Es importante resaltar que la CCSS fue creada a través de la ley 17 del 22 de octubre de 1943, la cual le hizo nacer a la vida publica, como la institución que conocemos hoy en dia que con gran esfuerzo da seguridad social a todos los Costarricenses.
La prescripción de las deudas obrero patronales que los patronos contraen con la CCSS, han sido analizadas por la sala segunda en el Voto ARL-0433-07-2006, en la cual se ha dicho que las mismas se regirán por el articulo 56 de la ley de creación de la CCSS, el cual dice que en la acción civil prescribirá en el término de diez años, es por eso que tienen que pasar los diez años desde el ultimo pago para que los patronos puedan por la via judicial pedir que se extinga dicha deuda.
Es importante aclarar que las acciones penales de las cuales puede ser sujeto el patrono por el incumplimiento prescribirán en el término de dos años contados a partir del momento en que la institución tenga conocimiento de la falta.
Articulo 56 de la ley de creación de la CCSS segundo parrafo.
«La acción penal y la pena en cuanto a las faltas contempladas en esta ley, prescribirán en el término de dos años contados a partir del momento en que la Institución tenga conocimiento de la falta. El derecho a reclamar el monto de los daños y perjuicios irrogados a la Caja, sea que se ejercite la vía de ejecución de sentencia penal o directamente la vía civil, prescribirá en el
término de diez años».
Si usted tiene dudas sobre las deudas con CCSS, siéntase libre de hacernos llegar su consulta.
Nuestro Servicio es completamente gratuito, pero sera muy agradecida su colaboración voluntaria via paypal, para seguir teniendo el sitio en linea.
https://www.paypal.com/cgi-bin/webscr?cmd=_s-xclick&hosted_button_id=AV7VRNZEC99TC
O también puedes contribuir en las siguientes cuentas Bancarias
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Cuenta Banco de Costa Rica Colones
001-1956984-0
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Cuenta BNCR Colones
200-01-166-012770-0
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Hola quisiera saber de un número o correo donde escribir ya que necesito de tus servicios para trámite, mi papa heredo la mitad de la casa a mi y a mi hermano, el todavía no ha muerto pero por deuda y prevención prefiero que mi papa la cambie ya que tengo varias deudas y vengo saliendo de una donde el banco me decía que ya estaba en remate por dicha ya pude cancelarla pero tengo otras por ahí que todavía no han entrado a cobro judicial
Estimado,
Nos puede escribir al correo legal@ticoabogados.com, viendo tu caso creo que lo mas inteligente es que pongas el derecho que te dio tu padre a nombre de tu hermano o constituir una sociedad civil ponerla a nombre de tu sociedad, para poder protegerte.
Saludos
Razón tiene don Jorge López al decir que los abogados asesoran para que los deudores no paguen.
Estimada,
En realidad asesoramos a ambas partes, dependiendo la pregunta se puede asesorar para que hagan valer derechos como la prescripcion, pero si es la parte actora quien pide asesoría también se le asesora como hacer valer su derecho antes y que la prescripcion nunca llegue.
Saludos
Hola quiero saber si uno puede desligarse de estar asegurado a la CCSS mi esposo y yo tenemos una pulpería y estamos asegurados como patrono independiente ambos, mi esposo enfermó de dos hernias que le causan dolor y le cuesta trabajar por lo que se hizo cargo mi hijo conmigo de la pulpería, asistí a la caja a ver si mientras lo operaban podía suspender el seguro ya que él no está generando ingresos, y yo lo aseguraba ya que paga el de él 85000.oo y me dicen que si no cierro la patente no se puede desligar del pago de seguro, que se puede hacer en este caso, cabe un salacuartazo?
Estimada,
El problema a veces es que si das muchas explicaciones de inmediato te dicen que no (ya que no existe un retiro temporal como tal, seria permanente, y ya cuando este mejor se vuelve a asegurar), aquí lo que tienes que hacer es primero asegurar a tu esposo usando tu seguro, y luego que él se presente a que le hagan el retiro del seguro por cuanto esta asegurado por medio de ti, porque en este momento se quedo sin trabajo por su enfermedad.
Saludos
pero en ese caso me dicen que como él se aseguró por la pulpería yo debo quitar la patente
Estimada,
Haga lo que le indique anteriormente y si le siguen diciendo lo de la patente entonces, pregunte que ley, reglamento o articulo exactamente dice eso que debe quitar la patente, y de esa forma poder atacar bien el caso de raíz.
Ahí ya podría con una base solida poder atacar la ley que le estén aplicando, y para que le resuelvan, ya que tu esposo no tiene ningún ingreso en este momento al no trabajar, que le readecuen la mensualidad al mínimo.
Saludos
Muchísimas gracias, así lo haré.
Buenas noches.
Me dijeron en el Banco Nacional de Golfito que tengo manchada mi cuenta por una deuda con la CCSS, y que el expediente se encuentra el juzgado contraversional de Nicoya, resulta que nunca he salido de la zona sur.
Llamé al juzgado de Nicoya, y me dijeron que según el expediente recibí atención médica en el hospital de allá, lo cual no es cierto.
Qué puedo hacer para que le quiten la mancha a mi cuenta?
Estimado,
Seria bueno que te pongas en contacto con la CCSS para que pidas mas información de lo que realmente paso, y de inmediato hagas el reclamo en caso de que sea un error.
En cuanto al expediente judicial si gustas puedes llamar al juzgado y pedir el numero del mismo y con gusto te lo revisamos.
Saludos
Muchas gracias doctor!
