la información a su correo personal.
Saludos
Buenos dias , quiero hacer una consulta me llego un embargo a mi salario donde nunca me notificaron nada , tengo otras cuentas que adquiri del negocio que ahora debo asumirlas y no me da el salario para pagarlas he hecho con algunos arreglos pero otros no me dan tiempo , de momento gano 600mil colones cuanto me embargarian y cuantos embargos puede tener mi salario .
gracias
Estimado Leonardo,
Según el art 172 del código de trabajo, el maximo aproximado a embargar seria de 42 mil colones mensuales, y solo se podrían hacer varios embargos si ese monto es suficiente para pagar varios embargos a la ves, lo cual el 99% del tiempo el primer embargo ya absorbe todo lo legalmente embargable, por lo cual el segundo embargo debe esperar, si gustas nos puedes enviar el numero de tu expediente y con gusto te lo revisamos y te damos una respuesta mas exacta.
Saludos
hola buenas tengo una deuda con grupo monge por 285000 estoy en cobro judicial me gustaria saber cuanto seria el monto a embargar si mi salario bruto es de 64904.64 por semana
Estimado Eladio,
Según el art 172 del código de trabajo, el maximo aproximado a embargar en tu caso es de 6 mil colones por mes, si gustas nos envías el numero de tu expediente, y con gusto te lo revisamos y te damos una respuesta mas exacta.
Saludos
Buenas noches, primero que nada gracias por la ayuda que brinda en esta página, tengo el siguiente número de expediente por lo cual me están haciendo un embargo de más de 150 mil colones, quisiera saber si puedo hacer los trámites respectivos para que la declaren prescrita. El número de expediente es 99-100590-0386-CI, por favor agradecería muchísimo la respuesta cuánto antes
Estimada Kenia,
Se le envió la información a su correo personal.
Saludos
Buenas,tengo una duda mi salario es de 400000 cuanto dinero me embargarian y si lo embargado no cubre la deuda le cobrarian al fiador la otra parte o solo me embargan mi salario.Gracias
Estimada Katty,
En tu caso el maximo aproximado a embargar es de 19 mil colones por mes, y seria decisión del acreedor si quiere embargar al fiador a la misma vez.
Saludos
saludos hace unos dias me llego el oficio a la empresa donde me rebajaran el inporte mensual de la pencion alimenticia y esto no por falta de pago mas bien obedece a una situacion o un higadazo de una dama que no se cansa de hacer da;o mi pregunta es que derechos me da el que ya se aplique asi el rebajo aparte de que ya no puede firmar ordenes de captura les agradesco la respuesta.
Estimado Joseph,
Ademas del beneficio de que ya no puedan ordenar ordenes de captura, o que ya no tengas que hacer filas en el banco para depositar, no te da en realidad ningún otro beneficio.
Saludos
agradesco la su pronta respuesta.
Pueden embargar bienes, cuentas o salarios cuando se contraen nupcias con una persona que posee un embargo salaria?. En el caso de los bienes o cuentas, fueron adquiridos previos a la union legal.
Estimada Ivannia,
Las deudas son personales así que mientras la pareja no sea fiador la misma no puede ser cobrada mas que al deudor original.
Saludos
1. Tengo un colaborador con un salario de 293.000, siguiendo el procedimiento que ustedes sugieren, la suma embargable es de 33.575 / 8 para un equivalente de 4.196 mensuales. en el caso de rebajo bisemanal esa suma es de 1900 aproximadamente, pero cuando el mes tiene 3 bisemanas, cómo se aplica ese rebajo.
2. La suma mensual a embargar es modificable cada aumento de salario?
Gracias
Estimada Katalina,
1)Puedes hacer el rebajo bisemanal y a final de mes depositas lo que se le haya rebajado, y el siguiente mes se depositaria la diferencia en caso de que el mes tenga mas de 3.
2)Correcto, el calculo se hace conforme al salario mensual, si en un mes gana mas que en otro el monto puede variar de un mes a otro.
