En los últimos tiempos, hemos visto como muchos (as) de los (as) costarricenses, al contraer deudas y exceder su capacidad de pago, han sido víctimas del despojo de sus bienes. Lo anterior es una realidad que preocupa cada vez más, ya que pareciera que el hecho de poder comprarse una casita o un vehículo es, como decimos popularmente, “un arma de doble filo”, esto porque las Gestionadoras de Crédito están a la espera, como lobos hambrientos, de poder sacar a remate cualquier bien que se adjudique el deudor. Esto nos parece injusto, pareciera una conspiración económica que lo que pretende es hundir a la clase trabajadora.
Ante esta problemática, muchos (as) costarricenses, ya sea por recomendación y/o asesoría, han optado por crear Sociedades Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada, las conocidas “S.A.” y “S.R.L.”, con el objetivo de poder salvaguardar sus bienes evitando un eventual remate. Esta herramienta es y ha sido de gran utilidad, sin embargo, tal vez por desconocimiento o mala orientación, muchas personas han dejado de lado aspectos legales de gran importancia para su funcionamiento, tal es el caso del nuevo impuesto que se creó desde el 2011 para las Personas Jurídicas, el cual encuentra sustento legal en la Ley 9024 (Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas). En esta ley se determina el monto que debe cancelar anualmente las sociedades activas, e incluso, las inactivas. El no pago de este impuesto por 3 años consecutivos conlleva a la disolución de la sociedad, lo cual puede traer consigo una serie de efectos legales contraproducentes. Además de esto, la creación de este tipo de sociedades es más compleja, en el entendido de que se deben legalizar los libros legales, el (la) Contador (a) debe llevar un estricto control de los libros contables, debe crearse una Junta Directa, se debe nombrar Agente Residente (para los casos que aplique), siempre se debe dejar constancia en los libros cualquier acuerdo que se tome, cualquier aumento o disminución del capital social, cualquier modificación a la distribución accionaria, es decir, se deben tomar una serie de precauciones para que las mismas siempre estén vigentes y conforme a derecho.
Como herramienta adicional para este tipo de administración de bienes, se encuentra la Sociedad Civil, dicha figura no ha sido muy explotada en nuestro país, tal vez porque se desconoce su funcionamiento. A grandes rasgos, esta sociedad a diferencia de la “S.A.” y “S.R.L.”, es mucho más ventajosa, dentro de los beneficios que podemos destacar son: NO PAGO ANUAL DE IMPUESTO POR CONCEPTO DE PERSONA JURÍDICA, se puede administrar bienes de forma segura, impidiendo a los acreedores su persecución, no se debe establecer Junta Directiva, no se debe inscribir ante la Administración Tributaria como contribuyente, solamente lleva un Libro de Actas, entre muchos beneficios que definitivamente facilitan la protección de bienes a un bajo costo y fácil manejo.
Si usted tiene dudas sobre la Sociedad Civil, siéntase libre de hacernos llegar su consulta.
Nuestro Servicio es completamente gratuito, pero sera muy agradecida su colaboración voluntaria via paypal, para seguir teniendo el sitio en linea.
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O también puedes contribuir en las siguientes cuentas Bancarias
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Cuenta Banco de Costa Rica Colones
001-1956984-0
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Cuenta BNCR Colones
200-01-166-012770-0
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hace tiempo tengo el salario embargado pero perdi el trabajo por despido , me pueden embargar mis bienes
Estimado Jorge,
Recuerda que el acreedor puede pedir varios tipos de embargo a la misma ves, llámese embargo de salario, embargo de Bienes, y embargo de cuentas bancarias, asir que seria bueno que tus bienes los pongas a nombre de alguna persona de confianza o hacerte una sociedad.
Saludos
Buenos días . Veo q en tu comentario ustedes responden q las cuentas bancarias las pueden embargar . Si yo abro una sociedad y soy el representante legal . También me las pueden perseguir . También me las puede embargar ? Y por último a la hora de pedir un préstamo. Se puede hacer por medio de la S.A ? Sin q afecte la los embargos
Estimado,
Habría que ver si la sociedad es deudora de los créditos, de lo contrario si el crédito fue a titulo personal, no podrían, lo que si pueden hacer es pedir el embargo de la acciones que estén a tu nombre, pero seria tan fácil como ceder las acciones a nombre de un tercero y ya seria inembargable. Mientra cumpla los requisitos que el Banco le esta solicitando no habría porque haber problema si la sociedad es una persona distinta a usted.
Saludos
Estimado Jorge,
Si gusta nos puede enviar el numero de expediente y con gusto te lo revisamos.
Saludos
buenas Tardes
lei su comentario sobre la sociedad civil. Donde puedo conseguir mas informacion sobre la misma?
y puede una Sociedad RL convertirse en Sociedad civil?
gracias!
Estimada,
Se le envió la información a su correo electrónico.
Saludos
Hola. Les agradecería me enviaran también información sobre la sociedad civil a mi correo. Gracias.
Estimada,
Cual es su pregunta en especifico? se regula según el mil doscientos once del Código Civil.