BUENAS TARDES, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE EN EL 2007 YO CANCELE UNA TARJETA DE CREDITO DE SERVIVALORES, HOY RECIBI UNA LLAMADA DONDE ME ESTAN COBRABDO ESA DEUDA, LA VERDAD NO SE SI TENGO EL DOCUMENTO DE CANCELACION YA QUE FUE HACE SIETE AÑOS, PERO LA CONSULTA NO ES ESA SI NO QUE LA MUJE QUE LLAMO LE DIJE Q NO PODIA ATENDERLA XQ LLAMO A MI TRABAJO Y LE COLGE ME VOLVIO A LLAMR DICIENDO QUE ME IBA A LLAMAR TODO EL DIA Y YO LE PEDI QUE ME LLAMARA DESPUES DE LA HORA DE SALIDA Y LE COLGUE YA QUE YO ATIENDO UNA CENTRAL TELEFONICA Y NO PUEDO ESTAR RECIBIENDO LLAMDAS PERSOLES, ELLA NO HA DEJADO DE LLAMR Y YO NO PUEDO ESTAR HABLANDO CON ELLA, LE PIDO QUE ME LLAME A MI CELULAR DESPUES DE LA SALIDA DE MI TRABAJO PERO ELLA NO PARA DE LLAMAR, SE PUEDE HACER ALGO EN ESTE CASO???
Estimada,
Primero recuerda que las deudas prescriben en 4 años del ultimo pago o sentencia de juez, así que si hace mas de 4 años seria tan fácil como pedir la prescripción de la deuda (esto por cuanto la prescripción no es de oficio, sino que la parte interesada debe pedirla).
Si te sigue llamando, dile que vas a grabar las llamadas porque vas a interponer una demanda por acoso en el juzgado convencional de tu localidad (esta es la forma que la ley nos da para defendernos, ya citi y otros han sido condenados por acoso), ya que esa deuda esta prescrita, y que si gusta cobrarla que te demande en el juzgado de cobro que quiera donde con mucho gusto tu responderás la demanda pidiendo la prescripción, y cobrándole a ellos las costas del proceso mas los daños y perjuicios…
Saludos
Buenas tardes
Mi consulta es la siguiente, hace ocho años tuve una tarjeta de crédito, la cancele pero no tengo el comprobante de cancelación, y solicite un crédito en una institución y me lo denegaron porque en la base de datos privado, esa institución me tienen con una deuda que no cancele, solicite que me eliminaran de la base de datos pero solo me bloquearon la información, ya en otras instituciones me han aprobado créditos pero esta base de datos me esta perjudicando, que debo de hacer ?.
Gracias
Estimada Lucia,
Puedes pedir al acreedor original una carta de descargo donde se diga que realmente no debes nada, y con eso ir a la crediticia que te tiene manchado para que corrija la información.
Saludos
Buenos dias
La entidad bancaria es la que esta generando el problema(Citi), ya que ellos dicen que la tienen en una cartera separada, ya hice el trámite con la Prohab y me presente con el formulario la respuesta fue que la me tienen en esa cartera separada, pero nunca me tramitaron ni un cobro judicial y nada desde el 2007, pero continuan enviando esa información a esa base de datos en específico, por lo que solicite que me eliminaran no bloqueará, tendre que gestionar un tramite legal por la prescripción de la deuda, ya que pasaron más de cuatro años.
Gracias
Estimada Lucia,
En caso de que no haya proceso judicial, tendrías que pedir la prescripción ante la sala constitucional por medio de un proceso que se llama Hábeas Data, para mas información del mismo puedes ver el siguiente link http://www.ulacit.ac.cr/files/careers/21_lavadodelgado.pdf
Saludos
Muchas gracias por toda la ayuda e información.
Saludos
Hola.
Hace como 4 años yo A vendí mi a carro, la compradora B nunca hizo el traspaso y se lo vendió a otra persona C. Ahora la señora B quiere que le firme directamente el traspaso a C, ni siquiera lo conozco. Es mejor que le firme el traspaso a B como debió ser en un principio o directamente a C?
Cual es la mejor solución para no tener problemas yo, ni la compradora?
Muchas gracias!
Estimado José,
En realidad no importa por cuanto tu eres quien estaría haciendo el traspaso a la otra persona, aquí lo mas importante es quitarlo de tu nombre porque recuerda que mientras este a tu nombre eres también responsable civilmente de cualquier accidente o daño provocado por el vehículo.
Saludos
Gracias por la respuesta.
Resulta que yo no me acordaba, pero yo había firmado y la escritura la metieron en el registro, pero después no se que paso y sigue saliendo el carro a mi nombre, me dijo a la que le vendí el carro que hasta suspendieron a la abogada por no iscribir a tiempo. Ahora la abogada quiere que le firme a nombre de un tercero, quien tiene el carro ahorita. Yo creo que si hago eso me pueden acusar de fraude, por vender 2 veces el carro. La abogada me dijo que ella va solicitar al registro que retire la primera escritura sin iscribir. Eso se puede hacer?
Yo no quiero meterme en problemas.
Si se retira esa escritura sin iscribir yo puedo firmar a nombre de un tercero?
O que pasaría si vuelvo a firmar la escritura a nombre de la misma compradora? Gracias Licenciados por su ayuda a nosotros los ignorantes de las leyes.
Estimado José,
Si se puede hacer un retiro de escritura sin escribir, pero asegurate que te de un copia del retiro para que te protejas por cualquier eventualidad en el futuro ya que estas firmando nuevamente el traspaso.
Saludos
buenas tardes, quisiera saber si me podrian recomendar algun colega que me pueda ayudar con una prescripcion de deuda con la ccss y saber cual es el costo de todo el tramite. gracias.
Estimado,
Se le envió la información al correo.
Saludos
Buenas tardes
Mi consulta es la siguiente, cuanto es el tiempo que toma un recurso Habeas Data en la sala cuarta para que den respuesta para dar por prescrita una deuda con más de cuatro años?
Gracias
Estimado,
No existe un tiempo exacto, pero si puede durar varios meses.
Saludos
Gracias
Saludos
Buenas tardes.
Mi consulta es la siguiente: Tenemos una sociedad que está morosa con CCSS. Mi esposa y yo figuramos como representantes. La sociedad no tiene propiedades. Pero puede la CCSS embargar nuestra casa que está a nombre de mi esposa ??