Saludos
Buenas tardes! Tengo un salario de 434 460 colones (sin el rebajo de la Caja) y me lo van a embargar por una tarjeta de credomatic que ronda el millon de colones. Me dijo la persona que me llamó de un bufete que el embargo va a ser de 60 mil colones mensuales. Según el artículo 172 del código de trabajo eso es viable o me estarían rebajando de más?
Tengo una duda muy grande con eso y espero que me la pueda aclarar.
Muchas gracias.
Estimado Alejandro,
En realidad el monto aproximado en tu salario es de 23 mil colones mensuales, es mas puedes ver en la pagina del ministerio de trabajo, el calculo paso a paso http://www.mtss.go.cr/preguntas-frecuentes/salario-minimo.html?pid=58&sid=386:Cmo-se-calcula-un-embargo-salarial, si gustas puedes enviarnos el numero de expediente y con gusto te lo revisamos.
Saludos
Muchas gracias! Buscaré el expediente y se lo enviaré a la brevedad posible.
Buenas, mi consulta es la siguiente:
En mi trabajo actual me depositan en el banco nacional abrí la cuenta con la carta del patrono solicitando la apertura de la cuenta para el depósito del salario.
Cuando fui a retirar dinero para mis necesidades diarias me di cuenta que la cuenta estaba vacía, consultando los movimientos aparece como orden de embargo.
Como debo proceder por que según entiendo las cuentas donde se deposita el salario no se pueden embargar??
Agradezco su ayuda
Estimada Elena,
Usualmente pasan esos errores, y ahora lo que hay que hacer es enviar un escrito al juzgado explicando la situación, y aportando pruebas demostrando que era tu salario, y pedir la devolución de lo embargado por error, si gustas nos puedes enviar el numero de expediente para revisarlo y te ayudamos con el tramite.
Saludos
Buenas tardes, este es el numero de expediente que me dio el banco 12-003592-1164-CJ
Gracias!
Estimada Elena,
Según la información en su expediente, ya ha sido notificada, y su acreedor ha estado haciendo las liquidaciones de interés todos los años, así que por el momento no hay mucho que puedas hacer, seria bueno que señales tu correo para notificaciones futuras.
Saludos
Saludos
Mi pregunta sería cuantos embargos judiciales puede tener una persona en mi caso tengo 3 deudas a las cuales no les puedo hacer frente entonces quería saber si los 3 cobros se hacen al mismo tiempo
Además me dicen que me van a mandar un gestor de cobro que la verdad no sé que es yo actualmente gano el salario mínimo que es 295273
Estimado Luis,
El maximo aproximado a embargar en tu caso es de 7200 colones, y solo puede hacerse un segundo embargo si ese monto es suficiente para pagar ambos a la vez, pero el 99% del tiempo eso no es posible, así que el segundo embargo debe esperar.
Saludos
Buenas dias tengo una consulta me habian dicho que el banco popular las cuentas personas no se pueden embargar, y hacer 4 meses me pase a ese banco y el dia de hoy se me realizo un embargo de 14000 por quincena por parte de una entidad financiera, mi pregunta es que se puede hacer en estos casos, muchas gracias!!
Estimado Cesar,
Seria bueno que vayas al Banco popular y pidas explicaciones de que exactamente fue lo que paso, por cuanto se supone que las cuentas en el banco popular son inembargables, y solo el mismo banco popular es el único que podría pedir el embargo, a lo mejor fue alguna autorización de rebajo automático o algo que hayas firmado anteriormente al acreedor?
Saludos
Buenas tardes, y ustedes me podrian ayudar
Estimado Cesar,
Ve y averigua lo que te dijimos en nuestro mensaje anterior, y cuando tengas la información exacta, con mucho gusto te ayudamos a proceder como sea necesario.