Saludos
Me gustaria conocer mas sobre la sociedad civil, costos de constitucion, requisritos, etc. Mi Nombre es Jose Aguilar Chaves. mi madre ya esta mayour y queremos poner las cosas en regla. Obviamente crear una sociedad anonima para traspasar los bienes no es una opcion viable, pero creemos que esta si lo es. Mi correo electronico es; jaach2007@gmail.com. Muchas gracias
Estimado José,
Espero se encuentre muy bien, el costo total de creación de la sociedad civil es de $500 dolares, y tiene todas las ventajas comentadas en el foro, tal como que no debe registrarse como contribuyente, ni tampoco debe pagar el impuesto anual a las sociedades.
Requisitos es ser mayor de edad y que hayan al menos dos personas (eso es al momento de la constitución, después si quiere puede quedar solo uno).
Saludos
BUENAS
OCUPO SABER QUE PASA SI MI PAERJA ESTA INCAPACITADO YO TRABAJO Y POR CUIDAR LA BEBE LA PUEDE METER A UN BAR FAMILIAR, PUEDO SACARLA CON LA POLICIA Y PONERLE MEDIDA DE PROTECCION
Estimada Adriana,
Recuerde que las leyes en costa Rica protegen a la mujer, y a los menores 100%, así que usted puede pedir medidas cautelares cuando quiera aduciendo cualquier razón que violente sus derecho y de inmediato se la dan, ya sera el interesado que en los próximos 6 meses demuestre que las cosas no son así, y que el juez las levante si fuera el caso.
Saludos
Saludos, si uno ya cuenta con una sociedad anónima constituidad, puede redefinirla y convertirla en sociedad civil?
Estimado Victor,
Mientras este al dia con el impuesto anual a las sociedades, si se puede hacer.
Saludos
saludos y gracias por el espacio, me gustaria que me pasaran la información sobre esta figura.
Estimada,
Estimada, la puedes ver en el artículo mil doscientos siete y siguientes del Código Civil, esta enfocada para proteger bienes, ya que no sirve para ejercer el comercio.
Saludos
buenas para información completa sobre este tipo de sociedad civil….
Estimado,
La información completa de la sociedad civil la puedes ver del articulo 1207 del código civil en adelante, si tienes alguna duda con mucho gusto te ayudamos, o si necesitas crear una también déjanos saber.
Saludos
Buenas Noches,
Mi pregunta se refiere a las sociedades civiles. Si ya se tiene una SRL, que esta al dia con los impuestos anuales, y se quiere cambiarla a una soc. civil; si la SRL tiene bienes a su nombre, esto implica hacer traspasos, cambiar escrituras ante el registro? Qu eimplicaria hacer ese cambio con respecto a los bienes?
Muchas Gracias.
Estimada,
En este caso solo seria hacer la conversión de la sociedad, ya que los bienes siempre quedarían a nombre de la misma sociedad no hay que hacer traspaso.
Saludos
Y que pasa con la escritura de la propiedad, habria que hacer una nueva? Gracias!
Estimada,
En caso de que la propiedad ya este a nombre de la sociedad existente, al hacerse el cambio quedaría a nombre de la nueva sociedad civil, y no requiere traspaso, solo seria cosa de pedir un nuevo informe registral donde saldría la información actualizada.
Saludos
Buenas tardes, mi esposa y yo queremos crear una sociedad civil. Me podia mandar la informacion a mi correo? Muchas gracias.
Estimado,
Se le envió la información al correo.
Saludos
Buenas,
Sería posible proporcionar el costo y requerimientos para pasar de sociedad anónima a civil.
Gracias.
Estimado,
La creación de una sociedad civil sale en $500 dolares, y la conversión de una sociedad anónima a una sociedad civil sale en $1000 dolares por la complejidad de la escritura y por los pasos que hay que hacer.
Saludos
Buenas Tardes, tengo varias consultas en cuanto a sociedades civiles antes de cambiar mis SA´s a civiles.
1. Una de mis SA´s tiene propiedades en alquiler, mismas las cuales pagan un impuesto ante Tributacion por el alquiler, que es su giro comercial, como haria en ese caso para la transformacion ya que segun lo que lei no se inscriben en Hacienda.
2.Podria una civil tener una cuenta bancaria o una constituir hipoteca?
3.Podria una civil formar parte de un fideicomiso?
Gracias de antemano por las aclaraciones
Estimado,
1) La sociedad civil no sirve para el comercio, así que no te serviría en este caso, ya que no se puede registrar como contribuyente, usualmente es usada para proteger bienes solamente, lo que podría hacer es declarar los ingresos a titulo personal.
2)Si puede abrir cuentas bancarias, y también constituir hipotecas.
3)Habría que establecer en la escritura de creación de la sociedad civil que puede ser parte de fideicomisos, de lo contrario no.
Saludos
Buenas. Me urge que me ayude con asesoría legal. Desde solicite un crédito a una asociación Solidarista el 20 de junio del 2005 y deje de pagar mis cuota el 28 de Septiembre del 2006.
El 01 de Octubre del 2009 me llego una notificación del juzgado, desde esa fecha e trabajado en varias empresas y aún no me han realizado el embargo de salario. Me gustaría saber si ya caducó el embargo, este es el numero de expediente 07-001225-183-CI.
QUE PUEDO HACER, DONDE PUEDO ACUDIR.
Si me pueden recomerdar una oficina para mas asesoría.
Saludos
Estimado Gerardo,
Ese expediente al ser tan viejo no esta disponible en la pagina digital del poder judicial, seria bueno que vayas al juzgado y pidas una copia, para poder pedir la prescripción del caso.