Estimado,
En realidad si la deuda es de la sociedad, solo podrían perseguir a la sociedad, pero si la deuda tiene menos de 2 años recuerda que según el articulo 56 del la ley de creación de la CCSS los podrían perseguir penalmente.
Saludos
Gracias. Penalmente por cual delito ?
Estimado Carlos,
Ley de creación de la CCSS Artículo 45.- Constituye retención indebida y, en consecuencia, se impondrá la pena determinada en el artículo 216 del Código Penal, a quien no entregue a la Caja el monto de las cuotas obreras obligatorias dispuestas en esta ley.
Saludos
Buenas Noches , hace tres años tenia una sociedad para la empresa que laboraba nos obligaron a inscribirnos como patronos o sea yo era empleado y patrono , cuando deje de laborar al parecer ellos se encargaban de cerrar todo y ponerla al dia pero no fue asi.
Por casualidad me entere que tengo un proceso ya que la sociedad esta morosa de igual manera esa sociedad no factura ni nada desde hace dos años .
Que me recomiendan que puedo hacer ya que es un monto muy elevado me indicaron que me podrían ayudar anulando algunos meses pero no se que hacer???
muchas gracias
Estimada,
Se le envió la información al correo.
Saludos
Buenas tardes
Mi consulta es la siguiente: hace unos años forme parte de una junta directiva de una sociedad, secretaria, resulta que ya no trabajo en esa empresa, estoy solicitando un crédito, y en una base de datos como aparezco como secretaria me estan denegando el crédito porque la sociedad aparece morosa, pueden involucrarme con esa situación sin ser uno el dueño de la empresa, que me recomienda hacer para que esta situación no me perjudique.
Gracias
Estimada Andrea,
Vaya a dicha sociedad y pida que la saquen de la junta directiva.
Saludos
Si la sociedad esta atrasada en el pago del impuesto a las sociedades o tiene un cobro judicial puede afectarme en mi record crediticio ante sugef?, y les solicito que me saquen de la junta directiva y me entreguen una carta que haga constar que me sacaron?
Gracias
Estimada Andrea,
Talvez no directamente en sugef, pero si en te puede afectar en tu record crediticio ante crediticias privadas, lo mejor es que te saquen de la directiva y escriban los cambios en el registro nacional.
Saludos
Muchas gracias por su ayuda.
Saludos
Hola,tengo una deuda con la CCSS(por seguro voluntario como trabajador autonomo) desde noviembre del 2005 y me entere en noviembre del 2012. Ya que vivo fuera de Costa Rica.
Estoy obligado a pagar la deuda(ya que vivo fuera de Costa Rica desde Junio del 2006) y si estuviera obligado si caduca.Gracias de antemano,Gio.
Estimado,
Las deudas con la CCSS prescriben en 10 años.
Saludos
Gracias
Con gusto
Buenos días… que significa que prescriben?
Tengo el mismo problema, agradezco si me ayudan.
Hace uno año me vine para USA y me quedé aquí… Yo solicité seguro voluntario en 2016,.
Según tenía entendido al no pagar este seguro por 6 meses el mismo se bloqueaba, pero me dicen que a veces te siguen cobrando y crece la deuda… Yo actualmente sigo fuera del país y no voy a regresar pronto… Me preocupa que cuando vuelva tenga que pagar muchísimo dinero😟 hay algo que pueda hacer para resolver mi situación desde aquí?? Muchas gracias…
Estimado,
Significa la muerte de la deuda por via de ley, ya que en CR las deudas mueren por el pago o por el trascurso del tiempo por via de ley llamado prescripción.
Lo mejor que puedes hacer cuando regreses al país es ir a migración y pedir una certificación de entradas y salidas del país y así pedir la anulación de los cobros de las fechas en que no estabas en el país. si dejaste algún apoderado en CR, este podría hacerlo por ti desde ya, y pedir que no facture mas.
Saludos
Saludos
buenas yo tengo una deuda por seguro voluntario con la caja desde el 2003 en estos dias fui a la caja y ya pasaron los diez años pero igual me cobran un monto,
mi pregunta es. que debo hacer para resolver eso y si despues me puedo afiliar otra vez
Estimado,
Si ya la demanda esta presentada en el juzgado de cobro, lo que debes de hacer es pedir la prescripción de la misma en escrito autenticado por Abogado.
Saludos
Buenas tengo una consulta, en el 2012 presentaron un demanda de cobro de una tarjeta de crédito a nombre de una sociedad anónima donde soy el representante legal, a diciembre del 2014 hago la consulta en linea del expediente y aparece abandonado el caso como abandonado, cuál es el procedimiento para darlo por prescrito?
Estimado Roger,
Si ya pasaron 4 años desde el ultimo pago, puedes pedir la prescripción en escrito autenticado por abogado, aportando personería de que eres el representante.
Si necesita ayuda, con mucho gusto te ayudamos.
Saludos
Muchas gracias, puede enviarme su número de telefóno.
Saludos
buenas tardes, quisiera saber si me podrian recomendar algun colega o sus personas que me pueda ayudar con una prescripcion de deuda con la ccss y saber cual es el costo de todo el tramite. gracias.
Estimado Denis,
Claro con mucho gusto te ayudamos, se le envío un correo con la información.