Saludos
Buenas tardes ya fui al banco popular y me dijieron que si se puede embargar dicen ellos, y ya lo hicieron la entidad financiera que me realizo el embargo fue Credix.. Necesito ayuda, gracias..
buenos dias, mi consulta es la siguiente tengo varias deudas, dos de ellas ya en cobro judicial, ayer le enviaron a mi patrono la orden que da por enterado del proceso que se me sigue, mi pregunta es esa resolucion cuanto tiempo dura para que se me empiece a rebajar, y que pasa si renuncio en la empresa…..
acerca del rebajo es asi::: 300 000 mi salariao bruto – 27 510 (9,17%) Carga Social – 232 557, 26 salario minimo = 39 933/ 8= 4491 esto seria mi rebajo.
Gracias buen dia.
Estimado Edwin,
Una ves que el patrono recibe la orden de embargo, debe comenzar a aplicarla de inmediato, y si renuncias al trabajo, ahí termina el embargo en con ese patrono, y el acreedor debe pedirle al juez una nueva orden de embargo para el nuevo trabajo si quiere intentar embargarte de nuevo, si gustas nos envías los números de expediente, y con gusto te los revisamos.
Saludos
gracias y a que correo les envío el documento que me enviaron tanto a mi como a mi patrono, ahi no dice cuanto es lo que me rebajaran solo el monto del embargo.
YA LES ENVIE EL DOCUMENTO MUCHAS GRACIAS POR LA AYUDA
Hola buenas tardes otra consulta ya que me lograron embargar el salario mi pregunta es, el salario escolar tambn es embargable??? y tengo otra deuda con credix pero ya me rebajan de credomatic 28000 mensuales mi salario es de 425000 me pueden hacer otro embargo.. gracias
Estimado Cesar,
Al haberte embargado ya lo maximo que el articulo 172 del código de trabajo especifica, cualquier otro embargo debe esperar hasta que el primero sea pagado. recuerda que el salario solo se puede embargar en lo que el articulo 172 del código de trabajo especifica.
Saludos
Muchas gracias pero disculpen tanta molestia, si me pueden embargar el salario escolar?
buenos dias yo se que talvez esta pregunta no pertenece a esta seccio pero me gustaria saber cuanto dura en prescribir una deuda con un almacen como importadora monge y que debe de hacerse para que dicha deuda deje de aparacer en las operadoras de credito la deuda tuvo el ultimo pago en el 2007
Estimado,
En principio las deudas prescriben en 4 años del ultimo pago o sentencia de juez, pero igual las mismas no son de oficio, sino que a petición de parte, lo que podrías hacer es llamar al 800-800-3000 y ver si ya existe un proceso en tu contra por esa deuda, y si ya existe seria solo de pedir la prescripción de la misma, déjame saber el numero de expediente cuando lo tengas y con gusto te ayudamos.
Saludos
me gustaria saber cuanto tarda en prescribir una deuda con importadora monge la misma se dejo de pagar desde el 2007 debido a que me despidieron de donde trabajaba y 1 año despues cuando consegui trabajo y fuy a realizar un arreglo de pago me pedian que cancelara 700 mil colones los cuales obviamente no tenia ya que apenas estaba mnpezando a trabajar
Estimado,
En principio las deudas prescriben en 4 años del ultimo pago o sentencia de juez, pero igual las mismas no son de oficio, sino que a petición de parte, lo que podrías hacer es llamar al 800-800-3000 y ver si ya existe un proceso en tu contra por esa deuda, y si ya existe seria solo de pedir la prescripción de la misma, déjame saber el numero de expediente cuando lo tengas y con gusto te ayudamos.
Saludos
Buenas estimados, tengo una consulta. Hace algunos años recibí un embargo por una fianza. En aquel momento me procedieron a embargar el salario. El asunto es que me acerqué a ellos a tratar de hacer un arreglo de pago para que se saldara la deuda lo más rápido posible, a pesar de estar embargado mi salario. Por más de un año estuve depositando 120 mil colones a la cuenta que me dieron para depositar y cuando fui a pedir un estado de cuenta me llevé la sorpresa de que no habían restado los montos que estuve abonando todo ese tiempo, de hecho nadie sabía nada, no me quisieron ayudar y la deuda subió exageradamente. Yo tengo los comprobantes originales de depósito. Me siento estafado. Qué se puede hacer en esta situación?