Saludos
Buenas tardes
Licenciado fui al juzgado civil en san José a solicitar una copia del expediente 07 – 001225 – 183 – CI, como usted me recomendo, en el juzgado me indicaron que el expediente se encuentra archivado en medicatura forense.
Que si quiero una copia del expediente tengo que ir hasta la medicatura forense, que me recomienda y que pasos debo seguir para poder darle la prescripcion al embargo de salarios.
Saludos
Estimado Gerardo,
Se le envió la información al correo.
Saludos
Buenas. Me urge que me ayude con asesoría legal. Solicite un crédito a una asociación Solidarista el 20 de junio del 2005 y deje de pagar mis cuota el 28 de Septiembre del 2006.
El 01 de Octubre del 2009 me llego una notificación del juzgado, desde esa fecha e trabajado en varias empresas y aún no me han realizado el embargo de salario. Me gustaría saber si ya caducó el embargo, este es el numero de expediente 07-001225-183-CI.
QUE PUEDO HACER, DONDE PUEDO ACUDIR.
Si me pueden recomerdar una oficina para mas asesoría.
Saludos
Estimado Gerardo,
Ese expediente al ser tan viejo no esta disponible en la pagina digital del poder judicial, seria bueno que vayas al juzgado y pidas una copia, para poder pedir la prescripción del caso.
Saludos
Me gustaría que me ayuden y me asesoren con este otro expediente
10-028207-1044-CJ-0
Si puede me recomiendan una oficina para que me ayuden con la prescripcion de otro expediente 07-001225-183-CI.
Muchas gracias por su ayuda.
Estimado Gerardo,
Se le envió la información al correo.
Saludos
Buenas querían me sacaran una duda si en una institución publica municipalidad para ser exactos se hacen nombramientos a personas externas, sin que existan o se publiquen los .concursos externos donde todos los ciudadanos queremos participar, eso seria dejar a personas que buscan un empleo en estado de indefensión. Ya que otorgan esos puestos a gente que les deben favores. Mi consulta es si es ilegal que estas instituiones no publiquen los concursos externos. Gracias
Hola, una consulta, mi hermano tiene una casa, pero tiene muchas deudas y lo van a embargar…
Si el hace una sociedad civil a su nombre, ya la propiedad le queda protegida de los acreedores…
Osea, ningún banco, cooperativa o financiera podría embargar la casa de él?…
Muchas gracias…
No había escuchado ni leído de una sociedad civil. ¿Se podría crear con nombre numérico o solo con nombre alfabético? ¿Qué aditamento lleva después del nombre? Me explico: una sociedad anónima lleva S.A. después del nombre. Ese tipo de sociedades -civiles-, ¿podrían comprar y vender vehículos e inmuebles y tener varios a la vez? ¿Qué gana tributación con ese tipo de sociedades? ¡Muchas gracias!
Estimada Maria,
Esta contemplada en el código civil articulo 1207, como usted guste tanto numérico como alfabético, lleva Sociedad Civil (S.C), correcto puede comprar y vender bienes, pero no esta diseñada para el comercio, así que no te serviría para ejercer el comercio, sino solo para asegurar bienes, y en lo que es tributación no la inscriben ya que tal y como dije anteriormente no sirve para el comercio (a manera de ejemplo, véalo como una persona física que aunque no sea comerciante también puede comprar y vender cosas y tener cosas a su nombre, abrir cuentas en bancos, etc sin ser contribuyente).
Saludos
amigo y una casa de bono se puede enbargar aunque la propiedad este a nombre de mi señora y sea una donacion o herencia gracias por su respuesta y si ay forma de que no sea enbargable
Estimado Antonio,
Solo podrían embargarle la casa si el dueño registral de la misma es deudor o Fiador, pero usualmente cuando son bono muchas veces en el mismo acto el funcionario del estado que les dio el bono hace una habitación familiar para que los proteja contra embargos, deberías investigar en el registro como sale la propiedad.
Saludos
Me gustaria conocer mas sobre la sociedad civil,requisitos, proceso de constitución, costos, quién puede realizarlo, pasos a seguir, etc. Además de que proceso habría que seguir para traspasar propiedades y vehículos que pertenecen al núcleo familiar a la sociedad civil. Mi Nombre es Luis Rodolfo Vargas Moya. Mi correo electronico es lrvargas@costarricense.cr
Estimado,
Se le envió la información al correo.
Saludos
Buenos tardes.
Carlos es un profesional inscrito debidamente en Hacienda. Por unos servicios suyos, le entregó facturas a su cliente, (1 millón de colones). El cliente perdió las facturas y Carlos también. El contador le pide las facturas al cliente y éste a Carlos para hacer la declaración de impuestos…
Si ya no existen las facturas ¿qué se puede hacer en este caso para que se pueda presentar la declaración
de impuestos?
¿Le podría dar Carlos al cliente una factura común y corriente y ponerle el sello?
¿Cuál es la mejor alternativa dadas las circunstancias?
Estimado,
Puede volver a hacer la factura, poniéndole la fecha y la información de la anterior.
Saludos
estimados buenas:
Si uno constituye una sociedad civil,después de que los acreedores le han puesto varios embargos judiciales, se pueden meter en esa sociedad los vienes que se compren,sin que los acreedores los rematen.