Saludos
Estimados, les felicito por brindar este espacio de gran ayuda a la comunidad, mi anecdota y consulta en material legal, mi padre de 89 años, quien compro en el 97 hace 17 años varios terrenos rurales pequeños segregados directamente de una finca madre a nombre de una asociacion comunal, todo el proceso paso con normalidad hasta que a finales del 2005 decidio donarlos a mi Hermana como parte de herencia, el estudio registral realizado en ese momento por nuestro abogado por medio de internet salio todo bien y libre pero cuando se ingreso la solicitud de donacion al registro publico salio una advertencia administrativa donde indica que hay una finca con el mismo numero de plano pero con otra matricula de folio real, y peor aun el registro cambia arbitrariamente la fecha de la advertencia hecha en el 2006 con fecha del 97 por la cual el proceso de donacion quedo congelado. Luego de numerosas consultas y tramites con varios abogados y al registro mismo sin ninguna conclusion concreta. Ante dicha impotencia como hijo me di la tarea de investigar la secuencia de los hechos de lo ocurrido a fondo con sus respectivos documento de soporte como sigue, 1) la asociacion sesiona en 97 segrega de una finca madre y vende un grupo de lotes a varios vecinos, entre ellos los terreros de mi padre 2) en el 98 el presidente de la asociacion vuelve a sesionar por ultima vez y segrega una gran cantidad de terrenos de la misma finca madre (mas de 100) con matriculas nuevas pero muchas con numeros de planos ya existentes duplicados y de seguido deja disorverse la asociacion sin antes traspasar a la vez la mayoria de esos lotes a una sociedad anonima y dejando otros sin traspasar, todos esos terrenos son continuos y de la misma medida, 3) nuestro abogado que solicito la donacion inciste que es un error por que en ese momento el catastro no estaba enlazado al registro, y no le dio solucion en 4-5 años, luego de la documentacion que hice me parece que fue un estereonato pero en todo caso ya esta prescrito, 4) de los cinco terrenos rurales en conflicto de duplicidad de mi padre tres fueron traspasados a la sociedad mencionada anteriormente y 2 quedaron a nombre de la asociacion original, 5) segun el registro publico esa asociacion ya no existe y para revivirla hay que buscar a 10 exintegrantes de las que no conocemos para resolver el enredo, el expresidente de la asociacion no le interesa ayudarnos y es esquivo en todos estos años,5) De momento ya recuperamos 3 terrenos de los cinco que fueron traspasados a la sociedad anonima mediante la recompra, si bien fue por un precio menor de mercado a sabiendas el apoderado de la sociedad anonima que por error se le dio ese terreno tuvimos que pagar nuevamente por algo que es nuestro, 6) El problema actual son los dos terrenos que quedaron a nombre de mi padre con plano repetido a nombre de la asociacion ya inexistente y que fue segregado posteriormente,(escena clara de que la asociacion cometio un error luego no tuvo ingerencia y dejo botado el problema a la gente que les compro de Buena fe ), no se han podido recuperar o al menos eliminar su respectiva advertencia administrativa durante ya casi 8-9 años, y por la edad de mi padre y desconocimiento legal, el temor de la familia es si mi padre tendra suficiente tiempo en vida para ver solucionado este asunto, cabra algun recurso de amparo? hay alguna otra estrategia real de resolver este asunto en el corto o mediado plazo? el proceso judicial en costa rica es demasiado largo, estamos luchando con un fantasma una asociacion inexistente que no tiene intereses de por medio, y aun asi no hay avance, abogo por su ayuda y sugerencias, muchas gracias.
Estimado Miguel,
Desafortunadamente aquí lo que toca es esperar a que el poder judicial resuelva, y lo que le recomiendo que haga es que tu padre haga un testamento donde especifica a quien va a dejar los bienes, de esta forma si él los dejara, el que quede como albacea puede continuar el proceso.
Para interponer un recurso de amparo se le debe estar violentando un derecho fundamental, así que no muy probablemente no le prospere, si lo trata de hacer por ese lado.
Saludos
Buenas… Quisiera saber al cuanto tiempo prescriben las deudas por atención hospitalaria…
Mi compañero tuvo un accidente en la madrugada del 17 febrero 2013; en ese tiempo él trabajaba en un supermercado y cierran planilla el 15 (o algo así es, no entiendo muy bien de esas cosas)…
Se supone según me han dicho el patrono debía volver a incluirlo en planilla el lunes 18 pero al saber que se había accidentado no lo incluyó por tanto el seguro no le cubrió la atención que recibió y los días que estuvo hospitalizado, por lo que la caja de cobró casi 4 millones de colones por la atención y las operaciones realizadas…
Entonces mi consulta hasta donde el patrono actuó de mala fe al no incluirlo (y si fue así que se podría hacer al respecto???) o hay algún tiempo al igual que con las ordenes patronales que cuando vencen aun tienen validez por tres meses para consultas medicas…
Y para también saber a que tiempo prescriben esta clase de deudas…
Muchísimas gracias!!!
Estimada,
Si el trabajaba para dicha empresa el patrono debió tenerlo reportado, y si no lo hizo la CCSS le debe de cobrar dicho monto al patrono por no hacerlo, las deudas con la CCSS prescriben en 10 años.
Saludos
Muchas Gracias… Y que se puede hacer ahora si la Caja pasó la factura o la esta cobrando al asegurado y no al patrono… Se puede hacer algo a estas alturas???
Gracias
Estimada Magally,
Ir a explicar a la CCSS que él era empleado de esa empresa, y que se hagan las correcciones correspondientes.
Saludos
Muchísimas gracias… Eso haremos cualquier cosa les escribo para ver como nos fue… O para molestar nuevamente… Gracias…
Con gusto.
Saludos
Buenas… Queremos agradecerles de todo corazón porque sin su orientación no hubiéramos logrado que anularan esas facturas…. Ya lo logramos…. Infinitamente agradecidos… Magally
Estimada Magally,
Con mucho gusto, me alegra mucho que le hayamos podido ayudar.
Bendiciones
Saludos, si el 14/04/2011 un inspector de la c.c.s.s efectua una visita al centro de trabajo y llena el acta de recuento de trabajadores y el supuesto empleado la firma sin entender que está firmando, por lo que se genera el 28/09/2011 la planilla adicional por el mes de la visita, después de muchas apelaciones sin prosperar. Pero el 22/11/2014 nuevamente el inspector deja una notificación en la que pretenden cobrar los meses anteriores al mes de la visita recabados en el recuento de trabajadores del 14/04/2011. Pregunto, ¿Éste nuevo cobro habrá caducado por tener más de 2 años de estar en conocimiento de la c.c.s.s?