Estimado Gerardo,
Te enviamos la información a tu correo personal.
Saludos
Estimado Gerardo,
Por esa misma razón se recomienda todo arreglo de pago hacerlo por escrito, par poder defenderte en el futuro, aquí lo que podrías hacer es con los recibos de pago pedirle al juzgado que te rebaje lo ya pagado de la cuenta, si gustas nos puedes enviar tu numero de expediente para revisarlo.
Saludos
Gracias infinitas por su labor, cuanto dinero me pueden embargar si gano 345mil x mes (sin rebajos) y estoy tramitando pensión alimentaria por 50mil?
Estimado Pablo,
En tu caso seria un aproximado de 13 mil colones mensuales.
Saludos
Buenas estimados, le agradezco su ayuda con unas consultas:
1) Que significa «Suma Máxima Sujeta a Embargos»?; es la suma total que te puede llegar a rebajar del salario, en un salario de un millón como 640 mil ?.
2) En una deuda se demanda al fiador y se le embargan los bienes y asimismo, se solicita al deudor embargo del salario por el total de la deuda, procede de esa forma?
Gracias.
Estimado José,
1) Es la suma que el código de trabajo en el art 172 establece como máxima a embargar en un salario, en tu caso el maximo aproximado a embargar es de 47 mil por mes.
2)En realidad eso queda a criterio del acreedor porque puede pedir el embargo de ambos a la ves, o solo uno según su criterio personal( algunas veces se persigue al que tenga mas bienes), y se pueden pedir embargos de salario, bienes, y cuentas bancarias a la misma ves.
Saludos
Gracias estimados,
1) Lo que comentaba es que en el cálculo la suma máxima a embargar da un monto de 640 mil y el embargo es cerca de 87 mil al mes. Lo que consultó es si ese monto de 640 mil se puede rebajar en caso de varios embargos?.
2) Pero entre los dos embargos no debería sumar la deuda o eso como se liquida?.
Gracias.
Estimado,
Según el art 172 en un salario de 640 mil, el maximo aproximado a embargar es de 47 mil colones por mes, y solo se puede hacer un segundo embargo si ese monto es lo suficiente para pagar dos embargos a la vez, lo cual el 99% del tiempo no es así, y en ese caso el segundo embargo debe esperar.
Saludos
Hola buenos días señores licenciados en leyes. Tengo una consulta , resulta que a mi patrono le llego la orden de embargo de mi salario pero ahí no aparece el monto a embargar y el o sea mi patrón dice no saber cuanto es lo que se me tiene que rebajar en un principio me dijo que era el 20% , a lo que yo le dije que no era así que al no reflejar el monto el se tenia que alegar al articulo 172. Lo cual seria asi
Salario bruto 300 000
Cargas sociales 27 510 (9,17%)
Salario mínimo 232 557, 26
300 000
– 27 510
232 557
———-
39 933/8=4991
4991 es lo embargable diganme si esta bien y que pasa si llega otro embargo. Porque de hecho llegara . Muchas gracias.
Estimado Edwin,
Como ya le estas restando las cargas sociales, entonces el salario mínimo debe ser restado sin cargas sociales.
Salario bruto 300 000
Cargas sociales 27 510 (9,17%)
Salario mínimo sin cargas sociales 211 232
300 000
– 27 510
211 232
———-
61 258/8=7657.25
Saludos
MUCHAS GRACIAS.
Buenos Dias:
Necesito su ayuda hay una empresa de cobranza que me esta acosando hasta al punto de ya causarme problemas en el trabajo, con llamadas insistentes, notificaciones por fax y amenazas de cobro judicial y hasta de problemas con la policía. Yo se que eso no se puede pero necesito ayuda legal me podrían enviar información de donde puedo tener ayuda para evitar este acoso.