Oh abría algún impedimento legal que lo impida.
Estimado Edgar,
Correcto, recuerda que la sociedad civil es otra persona inherente a ti, así que usualmente es la forma que se usa para proteger los bienes de los deudores para que no puedan ser embargados fácilmente.
Saludos
Buenas tardes, los libros de la sociedad civil se deben de legalizar o no es necesario? Como hago para que unos conocidos me cedan la sociedad y que la misma quede unicamente a mi nombre. Gracias. Mi correo es k-she@outlook.com
Estimado Carlos,
Dependerá de que tipo de sociedad sea, si es sociedad anonima, entonces lo que debe hacer en el libro de accionistas es la sesión de todas las acciones de los otros accionistas a ti.
Saludos
Cuando me refiero a los libros y la cesión, es con relación a la sociedad civil.
Estimado,
A contrario de la sociedad anónima que tiene varios libros, la sociedad Civil, solo tiene un libro para todo, así que ahí es donde se hacen todos los movimientos.
Saludos
Donde se legaliza el libro de la sociedad civil o no es necesario hacerlo? Gracias.
Estimado Carlos,
No es necesario hacerlo.
Saludos
Buenas tardes, Hace poco creé un producto y ya lo estoy vendiendo pero no estoy registrado en ningun lado, o sea, yo no tributo ni siquiera estoy asegurado, es mas soy estudiante, me han hecho la propuesta de comprar mas de mi producto y quisiera aprovecharlo para abrir una pequeña empresa para mas adelante solicitar prestamos para una casa o un lote pero me preocupa tanto impuesto. Que debo hacer? Debo abrir una sociedad anonima y abrir una cuenta a nombre de la sociedad para que cuando compren mi producto me paguen ahi o puedo abrir una sociedad civil, abrir la cuenta y que paguen ahi?
Estimado Josue,
Puedes crear una Sociedad Anónima, ya que la sociedad civil no sirve para hacer negocios, solo para proteger bienes, o la otra es que te puedes inscribir como contribuyente de forma personal en caso de que no quieras crear la sociedad.
Saludos
Muchas gracias, me podrían dar el precio para abrir la S.A., y confirmarme algo que vi en las noticias como que el impuesto ya no se iba a cobrar o que ya no iba a ser un monto estándar si no de acuerdo a la capacidad de cada empresa algo así, lo vi el miércoles.
mi inquietud es que me informaron vía teléfono que me van a mandar a cobro judicial , se me han venidos muchas cosas que se me han encontronado poder pagar los 4 últimos meses la tarjeta de crédito,el monto que debo es de 500 mil colones , a mi me pagan en efectivo y estoy asegurada ,mantengo 2 trabajos medio tiempo ,mi salario es de 280.000 y 134.000 , en este caso ellos como proceden para la embargar ?
Estimada Cristina,
En el trabajo que ganas 280 mil se le embargaría un aproximado de 2 mil colones por mes, y en el otro no se podria por ser menor al salario mínimo.
Saludos
Buenos días.
Me gustaría saber mas sobre la Sociedad Civil, requisitos, proceso de constitución, pasos a seguir, entre otros. La Sociedad Civil que quiero formar es sin fines de lucro, sin traspaso de bienes ni propiedades, sin aporte de capital, sólo es educativa y gratuita para aficionados e interesados en aprender sobre numismática e historia de las monedas internacionales.
Muchas gracias por la ayuda.
randallsart@yahoo.com
Estimado Randall,
Requisito es que sean 2 o mas personas, que las mismas sean mayores de 18 años, se puede nombrar uno o varios administradores, si esta interesado le podemos dar una cita y le explicamos el costo y demás detalles.
Saludos
Necesito hacer una pregunta sobre sociedad civil; 1-Es balido una sociedad civil ante un registro para no hacer testamento y no tener que abrir mutual y si alguno de los accionistas fallece hay que abrir mutual es que un abogado propone esto en lugar de un testamento para no tener que hacer trámites de mutual.La familia está muy confundida sobre esto y preocupa equivocarse.
Estimada,
Si es valido, ya que si los bienes están a nombre de una sociedad en caso de muerte de alguno de los socios, es tan fácil como pasar las acciones a alguien mas y como es algo interno en el libro de accionistas, no hay la mayor complicación, y no es tan oneroso como una mortual.
Saludos
Como se tramita la sociedad civil y los pro y los contra .
Estimada,
Se constituye en escritura publica, mínimo dos personas constituyéndola, puede nombrar 1 o mas administradores. dentro de los Pro, es que no se debe inscribir como contribuyente, solo se usa 1 libro, no pagar impuesto a personas jurídicas, y la contra es que no sirve para el comercio, solo para proteger bienes, aunque igual puede hacer compras y ventas, pero no usuales sino como no comerciante, etc ( a manera de ejemplo casi que lo mismo que puede hacer una persona física que no es comerciante).
Saludos
Hola me pueden enviar su teléfono y dirección.
Enviado desde mi iPad
Claro con gusto.