Estimada Wendy,
La acción penal prescribe en 2 años, pero la civil para poder cobrar prescribe a los 10 años, según la ley de creación de la CCSS.
Saludos
Estimados Abogados:
Saludes, mi caso es el siguiente: si tengo una deuda con la CCSS, por seguro independiente ya que tengo una micro empresa y soy la representate legal de la sociedad, que pasa si me registro en la planilla de la empresa como trabajador. Sera que la CCSS esta obligada a darme el servicio ya que lo esta pagando la empresa y yo como trabajador.
Estimada Karen,
Cuando te dan la orden patronal de trabajador, con la misma puedes ir a la CCSS para que te quiten la de trabajador independiente.
Saludos
Muchas gracias… admiro su trabajo
Yo tengo a mi esposa asegurada, la pregunta es que si yo muero, ella podrá seguir haciendo uso de los servicios de la CCSS?
Estimado,
Recuerda que se seguro depende de cada pago que haces mensualmente, ya sea por que tu patrono te aseguro o porque tu voluntariamente te aseguraste, así que en caso de que mueras el seguro termina hasta el plazo donde hayas pagado.
Saludos
Hace unos 3 años en un trabajo anterior que tenia, no estaba asegurado, me despidieron al reclamar tal derecho, el tiempo laborado fue de 2 años y 6 meses, hice la respectiva denuncia en la ccss y estos procedieron. A los tres meses ingrese a mi nuevo trabajo en el cual si estoy asegurado, en los estados de cuenta que me envia el banco popular a mi correo salieron aproximadamente 25 cuotas abonados al ROP que abono la sociedad anonima que denuncie en la caja, a ellos los obligaron a pagar todas esas cuotas pendientes, mi pregunta es, el FCL que se suponia que debia de tener todo ese tiempo acumulado tambien fue depositado o no? Y si es asi lo puedo retirar aun? El FCL lo tengo con la CCSS y no con el banco popular.
Estimado,
Eso lo debes ir a consultar al banco que sea tenga tu FCL, en caso de que no hayas escogido otro, seria el popular.
Saludos
Agradezco su consejo!
Hace tal vez unos 5 años estaba iniciando un negocio independiente y como proceso de aprendizaje estuve en el local comercial de otra persona. Un día llegaron personas de la caja y nos hicieron una seria de preguntas acerca del negocio y el ingreso, yo estaba apenas aprendiendo y no tenia aun la certeza que continuar realizando dicha actividad formalmente. Ahora aparezco con una deuda de casi 2 millones. Hay algo que pueda hacer?
Estimado,
Demostrarle que usted no siguió con el negocio, y tratar de ver si le rebajan el monto, porque en el momento que usted no siguió debió reportarlo.
Saludos
Estimados.
Mi esposa renunció a una representacion en una sociedad el 26 de marzo del 2014, pero el documento salió defectuoso por una mala redacción del notario. Llevamos casi un año y el notario no nos resuelve nada. Vamos a poner una denuncia en el Juzgado Notarial. Pero quisiera saber en cuanto tiempo prescribe ese documento defectuoso o bien su intención que era la renuncia ?? Y si poniendo esa denuncia suspendemos, por así decirlo, la caducidad del documento ? Gracias
Estimado Carlos,
Articulo 164 del código notarial, la acción disciplinaria prescribe a los 2 años, en todo caso la civil aun sigue, seria hasta la notificación que se interrumpe.
Saludos
Buenas mi problema es que me llego un cobro por tres millones por parte de la caja y yo no tenía conocimiento de esta deuda, mi se seguro era de trabajador independiente, yo tenia un pequeño negocio y quebró y ahora años despúes me aparece esta cuenta, mi problema es que no puedo hacer un arreglo ni mucho menos pagar la totalidad ya que tengo un año de estar sin trabajo y me da miedo que me quiten mi casa..Muchas Gracias.
Estimado,
En caso de que tu casa no este anotada aun, lo mejor que puedes hacer es constituir una habitación familiar para que se haga inembargable, en cuanto a la deuda con la CCSS, desafortunadamente debiste haber reportando el cambio de inmediato cuando ya no trabajabas independientemente, ya que de lo contrario iba a seguir facturando, igual y si en su momento trabajaste como empleado de algún lugar, puedes llevar las ordenes, y ver si te pueden ayudar a reducir algunos meses y por consiguiente la deuda.
Saludos
Buenas tengo una consulta, hace dos años recibí un servicio de emergencia en una clínica de la CCSS, en ese entonces yo no me encontraba laborando, Dos meses después enviaron una carta indicándome el monto a pagar, lastimosamente pospuse el pago de la deuda y ahora quiero optar por un seguro voluntario, mi pregunta es, conforme pasan los años el monto aumenta, o la deuda sigue siendo la misma? gracias y bendiciones
Estimada,
La deudas va a seguir generando intereses hasta su efectivo pago, o su prescripcion en caso de que lo solicites después de 10 años en este caso al ser la CCSS.
Saludos
Y hay algún medio por el cual yo sepa cual es el monto actual o eso sería directamente con la CCSS?
Estimada,
Correcto seria con la CCSS.
Saludos
Buenos días:
Mi situación es la siguiente:
Por una deuda con la CCSS, Hace mas o menos unos tres años me embargaron una cuenta de ahorros personal en el BCR y le aplicaron una orden de embargo a un vehículo que poseía y a un derecho en una propiedad de mis padres. En ese momento no volví a depositar dinero a ninguna cuenta personal y seguí manejando todo en una de una sociedad. Esta semana abrí una cuenta en un banco privado ya que una empresa a la que le hago trabajos me pedía lo hiciera para poderme depositar ahí .( la cuenta me ayudaron ellos a abrirla pero tenía que ser a título personal) Yo trabajo independiente haciendo instalaciones de ventaneria
Pueden embargarme esta cuenta del banco DAVIVIENDA??