Saludos,
Estimado,
Debes comenzar por grabar las llamadas dejándole saber a la persona que las estas grabando, ademas de los mensajes, faxes, y demás documentos, los puedes aportar como prueba, también las personas que hayan recibido estas llamadas en tu trabajo, usarlas como testigos, y puedes interponer un recurso de amparo, para que la sala constitucional les ordene que dejen de hacerlo, o también podrías demandarlos por acoso.
Saludos
Buen dia para todos, tengo un problema con la empresa Gestionadora de Creditos SJ. S.A la cual en estos primeros dias de julio de 2014 llamo a mi esposa ( un tercero ) y le indicaron estar tratando de localizarme para cobrar un supuesta deuda que mantiene mi persona desde hace seis u ocho años por uso de una tarjeta de credito de Servimas. le dejaron un numeros de telefono a mi esposa cuando le llamaron a su celular (2547-3253) al cual me comunique con una funcionaria de dicha empresa para consultar de que se tratana el asunto, esta persona al no poder dar claramente explicaciones al respecto me paso con un supervisor el cual me indicas que ellos tienen una supuesta deuda que mi persona mantiene por el uso de una tarjeta de credito hace seis u ocho años por un saldos de mas de ¢500,000.00 colones y que a la fecha a acumulado intereses moratorios llegando la deuda total segun ellos a mas de ¢1,500,000.00 de colones. hasta el dia de hoy yo nunca fui contactado por dicha empresa u otra sobre esta supuesta deuda o saldos en mi contra, tampoco notificado de manera alguna. Segun me indico este supervisor, al consultarle el porque nunca se me habia notificado esto , es que ellos no estan en la obligacion de informar ni notificar al deudor nada mas realizan la gestion de cobro, yo ciertamente mantuve una tarjeta como la mencionada pero fue cancelada en su totalidad precisamente hace mas de siete años y de ahi a la fecha nunca se me notifico que tuviera saldo alguno, ni me llegaron estados cuenta o documentos al respecto. Como indique esto se dio el dia de ayer 02.07.2017 la conversacion telefonica y todo lo mencionado, con este suepervisor quede que , como el no tenia la informacion de este supesto caso en mi contra a mano, lo revisaria y me estaria contactando ( le di mi numero de celular para que no diga que no puede localizarme) y en eso quedamos, la sorpresa es que al llegar a mi trabajo el dia de hoy 03.07.2014 mi secretaria me entrega un documento de aviso de cobro judicial en mi contra que enviaron al fax de la empresa para la cual laboro ( nunca habia llegado notificacion o cualquier documentos de esta tipo) esto ahora me esta causando el problema de que en la empresa que labora no toleran este tipo de cosas y esta ponindo en riesgo mi empleo. Como mencione anteriomente es cierto que tuve una tarjeta como la indicada pero la misma se cancelo en su totalidad segun recuerdo hace mas de siete años y ahora me salen de esta empresa Gestionadora de Credito con esto y este acoso , que puedo hacer al respecto.
Agradezco su ayuda , saludos cordiales.
Dagoberto A.
Estimado Dagoberto,
Envíame el numero de expediente judicial para revisarlo, ya que al ser tan viejo, puede que sea tan fácil como enviar un escrito al juzgado pidiendo la prescripción de la misma y ya, (usualmente viene en el decreto de embargo, o sino puedes llamar al 800-800-3000 y con tu numero de cédula te dan el numero de expediente).
Déjame saber
Buen día muy agradecido por su respuesta, no le puedo dar un número de expediente porque no existe ni nunca ha existido un proceso de este tipo en mi contra, estas persona recién inician con este acoso , llamadas y ayer enviaron una nota a mi trabajo que dice ser un aviso de cobro judicial y que de no comunicarme con ellos en 24 horas para llegar a un acuerdo iniciarán con el trámite de dicho proceso. Le llame par pedirles que detengan este acoso , ya que yo no adeudó nada y si fuera así nunca fui notificado ni informado de ningún pendiente y ahora me dicen esto.
Saludos cordiales.