Saludos
Buenas tardes, tengo una consulta, en el mes de diciembre se me practico un emabrgo por un poco mas de 350.000 colones, correspondientes a una deuda con el gallo Mas gallo, cabe destacar que este monto contempla tambien el 50% adicional que cobran en estos casos, ya firme un escrito y lo pase al Gollo en donde renuncio a los 15 dias para apelar el dinero, supuestamente el Gollo ya lo presento, sin embargo me siguen llegando mensajes de cobro, incluso el dia viernes llame y pregunte que porque me seguian cobrando si ya me habian practicado el embargo y yo estuve de acuerdo con que ese dinero embargado cancelara la deuda, me indicaron en el gollo que hasta que yo no vaya a pagar eso va a seguir generando interese y que ese dinero del juzgado no cuenta.
Mi pregunta es, para que firme un documento para que eso se cancelara si me van a seguir cobrando?
gracias!
perdon, cabe destacar que no fue embargo salarial, sino de cuenta bancaria, gracias!
Lo mejor aquí seria revisar el expediente y pedirle al juzgado que gire el dinero al acreedor y de por terminado el proceso.
Saludos
Estimada,
Si el embargo judicial es quien tiene el dinero, usted con quien debe arreglarse es con el juzgado, muchas veces el acreedor ni sabe que ya el juzgado recupero el dinero, si gusta nos puede enviar el numero de expediente y con gusto te ayudamos.
Saludos
me interesa tener mas informacion sobre la sociedad civil y a lo ultimo que ha ocurrido me interesa saber si ya esta eliminado el impuesto a la sociedad anonima ya que trabajo independiente si me pueden enviar informacion al correo electronico
Estimado Gerardo,
La sociedad civil no paga dicho impuesto, y la SA este año aun debe pagar, ya el próximo año no, a menos que hagan las correcciones al debido proceso y lo vuelvan a poner.
Saludos
buenos dias, tengo una duda con respecto a las sociedad civil, si yo realizo una sociedad civil y trapaso mis bienes a la misma en caso de separacion con mi pareja, no estamos casados, vivimos en union de libre desde hace unos 8 años esta puede pedir la mitad de los bienes? o si en alguno momento contraira matrimonio y en caso de separacion igual puede pedir la mitad, ahora bien es importante indicar que todos los bienes que tengo casa, carro y propiedades los he comprado yo con mi dinero la otra persona no ha aportado nada
Gracias
Estimado,
Bienes gananciales son los que se adquieren en la relación, pero están a nombre de alguna de las partes, si esta a nombre de una sociedad no cuenta, tendría que demostrarse la mala fe, pero es algo difícil.
Saludos
Buenas tardes, la consulta es la siguiente:
Mi suegra tiene una propiedad en San Ramon, ha manifestado a sus hijos el deseo dehacerles la propiedad en donacion, sin embargo, al no rcibir respuesta de ninguno, ellla quiere saber si puede formar una sociedad civil en la cual pueda incluir esta propiedad.
Como seria el proceso y que es lo mas recomendable para ella, como quedaria esto al momento de su muerte con respecto a los hijos.
Saludos y gracias!!
Buenas tardes yo que este asunto no tiene nada que ver con propiedades per tengo una pregunta, tengo una amiga que quiere pelear la custodia de su hija, es que ella había llegado a un arreglo con la ex pareja el acuerdo era que ella tenia que verla cada 15 días y regresarla los fines de semana pero el incumplio y se la llevo para limón y ella es de Guanacaste, si ella tiene que verla entonces como hace para ir a tráela hasta alla si se va mucha plata en pasajes y después ir a regresarla otro gasto, no será mejor que ella la tenga y el que la venga a ver cada 15 días ella es la mama y siento que merece mas prioridad pero fue caso contrario le dieron prioridad a el, será que le podrán dar a ella la custodia de su hija me podría decir los procedimientos a seguir para que se logre eso…
Quedo atento a su respuesta gracias…
Estimado,
Debe plantear el incidente de cambio de guarda y crianza, y fundamentarla muy bien para que el juez lo analice, y vea si América el cambio, talvez lo que paso es que ella no se defendió bien.
Saludos
Gracias
Me parece excelente pero necesitamos conocer más al respecto de la Sociedad
Civil, pues el Abogado que tenemos nos recomienda meter una propiedad en una anónima cuya propiedad en este momento está en una Sucesión la cual no ha concluido.
Asimismo necesito saber el costo total para constituir una Sociedad Civil
Gracias
Estimada,
Lo bueno de la sociedad Civil, es que es mas fácil de manejar, ya que no hay que tributar ni nada por el estilo, y no paga el impuestos las personas jurídicas(cosa que quitaron, pero eso no significa que en cualquier momento lo puedan volver a poner), si gusta nos puede escribir al correo legal@ticoabogados.com y con gusto te damos los datos del costo.
Saludos
Buenas, tengo una consulta, aunque no tiene que ver con el tema: Cerca de mi casa hay un terreno abandonado desde hace muchos años, la basura lo inunda e incluso se a convertido en un problema para el vecindario. El dueño de la propiedad tiene varios locales y casas por San José y ni se preocupa por este. Leí que se si se llegaran a deber impuestos municipales (y se deben) yo podría pagarlos y quedaría como dueño de la propiedad al limpiarla y demas ya que se esta se encuentra abandonada. Yo no sé mucho del tema y me gustaría que me aconsejaran sobre si hay algún riesgo legal al hacer esto, gracias de antemano
Estimado,
Lo de los 10 años para obtener una propiedad por información posesoria solo aplica para propiedades no registradas, así que en este caso no aplica, lo que si puede hacer la municipalidad es rematar el bien en cobro judicial, por los impuestos que se deben en caso de que ellos quieran, y quien ofrezca en remate lo que estén pidiendo se la puede adjudicar.