La deuda con la caja es por trabajador independiente y por unas planillas de empleados, y esto me ha generado muchos problemas, tengo una hernia que no he podido operarme , no puedo sacar un crédito para vivienda , como no he tenido movimientos a mi nombre
Necesito mucho me pudieran brindar información o recomendarme a alguien para que me ayude a normalizar este y otros temas, ya que administrativa y contablemente se me han venido muchos problemas y quisiera normalizar todo para poder seguir trabajando con tranquilidad y poder optar por un crédito de vivienda ya que llevo 15 años alquilando
Gracias de antemano
Estimado,
Si la cuenta no es de planilla para el deposito de salarios, si seria embargable, así que le aconsejo que a como llegan los fondos mejor los transfiera de inmediato a otra cuenta de la Sociedad para que no se la vayan a embargar.
si gusta nos puede enviar el numero de expediente y con gusto vemos a ver si se puede hacer algo con ese cobro de la CCSS.
Saludos
Gracias, a que correo le puedo ampliar información para que me puedan brindar a yuda con este y otros temas
Estimado,
Disculpa el retraso, se te envió al correo la información.
Saludos
Hace 5 años deje de pagar el seguro voluntario xq me junte y mi esposo me aseguro quisiera saber si en todo ese tiempo que no pague se acumula
Estimada,
Deberías de ir a hablar a ver como te pueden ayudar, ya que cuando te aseguraron debiste pedir que se cancelara el seguro voluntario, tendrías que ir a la CCSS a pedir la información de la cuenta, ya que en principio solo siguen los siguientes 6 meses después del ultimo pago, pero en todo caso las deudas con la CCSS prescriben en 10 años.
Saludos
hola, podrian profundizar este tema, porque la caja no detine la facturacion a los seis meses, de todas maneras no atienden a nadie si esta moroso, esto para un seguro de trabajador independiente.
Estimada,
Eso es cuando es asegurado voluntario, como trabajador independiente sigue ya que no has demostrado que cesó la actividad económica.
Saludos
hola viejos una pregunta…como hago para demandar al hospital calderon guardia y a la caja del seguro social??
Estimado,
Eso dependería del caso en especifico, ya que si es una mala praxis entonces seria por medio de un contencioso administrativo.
Saludos
Muy buen sitio este, y excelente las respuestas del abogado. Yo me inscribí en el 2007 como trabajador independiente para que mi esposa mexicana recibiera atención médica por el embarazo, se la negaron porque era extranjera, al final en el ebais prefirieron facturarle al Estado, yo dejé de pagar ese seguro pero no me desinscribí porque me dijeron que No se podía. Luego en el Calderón Guardia me dijeron que debía firmar una factura por el servicio de parto, y es todo. Ayer consulté y dice que le debo a la caja 2,300,000 colones. No quiero ir directamente a consultar porque luego agito el asunto y me hacen una demanda de cobro, será que ellos siguen sumando cuotas de cada mes o dejan de sumar en algún momento, y cuando habrá empezado a correr el periodo de los 10 años para solicitar una prescripción? en este caso la prescripción se puede solicitar directamente en la CCSS o solo si ellos demandan? Muchísimas Gracias!
Estimado,
La prescripción es en la via judicial una vez que ellos te demanden, y seria desde el ultimo pago efectuado que se cuentan los 10 años. Lo de si aun están facturando solo preguntando en la CCSS es que te puedes dar cuenta.
Saludos
Asunto con: CCSS y Trabajador independiente arreglo de pago.
Con el articulo 4 del reglamento que regula la formalización de arreglos y convenios….
Problema: Estoy atrasada 4 meses de pago aun no se ha ido a cobro judicial ya que lo máximo de atraso son 60dias. Este tipo de convenio es flexible y se conversa con un funcionario la situacion? ejemplo yo podría pagar el total de la suma adeudada en 2 partes decir el 30 de mayo y el 15 de junio. Este convenio la ultima cuota vence hasta el 11 de Julio 2015.
Que opciones tengo en este caso? (no puedo pagar todo ya pero una gran suma la otra semana).
Se puede extender o que puedo hacer?
Estimada,
Puedes tratar de hablar con algún funcionario a ver si te ayudan a lo de los dos pagos, pero en caso de que te digan que no, recuerda que la CCSS dura mucho en gestionar cualquier cobro, así que extraordinariamente puedes llegar y hacerlo en los dos pagos y listo, con suerte para cuando vayan a gestionar algo ya habrías pagado.
Saludos
Muchas gracias, por la pronta respuesta.
Si espero que si pueda pagarlo lo antes posible. Ya que no puedo hacer una prorroga para este tipo de convenio o seguro a lo que tengo entendido no aplica.
Gracias!
Estimada,
Na pierdes con intentar, así que mejor vaya a ver que le dicen.
Saludos
Buenas noches, yo hace muchos años pagaba seguro voluntario, dejé de pagarlo en agosto del 2007 y empecé a trabajar asalariadamente, mi primer orden patronal dice diciembre 2007 y hasta la fecha sigo asalariada, resulta que nunca he pedido un prestamo pero la semana pasada pedí uno, todo iba bien pero hoy m dijeron que debo cuotas de seguro voluntario en la ccss, mi pregunta es, como yo no avise que ya no ocupaba ese seguro porque ya era asalariada, me pueden cobrar?, que me cobrarian 6 meses u ocho años?, si me cobran no va esto en contra de la ley de exceso de requisitos en la funcion publica?, porque mi patrono me reportó a la ccss, o sea ellos tenian que comunicarse internamente esto y sacarme del seguro voluntario. Gracias por la ayuda
Estimada Susana,
El documento que usted firma cuando se asegura voluntariamente, en una de las clausulas dice que si usted deja el país o si usted de pronto es asegurado por un patrono, usted debe NOTIFICARLO A LA CCSS, así que aquí mas bien la que incumplió, no es la CCSS, ya que ellos no hacen nada de oficio, es usted al deber de notificar la información, en todo caso seria bueno que vaya a aseguramiento y déjele saber a la persona que atiende ahí que usted fue asegurada por su patrono desde este lapso, a ver si te pueden ayudar a eliminar el malentendido. Si es seguro voluntario son 6 meses, si es independiente, sigue facturando.