Dagoberto Araya C. Sent From my iPad
Estimado Dagoberto,
Puedes comenzar a recopilar las pruebas del acoso, y con mayor prioridad los mensajes enviados a terceros que no son parte en este asunto, y puedes interponer un recurso de amparo pidiendo a la sala constitucional que les ordene el cese del acoso, o la otra si es una deuda de mas de 4 años y nunca la enviaron a cobro judicial, puedes pedir la prescripción a través de un hábeas data, para que la sala constitucional sea quien al final te de la prescripción de la deuda.
Saludos
Consulta, cuando a uno lo notifican de un proceso monitorio, en la demanda indica el monto adeudado ejemplo 1000, tambien indica mas el 50% de ley en este ejemplo 50 para atender futuros intereses, esto a que se refiere, si cada cierto tiempo estan haciendo liquidacion de intereses…osea se tiene que cancelar el monto adeudado mas el 50% de ley mas todas las liquidaciones de intereses que venga…gracias…
Estimado Gustavo,
Lo que pasa es que en principio el legislador lo hizo así pensando que lo maximo que en intereses la deuda podía aumentar hasta un 50%, pero la realidad es que dependiendo el interés de la misma, y los años que pasen, puede que se duplique o hasta mas.
Saludos
Ok entonces despues que termino el embargo por via de salrio de capital mas 50% de ley, me envian otro embargo por intereses, es así….??????
Estimado Gustavo,
Mientras el acreedor este haciendo las liquidaciones de interés todos los años, la deuda va a seguir aumentando hasta que se pague por completo, por eso muchas de las mismas se tornan interminables.
Saludos
Buenos días mi pregunta es la siguiente:
Ya tengo mi salario embargado x el banco nacional al monto máximo a embargar , puede el mismo banco u otra entidad embargarme mi cuenta de ahorros en ese mismo banco u otro? y otra consulta , entiendo que los ahorros en el banco popular son inembargables? y si el embargo fuese del mismo banco popular también es inembargable?
Muchas gracias
Estimado Alex,
En principio las cuentas de planilla son inembargables, así que si por error te la embargan, puedes pedirle al juzgado que te devuelva lo embargado por error, y las cuentas en el popular son inembargables mientras el acreedor no sea el mismo banco popular, ya que ellos si pueden embargar.
Saludos
Necesito ayuda. Mi salario son 550 mil colones bruto. tengo varias deudas en las que pague por ultima vez en el año 2009, pero me llego una notificación al trabajo ayer, la cual no he visto pero me llamaron xq estoy de vacacioes, indicando que me van a embargar el salario, la deuda total es de 1200.000. Varias son mis consultas: 1. cuanto me pueden embargar ya que para evitarlo me piden la cancelación total de la deuda y eso es imposible. 2. esa deuda no está prescrita? o por haber llegado esa notificación a mi trabajo ya no lo esta? 3. la prescripción de las deudas en el juzgado se pueden solicitar personalmente o es por medio de abogado? el numero que indican uds para conocer expediente en el juzgado no contesta, y me gustaría que me envíen información sobre honorarios de uds para ayudarme con esta situación.
Estimada Laura,
1)Según el art 172 del código de trabajo, lo maximo a embargar es de 36 mil colones en tu caso.
2)Recuerda que la prescripción no es de oficio, sino que a peticion de parte, habría que analizar si esta o no prescrita, voy a revisar el expediente ya que veo que me lo enviaste.
3)Se debe hacer a través de un abogado, ya que es cobro judicial y por ley solo en laboral y familia se puede apersonarse sin Abogado.
Saludos
Mi numero de expediente es 10-015060-1044-CJ
Estimada Laura,
Se le envió la información a su correo.
Saludos
Hola, buenas tardes.
Mi consulta es la siguiente: tengo una propiedad a nombre mío, la cual está hipotecada con el INVU…
Y tengo un caso en contra de embargo de salario por una deuda de 395.000 colines con credomatic… Qué aplica primero? El embargo del salario o de la propiedad?
Espero su ayuda.
Tengo el número de expediente que me dieron en el OIJ.
Gracias