Saludos
Buenas, tengo una consulta, aunque no tiene que ver con el tema: Cerca de mi casa hay un terreno abandonado desde hace muchos años, la basura lo inunda e incluso se a convertido en un problema para el vecindario. El dueño de la propiedad tiene varios locales y casas por San José y ni se preocupa por este. Leí que se si se llegaran a deber impuestos municipales (y se deben) yo podría pagarlos y quedaría como dueño de la propiedad al limpiarla y demas ya que se esta se encuentra abandonada. Yo no sé mucho del tema y me gustaría que me aconsejaran sobre si hay algún riesgo legal al hacer esto, gracias de antemano.
Estimado,
Lo de los 10 años para obtener una propiedad por información posesoria solo aplica para propiedades no registradas, así que en este caso no aplica, lo que si puede hacer la municipalidad es rematar el bien en cobro judicial, por los impuestos que se deben en caso de que ellos quieran, y quien ofrezca en remate lo que estén pidiendo se la puede adjudicar.
Saludos
Mi papá heredó de su padre una propiedad, mi mamá heredó a su vez de su padre otra propiedad, son pequeñas fincas de café que no superan la manzana. Cuando mis padres se casaron construyeron su propia casa en un sitio cercano pero diferente a las otras propiedades. Años antes de morir mi padre, se decidió hacer la repartición de los bienes entre los tres hijos, quedando el disfrute del usufructo para mis padres hasta su muerte. Uno de mis hermanos se casó y construyó su casa en una porción de la propiedad heredada de mi abuelo materno. Después este hermano enfermó y murió. Quisimos ordenar las cosas para que mi cuñada tuviera la casa, que construyó junto con mi hermano, a su nombre ya que somos una familia muy unida y no tenemos entre nosotros problemas de ningún tipo. Entonces nos dirigimos a un abogado que nos dijo que lo que correspondía hacer era abrir un proceso sucesorio. Mi hermano murió en el 2007 y acudimos al abogado más o menos en esas fechas. Mensualmente le hemos estado pagando una cantidad de ¢150.000. Después de todos estos años diciéndonos que el proceso estaba por salir, hace unos meses nos contactó para decirnos que se iba a hacer un peritaje de las propiedades. La perito que fue a hacer el avalúo nos dijo que si se hubiera solicitado hacer la valoración de las 3 propiedades juntas el costo de esto hubiera sido más bajo, pero el abogado solicitó hacerlas una por una. Ya realizado este trámite el abogado nos comunica que sus honorarios son cercanos a los 11 millones de colones, porque eso dice una tabla del colegio de abogados. Supongo que ahí concluye el proceso sucesorio, porque por aparte debemos pagar los costos de las escrituras y los traspasos y por supuesto sus honorarios por esto, así como los impuestos (que nos pide depositemos en una cuenta suya, para él hacer el pago). También nos aconseja que hagamos sociedades jurídicas para proteger las propiedades y evitar a futuro un trámite tan engorroso como este.
Mis preguntas son las siguientes:
Es válido que nos cobre de esta manera aún y cuando la perito nos dijo que la solicitud para el avalúo nos perjudicó en términos de costo? La perito nos envió varios correos pidiéndonos el pago, del cual el abogado nos dijo que se encargaba con lo que ya le hemos abonado. Además, yo se que un proceso sucesorio es largo pero no tanto, me han indicado se toma de 2 a 3 años y ahora con un sistema electrónico que hay, meses y por esta tardanza también nos ha perjudicado teniéndonos en la incertidumbre. Por todas estas razones mi confianza en esta persona se acabó y no quiero finalizar este proceso con él, por lo menos la parte de los traspasos. Tenemos que pagarle lo que nos pide? Tenemos que empezar todo otra vez? Pagar otra vez? Tomando en consideración las inconsistencias mencionadas, debería el abogado devolvernos parte del dinero? A dónde acaba el proceso sucesorio? Puede continuar alguien más o no es conveniente? En vez de una S.A. no será mejor una sociedad civil?
Estimado,
El costo de la mortual usualmente es el 10% del valor de los bienes, habría que ver que es lo que realmente ustedes firmaron con él, porque sino lo que pueden hacer es pedirle la renuncia del caso y que lo lleve otro Abogado.
Si no existen menores de edad en el caso lo mas fácil es hacerlo en la via notarial que dura un aproximado de 6 meses y todo esta listo. Si no van a ejercer el comercio con dichas sociedades es mejor las sociedades civiles, si gusta nos puede escribir al correo legal@ticoabogados.com y con gusto podemos ayudarle mas a fondo con el caso.
Saludos
Puedo renunciar de una cooperativa ya embargado
Información sobre honorarios
Estimada,
Cual seria el caso en especifico?
Saludos
Buenas me gustaria hacer una socieda civil que debo hacer ustedes me pueden acesorar gracias
Estimado,
se le envió la información al correo.