Saludos
Por error involuntario nuestro, un trabajador pensionado durante el perido de abril 2010 a agosto de 2012, se reporto cobertura M. Ahora la caja nos reclama que la cobertura correcta es la A.
Pregunta.
Debo pagar esta diferencia encontrada casi tres años despues de sucedidas las planillas correspondientes
Gracias
Estimada,
Según la ley de creación de la CCSS, ellos cuentan con 10 años para poder hacer los cobros, así que si lo podrían cobrar.
Saludos
Mi esposo esta demandado por una empleada domestica con la caja, nuestra casa esta en una sociedad donde estamos el y yo, pueden embargarnos la casa ??? y en cuanto tiempo prescribe la demanda ??? Gracias
Estimada,
Las deudas con la CCSS prescriben en 10 años, y si la casa esta a nombre de una SA, en principio no la podrían embargar, y si piden el embargo de las acciones, las endosan a alguien mas…para que se tornen inembargables.
Saludos
Buenas tardes! Mi esposo es asegurado independiente y tiene una deuda, desde el 2008, con la CCSS que no ha podido cancelar, intentó hacer un arreglo de pago y le dicen que debe pagar 500 mil para poder hacer un arreglo del saldo. El asunto es que tiene mucho tiempo de no generar lo suficiente y no le alcanza para hacer ese pago que le solicitan, y entre tanto, la deuda sigue creciendo.
Como es bien sabido no puede des-inscribirse del mismo. Tampoco me permiten asegurarlo porque él tiene ingresos, aunque no sean suficientes. Ha estado enfermo de diabetes y por supuesto no le dan atención médica por estar moroso. Hemos tenido que pagar todo por fuera, ellos no dan atención pero exigen el pago.
Mi consulta es que se puede hacer en este caso?
Agradezco su ayuda.
Estimada,
Hay dos opciones, una es que vayas y hagas algún arreglo de pago con la CCSS, o la segunda seria que esperes que pasen 10 años y pidas la prescripción de la deuda.
Aunque personalmente pienso que al ser una entidad estatal, y ser un tema de salud, y en sí mismo un derecho fundamental que está ligado al derecho a la salud y el derecho a tener una vida digna, no estaría de más interponer un recurso de amparo en contra de la CCSS, aduciendo que te están violentando derechos fundamentales que se encuentran en nuestra constitución y tratados internacionales, por no quererte asegurar, a lo mejor te dan la razón. Se ve como un tema interesante.
Si necesita ayuda me avisa mi correo es legal@ticoabogados.com
Saludos
Quisiera saber si yo puedo suspender el seguro voluntario de mi esposo que nos cubre a los dos, ya que el pasa de asegurado a asalariado. Es que el no puede ir a suspenderlo por su horario de trabajo, pero yo puedo retirarlo con una carta de el autorizándome o no. Gracias
Estimada,
Llame a aseguramiento de la CCSS a ver si con una autorización escrita es suficiente para que usted pueda hacer el tramite, o si necesita una autorización autenticada por notario. ahí le dirán.
Saludos
Buenos dias, le comento que hoy vine asegurar yo a mi mamá directamente y resulta que salio que el esposo tiene una deuda con la caja mi pregunta es si una persona se supone tiene una deuda con la caja porque en el momento q tiene una orden patronal y le hacen el rebajo del seguro no tratan de localizar a esa persona para un tipo de arreglo??? esa deuda creemos fue porque hace 5 años aprox a el una empresa donde estuvo le pagaban el seguro voluntario pero obviamente cuando el salio no lo pagaron mas de este pago se encargaba directamente la empresa pero no tenia orden patronal…… por favor me responden,al correo mil gracias
Estimada,
Cuando usted se va a asegurar uno de los documentos dice que si usted deja de ser trabajador independiente debe reportarlo, simplemente porque la CCSS no le corresponde buscar a la persona, es el interesado el que debe ir a la CCSS a informar el cambio.
Saludos
pregunto una persona que gana 200,000 colones mensuales cuanto le puede embargar de salario
Estimado,
Un aproximado de 1500 colones por mes.
Saludos
Una consulta, si yo me inscribí en el 2015 para cotizar como trabajador independiente, pero en la CCSS revisaron y vieron q yo estoy inscrita desde el 2010 en tributacion en regimen simplificado. Lo q hago es venta de ropa en mi casa a amigas y conocidas. Ahora me llega una notificacion de que tengo que pagar todas las cuotas anteriores a la fecha de q me inscribir como trabajadora independiente o sea del 2010 al 2015. La suma de 1.961,000.00. Que debo hacer?
Estimada,
Desafortunadamente solo te quedan dos opciones, una es llegar a un arreglo de pago con la CCSS o la segunda no pagar, porque por ley ellos están facultados a cobrarte retroactivo. Seria bueno que vayas a tratar de que te den un arreglo de pago.
Saludos
Buenas tardes! Quería realizar una consulta, mi padre tenía hace unos tres años seguro como trabajador independiente pero dejo de pagarlo debido a que la empresa quebró, el tiene 60 años actualmente y me dicen que para optar por el beneficio familiar debe desafiliarse de la Caja, sin embargo esa deuda se la perdonan o debe pagar algo para que el hijo lo asegure? Es urgente por su salud asegurarlo y no hay ingresos para pagar la deuda. Agradezco su atencion
Estimada,
Ve y pide el formulario de suspensión y anulación de cargos, lo llena, y aporte testigos que el negocio no prospero y que se cerro en X dia para que lo exoneren. claro eso es todo un tramite y puede durar varios meses.