Saludos
Hola, la información esta muy clara, sin embargo tengo unas pequeñas dudas:
1- Siempre me ha gustado estar pendiente o monitoreando los bienes (muebles e inmuebles en la página del registro, por cualquier inconveniente o eventualidad. ¿Con los bienes inscritos dentro de esta figura legal, siempre se pueden realizar ese tipo de consultas para estar pendiente? es decir, ¿estamos hablando siempre de personas jurídicas, como S.A, o SRL, que cualquier persona puede constatar su existencia en un sitio de consulta pública como la que hay aquí Costa Rica?
2- Siempre que he escuchado hablar de los libros de una sociedad, me pregunto, ¿como son estos libros, que formalidades deben de tener, especialmente con los de la Sociedades Civiles?
3- En una de las preguntas que realizaron y aclararon la duda, observé que es mucho más facil manejar los temas de herencia en una sociedad civil, los cual está bien claro, sin embargo en la respuesta que brindaron ante esa consulta indicaron que el movimiento se hacía a lo interno, utilizando el libro, mi pregunta es, ¿cualquier movimiento dentro de la sociedad civil, requiere formalidades como asambleas de socios, u utras cosas que se escuchan acerca de las S.A, por ejemplo?
Para que tenga un poco más claro mi panorama, la intención de mi familia, (mi padre, madre, y hermano) es crear algo para proteger nuestros bienes, principalmente la casa y los carros, para que obviamente no sean objeto de embargos, ya que ningún miembro se dedica a actos de comercio, y queremos que cualquier deuda u obligación que contraiga cualquiera, siempre sea a título personal y no afecte los principales bienes que tanto han costado, ante esa situación quisiera saber si constituir una Sociedad Civil es lo más conveniente para mi familia.
Saludos.
Estimado,
Se le envió la información al correo.
saludos
Saludos cordiales, consulta bajo este tipo de Sociedad Civil que mencionas se pueden poner por ejemplo una casa y un carro para que no sean embargados? o abrir una cuenta en un banco para el mismo efecto? Si se ponen estos biene bajo este modelo que pasa cuando se quieran vender, funciona igual que una anonima?
Muchas gracias y los felicito por el espacio.
Estimado Mario,
Correcto si se pueden poner los bienes a nombre de la sociedad civil, y si funciona como la SA se administra a través del apoderado de la sociedad.
Saludos
Buenas tardes, me gustaría tener más información al respecto de la sociedad Civil en Costa Rica, y también algún número de teléfono…
Muchas gracias!
Estimado,
Se le envió la información al correo.
Saludos
Me gustaria conocer mas sobre la sociedad civil,requisitos, proceso de constitución, costos, quién puede realizarlo, pasos a seguir, etc. Además de que proceso habría que seguir para traspasar propiedades y vehículos que pertenecen al núcleo familiar a la sociedad civil. Mi Nombre es Luis Rodolfo Vargas Moya. Mi correo electronico es
Más información al luskcha11@gmail.com..
a nombre de Luis Chacón por favor
Estimado,
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Saludos
Estimado,
Se le envió la información al correo.
Saludos
Podrias aclararme el panorama e indicarme bajo que estructura funciona la sociedad civi, modo de transferir bienes, cambio de administradores, libros, entre otros. Gracias.
Estimado Carlos,
Se necesita dos personas como mínimo para constituirla, y la administración es por medio de uno o varios administradores, los cuales serian el o los apoderados que la administren como apoderado generalísimo, y en nombre de la sociedad pueden transferir bienes ante un notario publico, solo se lleva un libro, donde se hacen todos los movimientos necesarios.
Saludos
COMO SE LLAMA EL LIBRO, POR QUE LAS SOEDADES POR EJEMPLO, TIENEN 3 O ME EQUIVOCO.
Estimado Carlos,
En realidad solo usa un libro para todo, y puedes ver la sociedad civil en el articulo mil doscientos siete y siguientes del Código Civil.
Saludos
Hola . Tengo una duda no viene al tema . Pero me urge ayuda
Quiero comprar un carro a una persona fisica . El cual tiene prendado el carro con lafise un banco .por x cantidad
Yo al dueño registral del carro le paga una parte en efectivo y me hago cargo de la cuenta . Haciendo los pagos de la deuda . X un tiempo maximo de un año . Al finalizar el año tengo 2 opciones o pagar la yotalidad del carro o bien hacer una novacion de la deuda . De lo contrario el dueño registral me podria solicitar la devolucion del carro y la perdida de lo cancelado hasta la fecha .
El tema es que todo esto seria mediantw un contrato privado . Sin que el banco se entere pues me dice q el banco mo lo permite . Quisiera saber si es la forma adecuada de acerlo y si realmente ese contrato me respalda para q eventualmente el vendedor no quiera reportarlo como robado o quiera que se lo devuelva . Y estando a nombre de el tenga q devolverlo y perder lo cancelado
Hola una pregunta necesito terminar un sucesorio donde se va traspasar un carro a nombre mio porque mis hijos son menores de edad y yo quisiera que ellos fueran beneficiarios o de que manera puedo hacer para que no tengan que hacer de nuevo un sucesorio si a mi me llegara a suceder algo no se que decisión tomar y tengo mucha confusión y este proceso ha sido muy difícil para mi por los peritos y pagos ect…
Date: Wed, 8 Jul 2015 03:11:40 +0000 To: rodrody@hotmail.com
Estimado,
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Saludos
Buenos días.. muchas gracias por su gran aporte a los ciudadanos del país.