Saludos
Buenas tardes
Mi esposo hace dos años fue a la caja del seguro en San José necesitaba adquirir un seguro para ser atendido ya que el es diabético , la mujer que lo asistió le dijo que para recibir la atención que necesitaba el seguro independiente solo con ese recibiría los tratamientos necesarios siendo el seguro más caro y el que le corresponde a los negociantes y empresarios x 38.000 al mes el los pago x 7 meses pero después no pudo pagarlo más !!! Ahora tiene una deuda x un millón de cólones y no sabe qué hacer puesto que no tiene el dinero y cada mes se le acumula más y más que puede hacer en este caso gracias ??
Estimada Xinia,
si ya no ejerce como trabajador independiente, vaya demuéstrelo y que lo suspendan. en cuanto a la deuda, lo mejor que puede hacer es hacer un arreglo de pago, ya que esas deudas prescriben a los 10 años.
Saludos
Tengo una deuda, por seguro voluntario por más de 10 años, ese seguro volujtario, nunca se pago ni una cuota desde el inicio, asi como tampoco la caja brindo ningún servisio médico, o extendió orden patronal alguna. A pesar de ello estoy ya con una deuda exorbitante, por un servicio nunca obtuve, ni se consolida con ningún pago inicial
Estimado,
El cobro no es por haber recibido servicio alguno, sino por estar registrado como trabajador independiente o voluntario, si trabajabas como trabajador asalariado, deberías de hacer los tramites para la anulación de esos cobros, ya que la CCSS seguirá facturando todos los meses.
Saludos
buenas tardes … hace 5 años abri un negocio por medio de una propiedad que mi padre dejo a nombre mio y de mi hermano. pedi un prestamo para poder trabajarlo,el negocio quebro y me dejo perdidas, pordicha siempre todo trate de hacerlo bien con el tema de los empleados tuve asegurados a dos muchacho despues quite a uno y segui asegurandolo, al otro fui a la caja y lo elimine de planillas.un año antes de cerrar el negocio, como era medio familiar lo digo porque de vez en cuando llegaba una hermana a ayudarme o estaba ahi la mayoria del tiempo porque ahi mismo tenemos nuestra casa de habitacion. resulta que mi hermana un dia se pelio conmigo y por coleras de ella fue a la ccss y me acuso que tenia 4 años de ayudarme en el negocio y nunca le di nada cosa que mas bien le he ayudado mas de la cuenta.ahora despues de 6 meses de haber quebrado el negocio me llego este cobro de la caja . cosa que yo apenas puedo pagar la deuda con el banco .ella despues de que hizo la demanda se arrepintio y dijo ala ccss que fue un momento de colera conmigo y dijo que no trabajaba conmigo ni nada. pero aun asi a mi me llego ese cobro .que recurso puedo usar a mi favor porque es injusto lo que me cobren porque cuando tuve el negocio pague durante todo ese tiempo al trabajador fijo que tenia.
Estimado,
Debes de contestar y demostrar por medio de testigos y demás pruebas que ella no trabajaba con tigo, de esa forma la CCSS analiza el caso y remueve el cobro.
Saludos
Buenos días. Tengo claro que las deudas obrero patronales prescriben a los 10 diez. Tengo un amigo gringo que, su esposa dio a luz en mayo del 2011 si haber seguro de por medio. Este tipo de servicios que da la CCSS, en cuánto tiempo prescribe? Gracias
Estimado,
Todas las deudas con el CCSS según la ley de creación de la misma prescriben a los 10 años.
Saludos
me gustaría saber si ustedes hace el tramite para presentar la prescripción ante la caja
Estimada,
Claro, cual es el numero de expediente judicial y con gusto te ayudamos.
Saludos
A los 10 años que empezarían a contar a partir de cuando?.. porque si alguien deja de pagar la cuota, la CCSS sigue cargándo la mensualiadad todos los meses aunque la persona tenga años de no pagar..
Estimado,
Con la CCSS es casi que mejor hacer arreglo, ya que como factura todos los meses, entonces siempre va a haber un periodo que no cumple los 10 años, ya que cada mes es una deuda nueva.
Saludos
Licenciado qué pasa en el caso de las sociedades disueltas recientemente por el Registro Nacional que tenían deudas con la CCSS desde hace más de 10 años ya que pierden la personaría jurídica y todo lo que se ha escrito sobre este tema.
Articulo 7 en la parte final.
En caso de operar la disolución de las sociedades mercantiles, las empresas individuales de responsabilidad limitada o la sucursal de una sociedad extranjera, y la respectiva cancelación del asiento registra!, la Administración Tributaria se encuentra facultada para continuar los procedimientos cobratorios o establecer estos contra los últimos socios oficialmente registrados, quienes se constituirán en responsables solidarios.
En cuanto a la CCSS recuerda que tienen el grupo de interés económico en su ley de creación por lo cual muy fácilmente podrían pasarle la deuda a los socios usando esa ley.
Saludos
Consulta:
Buenas tardes.
Trabajo para una empresa publica, el cual tengo un embargo por pensión alimenticia y otro embargo mercantil, lo que pasa es que por una fianza que firmé en Coopeservidores donde supuestamente admití que se me rebajará de planillas tanto un préstamo que tengo con ellos como la fianza si fuese el caso, a la fecha el deudor de la cuenta se atrasó dos cuotas, que aunque siempre paga tardíamente, me activaron la fianza, por lo que los encargados de los pagos de la empresa me rebajaron lo que me quedaba de salario para hacer frente a los gastos básicos de alimentación, vivienda, pasajes, etc, por lo que en dos pagos consecutivos me han llegado 0,00 de salario.
Es eso legal y permitido por las leyes? No existe orden judicial para decretar ese embargo por la fianza, ¿me pueden dejar sin comer y sin nada solo por un simple convenio?.
Le agradezco su ayuda y contestación cuanto antes.
Luis V.M
Estimado,
Lo que pasa es que es una reducción automática, por lo cual se hace sobre el monto que haya autorizado, si fuera un embargo si se respeta lo del salario mínimo, pero como no lo es, entonces solo se hace el rebajo por lo que se adeuda. lo mas usado para evadir esto es pensión alimentaria rebajada de planilla.
Saludos