Quisiera hacerles unas preguntas a ver si me podrían ayudar.. 1- Un amigo y yo queremos poner una empresa de seguridad y estaba leyendo sobre las sociedades anónimas y civiles entonces para poder inscribir la empresa y tener las armas en la sociedad cual seria la mejor opción la anónima o la civil y a la vez cuales serían los requisitos fundamentales por que solo somos él y yo no se si necesitamos a alguien mas .. 2- Yo tengo un embargo de salario q esta en proceso.. una vez constituida la sociedad ellos podrían embargar algo inscrito dentro de la sociedad ya que aparece también mi nombre ??
buenas tardes como se puede transferir una propiedad hipotecada por un banco y un automóvil prendado por ejemplo a mi nombre a una sociedad civil
Estimado,
Se hace en escritura publica, soportando los gravámenes, y la hipoteca como la prenda van a seguir existiendo hasta que las mismas sean pagadas.
Saludos
Buenas con ustedes puedo confeccionar una sociedad civil . Cual seria el precio y los requisitos
Buenos dias, podria enviarme informacion sobre la sociedad civil a mi correo. Gracias
buenas me regalas mas info de la soc civil por favor…
Estimada,
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Saludos
Estimados, mi consulta es con relacion a un bien inmueble.
Registralmente estaba a nombre de mi madre, y su voluntad era poner esa proiedad a nombre de los 5 hijos por un asunto familiar, la idea era hacer una sociedad entre los 5 y tener el inmueble en dicha sociedad pero por factores de tiempo y economicos no pudimos crear dicha sociedad por lo que supuestamente se traspaso la misma a una sociedad perteneciente a uno de mis hermanos. Mi madre fallecio hace 3 años, no dejo testamento alguno. Como era la voluntad de mi madre, queriamos poner la propiedad a nombre de todos, pero mi hermano mayor, el que supuestamente tiene la sociedad a la cual se habria traspasado el inmueble y que actualmente es el unico que lo habita, no quiere hacer ningun traspaso y no le da el adecuado mantenimiento a la propiedad, la cual se deteriora muy aceleradamente.
Me di a la tarea de indagar si el inmueble esta al dia con impuestos municipales y demas pero, como se supone esta bajo una sociedad, no puede encontrar dicha informacion puesto que no se la cedula juridica ni razon social de la supuesta sociedad, incluso no se si es una S.A o S.R.L o sociedad civil
En caso de que esta sea una sociedad y no este al dia con impuestos, el inmueble correria algun peligro?
Gracias de antemano
Hola mis estimados, como ustedes saben a inicios de este año 2017, nuevamente aprobaron el impuesto a las sociedades anonimas, Yo poseo una SA en la cual reporto al MH un promedio de 6 millones de ingresos al año. Dado que el tope minimo es de 51 millones. Tendria que pagar anualmente (en enero del 2018) un aproximado de 106 mil colones. Mi SA se dedica al servicio profesional, no vendo, no exporto ni importo bienes (solo servicio). Mi duda es: podria yo convertir mi SA en una Sociedad Civil. ¿Cuales serian los pros y los contras?
Saludos cordiales
Estimado,
Si se podría convertir, pero sale mas caro la conversión de una SA que hacer una Sociedad Civil nueva, por lo cual si no tiene bienes esa sociedad creo que seria mejor disolver la SA y crear la SC.
Saludos
Buenas Tardes
Observe su publicacion y Quisiera saber como se puede crear una sociedad civil cuales son los requisitos
Gracias Saludos….
Estimado,
Se crea a través de una escritura publica, donde comparecen mínimo dos personas constituyéndola, y mínimo uno de ellos debe de representarla.
No tiene mayor requisito, solo copia de la cédula, la firma de la escritura, y pagar los impuestos de registro.
Saludos
Buenas Tardes! Como se puede disolver una sociedad de responsabilidad limitada que posee una propiedad/casa?
Estimada,
Lo mas fácil es primero hacer el traspaso del bien a nombre de alguien mas, y luego hacer el acta donde se disuelve la sociedad y protocolizarla para presentarla al registro, recuerda que para hacerlo la sociedad debe estar al dia.
Saludos
Aproximadamente cuanto es el costo de hacer ese traspaso del bien y luego disolver la sociedad y protocolizarla para presentarla al registro?
Muchas gracias!!
Estimada,
Dependerá del costo del bien, ya que el registro cobra según el valor. si gusta me envía el numero de firma o placas al correo legal@ticoabogados.com y con gusto revisamos el costo.
Saludos
Me venden un vehículo cuyo propietario es una sociedad civil y entonces la venta incluye la aceptación de esta sociedad civil? Qué cuidad debo tener en este negocio, aparte de los relacionado con la investigación de gravámenes y similares?
Gracias
Estimado,
le recomiendo que mejor haga el traspaso a su nombre del vehículo, d elo contrario si debes de hacer una revisión de que la sociedad no tenga ninguna deuda, y de inmediato hacer los cambios de directiva.
Saludos
en una sociedad civil no se legalizan libros, sólo se lleva un libro de actas. Mi pregunta es: a dónde legalizo ese libro de actas o basta con poner una razón de apertura en la primera página.
Estimada,
Dicho libro no se legaliza, solo se imprime el acta inicial y lo firman los integrantes de la sociedad.
Saludos